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Tras reveses de juez, Sener alista bajar ley eléctrica de AMLO

La Sener acata fallo de juez que amparó a empresas contra la entrada en vigor de la reforma de ley eléctrica de AMLO

Escrito en NACIÓN el

La secretaria de Energía (Sener), Rocío Nahle, prepara un acuerdo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con el objetivo de acatar la resolución del juez que otorgó amparos a empresas que promovieron la suspensión de la entrada en vigor de la reforma eléctrica del presidente López Obrador, para cumplir con las suspensiones otorgadas por el Poder Judicial a favor de las empresas.

En un anteproyecto enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), la Sener señala que el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, al analizar la suspensión provisional solicitada por las quejosas, resolvió conceder medidas cautelares para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que se encuentran; dando alcances de efectos generales a dicha suspensión provisional.

“A efecto de cumplir su determinación, el juez requirió a esta Secretaría de Energía, en su carácter de autoridad vinculada al cumplimiento de la suspensión provisional”, indicó.

En el borrador de documento se lee:

“Haga del conocimiento de todos los participantes del mercado eléctrico mayorista y de todos los particulares que realizan alguna actividad en el sector eléctrico o que están en trámites para ingresar a dicho sector, así como a los sujetos que se ubican en el régimen transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica que estaba vigente hasta antes de la emisión del Decreto cuestionado que:

1. Durante la vigencia de esta medida cautelar, se suspenden todos los efectos y consecuencias derivados del "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica", publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de marzo de dos mil veintiuno.

2. Se restablece provisionalmente la vigencia de los artículos 3°, 4°, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126, así como el régimen transitorio que estaba previsto en la legislación en cita hasta antes de la entrada en vigor del Decreto cuestionado.

Para lograr tal fin, en el ámbito de su competencia y en ejercicio de las facultades con que cuenta, deberá realizar las gestiones necesarias para que se realice una publicación en el Diario Oficial de la Federación en la que comunique la información antes detallada.

Es importante dejar en claro que la eficacia de esta medida cautelar no está sujeta a la publicación que se realice en el Diario Oficial de la Federación, ya que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 de la Ley de Amparo, ésta surte sus efectos desde el momento en que se dicta.”

Este viernes se informó que el juez de distrito segundo en materia administrativa especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, concedió la suspensión definitiva a dos empresas contra la Ley de la Industria Eléctrica que impulsó el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Aunque se otorgó la suspensión definitiva, el gobierno federal puede impugnar la determinación, por lo que la definición puede llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En su resolución, el juez determinó que, a pesar de que la medida sólo se solicitó por dos empresas que realizan actividades reguladas en el sector eléctrico, debe tener efectos generales, ya que de otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para las quejosas, este Juzgado de Distrito no solo estaría otorgándoles una ventaja competitiva frente a los demás particulares que se encuentran en su misma posición, sino que, además, podría ocasionar distorsiones en la industria eléctrica, afectando la competencia y el desarrollo de dicho sector.

Los amparos fueron concedidos a las empresas Eoliatec del Pacífico y Parque Solar Orejana, quienes el pasado 10 de marzo presentaron el recurso contra el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica publicado el 9 de marzo de 2021, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).