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Yunes blindó con Ley a empresarios que no brindan seguridad a sus clientes

Aunque el mandatario señaló que el Estado "pondrá orden" con empresarios que no brinden sen centros comerciales, él también los blindó con una reforma al Código Penal de Veracruz

Escrito en ESTADOS el

Xalapa, Ver. – El Gobernador Miguel Ángel Yunes Linares, exhortó a empresarios veracruzanos brindar seguridad en estacionamientos de centros comerciales, luego de reconocer que en meses recientes en esos sitios se han registrado delitos de alto impacto, en los cuales empleados habrían actuado de forma negligente.

 “Estamos en una etapa de exhorto, pero vamos a pasar a una segunda etapa de aplicación de actos de autoridad; si no fortalecen las medidas de seguridad vamos a tener que poner orden nosotros”, amagó.

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 Sin embargo, este intento de exhorto al sector empresarial - que ha sido un bastión para el panismo en Veracruz- contrasta con una iniciativa que Yunes envió al Congreso Local para reformar el Código Penal vigente en Veracruz para sancionar a cualquier miembro o representante de una persona jurídica que cometa un delito a su nombre o bajo el amparo de la empresa.

 El 05 de octubre de 2017 se emitió el decreto que reformó y adicionó diversas disposiciones al artículo 42 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.  Si bien, la propuesta consideró un listado de delitos que hoy pueden ser fincados a las empresas, esta no incluyó agravios comunes como homicidio culposo o doloso; robo o fraude, que exigen reparaciones del daño -en ocasiones millonarias-en favor de las víctimas.

 Este 03 de abril en conferencia de prensa, en Xalapa, el mandatario estatal confirmó la privación ilegal de una persona, ocurrida el pasado 01 de abril en el municipio de Veracruz, en el estacionamiento de Plaza El Coyol que es propiedad de la familia Chedraui, empresarios cercanos a Yunes Linares.

 Por estos hechos, al menos cuatro vehículos particulares resultaron dañados por impactos de bala y una persona –sin que el ejecutivo precisara si era un cliente de dicho centro comercial- también resultó herido.  

 Al hablar sobre este incidente, Yunes recalcó que “en algunos casos las plazas (centros comerciales) cobran el acceso, pero no tienen el cuidado a la salida (de vehículos); en otros de plano no cobran y la seguridad es precaria”.

 Ante esta hipótesis del Gobernador, si existiera una negligencia del personal de la Plaza El Coyol, por no reportar a las autoridades la presencia de vehículos extraños o -en el caso- de personas armadas, la empresa sería sancionada por la vía penal, según lo propuesto por Miguel Ángel Yunes Linares.

 ¿Qué dice el artículo reformado?

 Una vez aprobada la iniciativa de Yunes, el artículo 42 establece la posibilidad de que las personas morales sean sujetas a un procedimiento especial por delitos cometidos por sus empleados, socios o representantes legales, a nombre de la empresa o con bienes propiedad de esta.

 Sin embargo, los delitos contemplados en dicha reforma son limitados, y son: terrorismo, secuestro, corrupción de niñas, niños, adolescentes o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o incapaces, robo de automóviles, tráfico de influencias, administración fraudulenta, encubrimiento, operaciones de procedencia ilícita y contra el medio ambiente.

 La Silla Rota entrevistó al abogado penalista Celestino Espinoza Rivera, quien opinó que: “la iniciativa del señor Gobernador, ahora reforma en vigor, a diferencia de Quintana Roo, dejó escapar una oportunidad en favor de las víctimas al no incluir delitos tales como de robos en banco, centros comerciales, o fraudes".

 “Se debe establecer un catálogo de delitos verdaderamente eficaz ya que excluir de ese catálogo delitos tales como el homicidio o el robo, en vez de prevenir la comisión de ilícitos solo abona a que las personas morales tengan desinterés por establecer medidas de control organizacional al interior de sus empresas”, agregó el penalista.

 De acuerdo con Espinoza Rivera, lo anterior ocasiona que las empresas “en vez de ser sujetos a procedimientos especiales -como ocurre en España- les sea más fácil eludir las responsabilidades a las que podrían ser objeto por la negligencia en la supervisión de su personal o directivos, incluso de sus socios".

mvf