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Juez concede 2 suspensiones definitivas contra Ley Eléctrica de AMLO

La suspensión debe tener efectos legales para todas las empresas del sector, señala la resolución del juez; si Presidencia impugna, el caso llegará a la Corte

Escrito en NACIÓN el

El juez de distrito segundo en materia administrativa especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, concedió la suspensión definitiva a dos empresas contra la Ley de la Industria Eléctrica que impulsó el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Aunque se otorgó la suspensión definitiva, el gobierno federal puede impugnar la determinación, por lo que la definición puede llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En su resolución, el juez determinó que, a pesar de que la medida sólo se solicitó por dos empresas que realizan actividades reguladas en el sector eléctrico, debe tener efectos generales, ya que de otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para las quejosas, este Juzgado de Distrito no solo estaría otorgándoles una ventaja competitiva frente a los demás particulares que se encuentran en su misma posición, sino que, además, podría ocasionar distorsiones en la industria eléctrica, afectando la competencia y el desarrollo de dicho sector.

Los amparos fueron concedidos a las empresas Eoliatec del Pacífico y Parque Solar Orejana, quienes el pasado 10 de marzo presentaron el recurso contra el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica publicado el 9 de marzo de 2021, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

“La suspensión definitiva que se concede es para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de marzo de dos mil veintiuno”.

En la resolución el juez determinó que la competencia y libre concurrencia son derechos que protegen a los participantes del sector eléctrico, a los consumidores y a la sociedad en general, es decir, podrían considerarse como derechos colectivos difusos.

“Por ello, frente a la posibilidad de que eventualmente se dejen sin efectos las normas reclamadas en favor de las quejosas y que ello ocasione, como se adelantó, un efecto adverso para las demás empresas que se encuentran en su misma posición, afectando la competencia y el desarrollo de la industria eléctrica, se determina que el principio de relatividad de las sentencias debe modularse en el caso concreto, para cumplir con el objetivo último de la Constitución, esto es, permitir una mayor participación de agentes económicos a efecto de lograr el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados y de la población en general en una dimensión colectiva”.

También, menciona que la suspensión definitiva evita un daño que podría ser irreparable no solo en el mercado de la energía eléctrica, el cual no solo repercutiría sobre la esfera jurídica de las quejosas, sino de los consumidores y de la sociedad en general, sino también en el medio ambiente.

“En ese sentido, sería casi imposible reparar dichos daños con una eventual sentencia que conceda la protección constitucional, pues las repercusiones económicas en el mercado de la energía eléctrica para todas los eslabones de la cadena (competidores, generadores y consumidores) no serían fáciles de dimensionar de manera inmediata, concreta y puntual; mientras que las afectaciones al medio ambiente por el aumento en la emisión de gases de efecto invernadero para la generación de energía eléctrica, podrían resultar irremediables”.

LA POLÉMICA DE AMLO CONTRA JUECES POR LEY ELÉCTRICA

 

La polémica empezó el jueves pasado cuando el juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica suspendiera los efectos de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica tras amparos de las empresas Eoliatec y el Parque Solar Orejana de Zuma Energía.

El juez Juan Pablo Gómez Fierro suspendió "todos los efectos" de la reforma, cuyo principal cambio es eliminar el criterio económico para despachar primero las plantas hidroeléctricas y combustibles fósiles de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las privadas de renovables.

También ordenó revisar de forma retroactiva los permisos de autoabastecimiento y contratos previos del Gobierno con productores independientes de energía, además de cambiar las reglas de los Certificados de Energía Limpia (CEL) para darlos a plantas viejas de la CFE.

Tras el amparo, López Obrador acusó a los jueces de la SCJN de estar al servicio de las empresas extranjeras y privadas.

La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito respondió que su único compromiso es con la Constitución y la independencia.

"En relación a expresiones que ponen en duda la actuación de las y los juzgadores federales, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del PJF enfatiza que su único compromiso es con la Constitución y la independencia para garantizar un efectivo Estado de Derecho", dijo.

 

SCJN RESPONDE A PETICIÓN DE AMLO DE INVESTIGAR A JUEZ

El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, le respondió a la carta que le envió el presidente López Obrador que "de existir elementos para ello" se abrirá una investigación que en su caso puede proceder contra el juez que puso freno a la reforma eléctrica.

El sábado, el ministro le reviró al presidente "los jueces actúan con independencia y autonomía", luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador pidiera investigar a los jueces que han suspendido la Reforma Eléctrica.

Aseveró que los fallos de la SCJN "pueden ser recurridos", sin embargo, aclaró que deben ser respetados "bajo la óptica de la independencia judicial".

"El Consejo de la Judicatura Federal garantiza que puedan ejercer su función con absoluta libertad. Sus fallos pueden ser recurridos, pero siempre respetados bajo la óptica de la independencia judicial", escribió en su cuenta de Twitter el ministro.

En tanto, en entrevista con Sergio y Lupita, en El Heraldo Radio, el jurista y ministro en retiro José Ramón Cossío destacó que preocupa por los dichos del presidente en contra de un juez, ya que existen mecanismos suficientes para impugnar el asunto de la suspensión de la Ley Eléctrica aprobada el pasado 23 de febrero y que privilegia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), la empresa del Estado, en detrimento de las generadoras privadas, sobre todo de renovables.

"Basta con presentar un recurso de queja y si hay sospechas sobre el juez y el caso, se debe poner a conocimiento del Consejo de la Judicatura Federal", explicó el ministro en retiro.

Cossío consideró que existe un error técnico, ya que el alcance de la suspensión se debe discutir con un recurso judicial y no en una queja de carácter administrativo porque se piensa que el juez se está portando mal.

Agregó que el presidente López Obrador está en un peligroso camino si tendrá una opinión en cada decisión de un juez que lo afecte. Añadió que el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, debe ser prudente, ya que está en una posición muy difícil.

 

(Luis Ramos)