SCJN

¿Qué implica que la Corte invalide decretazo de AMLO sobre obras prioritarias?

La SCJN declaró la invalidez total del decreto presidencial que declaraba a los proyectos prioritarios del gobierno federal como de seguridad nacional

Suprema Corte
Suprema CorteCréditos: Cuartoscuro
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este lunes 22 de mayo que dependencias del gobierno federal no pueden ocultar información sobre obras del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador al escudarse en que son edificaciones de seguridad nacional.

Al definir los alcances de la invalidez del acuerdo que blindaba las obras prioritarias del presidente López Obrador como el AIFA o Dos Bocas para evitar dar información reservada y acelerar su construcción vía adjudicación directa, los ministros establecieron que la decisión tiene efectos generales y no particulares.

A través de la propuesta de efectos particulares, las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz, así como Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, buscaban que la invalidez solo fuera para el poder Ejecutivo Federal.

La postura de los ministros buscaba que la invalidez no se aplicara a otras instituciones  de comunicaciones, telecomunicaciones, aduaneras, fronterizas, hidráulicas, hídricas, medio ambiente, turísticas, salud, vías férreas, ferrocarriles, energéticas, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional.

Sin embargo, durante la votación, seis de los ministros consideraron que la invalidez si tiene repercusiones en todas las instituciones del gobierno federal. La decisión prohíbe a instituciones gubernamentales federales argumentar que las obras son de prioridad nacional para evitar proporcionar información sobre ellas, como es estudios, permisos provisionales o licitaciones.

La semana pasada la Suprema Corte de Justicia de la Nación, invalidó el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 22 de noviembre de 2021 que permitía al Poder Ejecutivo considerar a las obras efectuadas en este sexenio como seguridad nacional.

La controversia constitucional fue promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en contra del Poder Ejecutivo Federal, demandando la invalidez del “acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional”.

MRV

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