CASO DE DISCRIMINACIÓN A UN NIÑO

No hay protección para titular del Deporte por caso de discriminación: subprocurador

La Procuraduría de Hidalgo decidió no ejercer acción penal contra la directora del Inhide, Fátima Baños, por el caso de discriminación en agravio a un niño con síndrome de down

Uno de los criterios del Ministerio Público es que no existió dolo de parte del Inhide.Créditos: Especial
Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- Luego de que la Procuraduría de Hidalgo decidió no ejercer acción penal por el delito de discriminación en contra de Fátima Baños, titular del Instituto Hidalguense del Deporte (Inhide), el subprocurador Arturo Flores Molina negó que se esté protegiendo a la funcionaria, quien también es hija de Eduardo Javier Baños, secretario de Turismo.

El caso de la directora del Inhide tiene antecedente en 2018, cuando Zorayda Robles Barrera y Neptalí Reyes Bolaños, padres de un niño con síndrome de down, acusaron que en el Instituto del Deporte le negaron a su hijo nadar en una alberca olímpica con infantes sin discapacidad.

Hasta el 22 mayo de 2022 Fátima Baños fue presentada ante un juez de control para judicializar el caso por el delito de discriminación; sin embargo, el Ministerio Público de la Procuraduría de Hidalgo señaló que no le imputaría ningún ilícito.

Al respecto, Flores Molina, titular en Delitos de Género e Impacto Social, señaló que después de la determinación del no ejercicio de la acción penal, las víctimas del caso, tienen la posibilidad de impugnar.

Agregó que es facultad de los subprocuradores, en el ámbito de sus competencias, determinar el no ejercicio de la acción penal cuando adviertan que no existen elementos para identificar quienes son las personas que realizaron la discriminación.

"Es lo que me voy a permitir únicamente decir al respecto porque vamos a llegar a un momento en que vamos a defender dicha postura ante el juez de control en el cual se impugne dicha determinación".

Asimismo, argumentó que uno de los criterios del Ministerio Público es que no existió dolo, sino que el hecho que señalan los padres del menor es considerado como una conducta culposa.

Luego de que en 2018 los padres del niño realizaron denuncias públicas sobre el caso de discriminación interpusieron amparos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se pronunciaron a favor del menor de edad y determinaron que sí hubo discriminación.

Mientras que por el mismo caso hay una persona vinculada a proceso, se trata de Ricardo N., exfuncionario del Inhide.

sjl

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