ELECCIONES 2024

Otro revés al Congreso…SCJN complica Ley Nahle en Veracruz

La propuesta contó con el apoyo de 10 de los 11 ministros, pues se consideró que el tema de la Ley Nahle fue discutido lo suficiente y los diputados conocían el contenido del dictamen sometido a votación

Otro revés al Congreso…SCJN invalida Ley Nahle.Créditos: Cuartoscuro
Escrito en VERACRUZ el

XALAPA, VER. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó este martes 31 de enero la llamada Ley Nahle, que establecía que las personas candidatas a la gubernatura del estado pueden ejercer tal derecho sin necesidad de haber nacido en Veracruz.

Con 8 votos en contra del proyecto que pretendía avalar la reforma constitucional de Veracruz, el pleno de la Suprema validó a su vez las acciones de inconstitucionalidad 125/2022 y sus acumuladas 128/2022 promovidas por diputados de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática.

La mayoría de ministros votaron en contra de la reforma que establecía que podrían ser candidatas a la gubernatura las personas “con hijos veracruzanos”, aunque dejaron a salvo la porción que señala la residencia efectiva de cinco años.

De esta manera, el Pleno determinó que “es fundada la acción de inconstitucionalidad y se declara la invalidez de la fracción III en la porción normativa que indica ‘con hijos veracruzanos’”, ello pese a que la reforma ya incluso había sido avalada por la mayoría de los cabildos, al tratarse de una modificación a la Constitución.

DISCUSIÓN 

La discusión de la llamada Ley Nahle tuvo lugar por casi dos horas en las que los ministros avalaron por una parte, la determinación de que no hubo violaciones al proceso legislativo durante la discusión y aprobación de la reforma, tan es así que de los 50 diputados acudieron a la sesión de agosto pasado un total de 49 legisladores. 

De este asunto de fondo, la propuesta contó con el apoyo de 10 de los 11 ministros, pues se consideró que el tema fue discutido lo suficiente y los diputados conocían el contenido del dictamen sometido a votación.

Sin embargo, el proyecto presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se topó con pared al pretender avalar que son veracruzanos aquellos ciudadanos que tengan hijos nacidos en Veracruz o tengan una residencia efectiva no menor de cinco años.

Se argumentó que ni siquiera la propia Constitución Política establece las reglas en las que los estados deben regir los requisitos para considerar como oriunda a una persona, además de que la reforma no choca con ninguno de los requisitos que la Constitución sí detalla para ocupar cargos públicos como la gubernatura de un estado.

Ortiz Mena citó que el artículo 116 señala que para ser gobernador o gobernadora de un estado se requiere ser mexicano por nacimiento y “nativo del estado” o “con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores a los comicios electorales”.

Indicó que el concepto de “nativo” no tiene una definición única que deba regir a todos los estados, sino que más bien es un concepto “dinámico” para hacer una distinción de los “no nativos” o vecinos del estado.

En ese sentido, señaló que tener hijos veracruzanos o tener una residencia efectiva de cinco años, sí cumple con la finalidad pretendida de que la persona que aspire a la gubernatura “tenga alguna especie de vínculo con las necesidades y/o condiciones del estado”.

Al precisar su voto en contra, Alberto Pérez Dayán refutó que el 116 establece claramente que no puede someterse a interpretaciones la porción de “nativo de cada una de las entidades”, pues claramente hace referencia a haber nacido en la entidad.

“La condición es esta, yo no veo manera de cambiarla a partir de una interpretación por más que se permita insistir en que tener hijos veracruzanos es suficiente para cumplir con el requisito”, manifestó.

Precisó que tener una identidad de “veracruzano” permitirá a todo aquel que posea tal gentilicio gozar de todas las prerrogativas “que no sean de gobernador, porque para la de gobernador la precisión fue muy clara, los propios estados pactaron estas condiciones, si los propios estados pactaron estas condiciones aquella entidad federativa que las varíe, falta al pacto federal por más que tratemos de interpretar que son aspectos que dan lugar a una libertad de jurisdicción”, agregó.

Agregó que la única condición que se puede variar, de acuerdo con lo expresado en la Constitución, es la edad para ser gobernador, pues se indica que el candidato deberá tener 30 años al día de la elección, salvo que la constitución local determine lo contrario.

“Nada quita que alguien quiera ser veracruzano, lo difícil es que sea gobernador de su estado si no cumple con ello”, enfatizó.

Luis María Aguilar también se posicionó durante la discusión del proyecto en contra de este, al señalar que los requisitos que exige la Constitución General de la República son claros al estimar que solo pueden ser postulados a gobernador los ciudadanos veracruzanos nacidos en territorio o con residencia efectiva.

Tras una discusión de más de una hora, el proyecto tenía seis votos en contra, pero Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek se posicionaron en contra para alcanzar la mayoría calificada y así invalidar en su totalidad la reforma impulsada por Morena en Veracruz.

mb