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Piden a Congreso de NL tipificar acoso sexual en espacios públicos

De acuerdo a un estudio de la Coaparmex en Nuevo León 694 personas abandonaron su empleo por acoso sexual de algún compañero o superior

Escrito en ESTADOS el

Monterrey, N. L-  Con el objetivo de considerar el acoso sexual en espacios públicos como una manifestación de violencia contra las mujeres, la diputada Judith Alicia de los Reyes Juárez presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Nuevo León.

"Consideramos que este tipo de violencia debe ser atendida de inmediato, además que nuestro Estado debe planificar, especificar y ejecutar las estrategias para garantizar a las mujeres la erradicación de dicho acoso".

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"El Estado debe garantizar a las mujeres la erradicación del acoso en la comunidad, a través de programas para modificar los patrones socioculturales de conducta y también debe implementar un sistema de denuncia ante el acoso y la facilitación de los protocolos correspondientes, así como la capacitación de los servidores públicos para no menospreciar las manifestaciones de acoso y no victimizar a las denunciantes, comentó la diputada De Los Reyes".

De acuerdo a un estudio de la Coaparmex en Nuevo León 694 personas confesaron haber abandonado su empleo a causa de la discriminación y el acoso sexual.

Destaca los resultados nacionales de las encuestas que realizó el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el periodo más reciente, entre octubre de 2015 y octubre de 2016 donde 45 de cada 100 mujeres fueron víctimas de algún acto violento, principalmente de tipo emocional, sexual y discriminación en sus centros de trabajo.

El 2017, 2.3% de las personas que dejaron su empleo a nivel nacional lo hicieron por motivos de discriminación y/o acoso.

En el estado, el 1.5 de quienes dejaron su empleo fue por estos motivos.

En marzo de 2017, por unanimidad, el Congreso local aprobó reformas al Código Penal del estado, con el fin de tipificar el delito de acoso sexual.

Establece una penalidad de hasta dos años de prisión y comete el delito de acoso sexual quien por medio de fines lascivos asedie, acose, se exprese de manera verbal o física, o se aproveche de cualquier circunstancia de necesidad de desventaja de la víctima.

Al responsable se le impondrá una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de hasta 40 cuotas (3 mil 200 pesos).

Si el pasivo del delito fuera menor de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo, la pena se incrementa un tercio, y lo mismo en el caso de que el acosador fuera servidor público, y utilizara medios o circunstancias que el cargo le proporcione, además de que se le destituirá del cargo.

Según la ley, el acoso será perseguido por querella del ofendido o de su representante, y de oficio cuando el sujeto agraviado sea menor de edad o incapaz.

La penalidad por los delitos sexuales cometidos se incrementará en una mitad cuando, para cometerlos, sea empleado el internet o cualquier otra forma de comunicación electrónica, radial o satelital para contactar a la víctima, establece la norma.

mvf