FIN DE LA PANDEMIA DE COVID

Fin de la pandemia de covid-19 en México: ¿Qué significa realmente?

Las acciones de vacunación, prevención, control y mitigación seguirán vigentes

Ya es Oficial, Gobierno decreta el fin de la pandemia de COVID en México
Ya es Oficial, Gobierno decreta el fin de la pandemia de COVID en MéxicoCréditos: Especial
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A cuatro días de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el término de la pandemia de covid a nivel mundial, el Gobierno mexicano por fin ha decretado el cese de la emergencia sanitaria este martes 9 de mayo de 2023, esto mediante la publicación de un decreto por el que se declara superada la emergencia por covid.

La declaración de la pandemia de covid en México como una emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, se dio desde el año 2020, específicamente desde el 30 de marzo de ese año, mediante un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación por el Consejo de Salubridad General posterior a la publicación de una serie de acciones que se implementarían para controlarla.

Este martes, la publicación del Diario Oficial de la Federación (DOF) incluyó el decreto con el que se da por terminada “la acción extraordinaria en materia de salubridad general que tuvo por objeto prevenir, controlar y mitigar la enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2“, la cual quedo asentada en el decreto publicado en el DOD el 27 de marzo de 2020.

Dicho decreto establecía la implementación de “acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV-2 (covid)".

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Sin embargo, pese a la publicación de este decreto por el que se suspenden las medidas establecidas por el Consejo de Salubridad General y por la Secretaría de Salud para el tratamiento y control de la enfermedad causada por el virus, que, previa o posteriormente, se hayan dictado; se estableció que las labores de vacunación seguirán vigentes, así como las de prevención, control y mitigación.

“Las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud deben continuar con las acciones que resulten necesarias para la prevención, control y mitigación de la enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2 (covid), conforme a las facultades que les están conferidas en la legislación sanitaria y demás disposiciones jurídicas aplicables; y en apego al plan de gestión a largo plazo para el control de la covid que determine la Secretaría de Salud como coordinadora del referido Sistema”.  

“La Secretaría de Salud debe continuar con la ejecución de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2, para la Prevención de la Covid-19 en México, en el ámbito de su competencia. Asimismo, debe integrar dicha medida de prevención al programa de vacunación universal y conforme al plan de gestión a largo plazo para el control de la Covid-19 que determine dicha dependencia”, se lee en el DOF.

Las medidas a las que se refiere dicho decreto quedaron establecidas en el DOF el 24 de marzo de 2020, en un decreto que determinaba las medidas preventivas para la mitigación y control de los riesgos para la salud causados por el virus SARS-CoV-2, y que determinaba a Secretaría de Salud como la encargada de llevar a cabo todas las acciones que resultaran necesarias a efecto de dar seguimiento a las medidas previstas.

  • Dicho decreto comprendía entre las acciones que se implementarían contra el covid:
  • La adquisición de todo tipo de bienes y servicios, a nivel nacional o internacional,
  • La adquisición de mercancías y objetos necesarios para enfrentar la contingencia, tales como: medicamentos e insumos para la salud
  • La posibilidad de importar los medicamentos contra el covid sin que se agotara algún trámite administrativo.

VGB