VERACRUZ, VER.- A través de un comunicado, derivado del fallo emitido por la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la Marina emitió una disculpa pública por haber criminalizado, torturado e imputado ilegalmente delitos falsos a una mujer veracruzana en 2012.
La veracruzana violentada fue Claudia Medina Tamariz, a quien la Secretaría de Marina - Armada de México reconoce haberla privado ilegalmente de su libertad, torturarla de manera grave física, sexual y psicológicamente, así como de haber realizado imputaciones falsas en su contra consignadas ante el Ministerio Público.
Según el comunicado, la Secretaría de Marina reconoce el daño que se le causó y la criminalización que se le realizó en medios de comunicación que vulneraron su reputación.
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"Asimismo, rechaza y recrimina enérgicamente el actuar del personal naval que participó en los hechos que dieron lugar a esta disculpa pública. Tales conductas son inaceptables y contrarias a los valores y misión de esta Institución , por lo tanto, esta Secretaría se encuentra comprometida a colaborar plenamente con las instancias competentes para que los responsables rindan cuentas ante la justicia y reitera su absoluta disposición para que toda la información audiovisual y periodística que haya contribuido a la criminalización de la víctima, sea desmentida de manera efectiva", dice parte del comunicado.
Contexto: ¿Qué pasó en el 2012 con la Marina y Claudia Medina Tamariz?
Claudia fue detenida en el municipio de Veracruz en el 2012, junto a su esposo, por elementos de la Secretaría de Marina cuando ambos se encontraban en su domicilio.
En la base naval, durante 36 horas, Claudia recibió amenazas, asfixia, descargas eléctricas y tortura sexual por parte de elementos de la Marina.
Cuando las amenazas se dirigieron hacia el daño contra sus hijos, Claudia dijo que se autoculparía de pertenecer al Cartel Jalisco Nueva Generación (CJNG), por lo que firmó una declaración cuyo contenido desconocía.
Después, el 8 de agosto de 2012, Claudia y su esposo fueron llevados a la PGR a las 18:30 horas y ambos fueron exhibidos ante los medios de comunicación como una integrante más del cártel.
Luego fue llevada con una médica legista que no certificó sus lesiones. En la PGR, cuando Claudia rindió su declaración, le dijeron que ya sabían que ella era jefa de un cártel, y le fue negado su derecho a consultar un abogado y a realizar una llamada telefónica.
Ella fue remitida al Centro de Reinserción Social (Cereso) femenil de Cieneguilla Zacatecas y, el 12 de agosto de 2012, Claudia fue consignada por varios delitos bajo la averiguación previa AP/PGR/VER/VER/III/587/2012.
El 19 de agosto el Juzgado Tercero de Distrito en el estado de Veracruz con sede en Boca del Río, dicta auto de formal prisión por los delitos de portación de arma de fuego exclusiva, posesión de cartuchos y contra la salud.
El 21 de agosto de 2012, el Juzgado Segundo de Distrito en Zacatecas, Zacatecas, concede a Claudia libertad provisional bajo caución, y en octubre del mismo año, levantó una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
El 1 de Febrero de 2014,el Ministerio Público del estado de Veracruz, levantó una acusación en su contra por la probable responsabilidad en la comisión del delito de Delincuencia Organizada en la modalidad del que utilice el o los vehículos robados en la comisión de otro u otros. El Centro Prodh interpuso un amparo de esta nueva falsa imputación.
Finalmente, el 5 de mayo de 2014, el caso de Claudia se hace público mediante una campaña contra la tortura sexual hacia las mujeres detenidas y con el apoyo de las mujeres de Atenco, Amnistía Internacional y otras organizaciones.
Resoluciones en el caso de Claudia Medina Tamariz
La primera sentencia fue emitida el por el Juzgado Cuarto de Distrito en el estado de Veracruz dentro de la causa penal 08/2014, el 3 de octubre de 2014.
En esta se argumentó que los conceptos de violación presentados por Claudia en su ampliación de la demanda "fueron fundados y suficientes para otorgar el amparo y protección de la Justicia Federal, debido a que la orden de aprehensión reclamada, vulnera en su perjuicio el derecho humano de legalidad tutelado en el artículo 16 Constitucional".
Según constó, a Claudia no se le acreditó la probable responsabilidad en la comisión del delito que se le atribuye de delincuencia organizada en la modalidad de uso de vehículos robados para la comisión de otros ilícitos.
El 5 de febrero de 2015, el Tercer Tribunal Unitario del Séptimo Circuito emitió que se revocó la resolución incidental del 24 de diciembre de 2014, en la que se instruía a Claudia por el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Área; por lo que se decretó su inmediata libertad por el delito antes precisado.
Finalmente, el fallo emitido por la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dentro del expediente 28765/17-17-02-6/978/21-PL-08-04, acreditó "la actividad administrativa irregular desplegada por la Secretaría de Marina, que privó de manera ilegal de su libertad a la hoy actora, la torturó de manera grave física, sexual y psicológicamente, realizó falsas imputaciones en su contra y la consignó ante el Ministerio Público por delitos cuya comisión no fue demostrada por éste último, por lo que prevalece su estatus de inocencia; así como, una disculpa pública por haberla sujetado a un proceso penal por delitos que no se acreditaron…”.
Aquí la disculpa pública completa.
fm