JUICIOS POR ELECCIÓN DE GOBERNADOR

AMLO y Carolina Viggiano se salvan de sanciones del Tribunal Electoral de Hidalgo

Los magistrados determinaron que los dichos por el presidente de México están en el marco de la libertad de expresión y que Viggiano promovió su imagen pero no invitó al voto

En la sesión de hoy, el Tribunal Electoral resolvió dos procedimientos especiales sancionadores.Créditos: Especial / collage
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PACHUA.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinó que las declaraciones vertidas por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) en la mañanera sobre el Tren Tolteca que propuso llevar a cabo la otrora candidata de la coalición Va por Hidalgo, Carolina Viggiano Austria, fue en el marco de la libertad de expresión.

En la resolución de los procedimientos especiales sancionadores PES-82 y 90/2022, el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez determinó que los comentarios del tabasqueño estuvieron encaminados a “denostar a la candidata y diversas opciones políticas, como el PAN, PRD y PRI; además, del análisis se desprende que hace referencia a logros de su gobierno”, como el Tren Maya.

En ese sentido, vulneró los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad en la contienda, por lo que propuso dar vista al órgano interno de control de presidencia para que determinara lo que correspondiera; sin embargo, sus compañeros Amparo Martínez Lechuga y Leodegario Hernández Cortes, votaron en contra del proyecto al advertir que las declaraciones fueron en el marco de la libertad de expresión.

El 11 de mayo, durante la Mañanera, López Obrador criticó la propuesta de campaña de Carolina Viggiano denominada Tren Tolteca y se mofó de la alianza entre el PRI, PAN y PRD, pues recordó que el blanquiazul denunció a Rubén Moreira, esposo de la exaspirante a la gubernatura, por presuntos desvíos de recursos.

Asimismo, comentó que la entonces candidata de oposición había anunciado el Tren Tolteca, por lo que “cuando menos ya no van a estar en contra del Tren Maya en estos días”.

“Los comentarios del presidente no emanaban de preguntas concretas de preferencias electorales, fueron comentarios fuera de lugar de los temas que se abordaban en la mañanera”, detalló Cruz Martínez.

Respecto al PES-104/2022, el juez Leodegario Hernández señaló que Carolina Viggiano había incurrido en actos anticipados de precampaña y campaña al utilizar imágenes de su fundación Juan Viggiano para promoverse en el periodo de campaña, pues las fotografías formaron parte de “una estrategia de campaña anticipada”.

En ese sentido, propuso que se le aplicara a la excandidata y al Partido Acción Nacional (PAN) una amonestación pública por la conducta.

Sin embargo, sus pares advirtieron que no hubo un llamado expreso al voto, por lo que no podrían considerarse actos anticipados, por lo que el proyecto presentado no fue aprobado.

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En ambos casos deberán realizarse los engroses correspondientes en los que se explique por qué no se ajustan los señalamientos a violaciones a la normativa electoral.

Otros actores políticos

En otros casos, se dio vista a los órganos internos de control del Congreso de la Unión, de Hidalgo y presidencia municipal de Ixmiquilpan y La Misión por la participación de diputados federales y locales, así como de la alcaldesa de ese municipio, en actividades de campaña.