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Van por modificación el art. 4º constitucional para cuidados paliativos

Los medicamentos controlados y el derecho a la aplicación de cuidados paliativos son los temas que se abordarán mañana en el segundo periodo extraordinario de sesiones

Escrito en NACIÓN el

El derecho a la aplicación de cuidados paliativos y la utilización de medicamentos controlados se abordará mañana en el segundo periodo extraordinario de sesiones del Senado de la República, en donde se busca que se apruebe modificar el párrafo cuarto del  artículo 4 Constitucional. 

El dictamen fue presentado en abril pasado por las Comisiones de Puntos Constitucionales, de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos, que destacan la importancia de incorporar a la Constitución los cuidados paliativos en casos de enfermedades terminales,  ya que forman parte del derecho a la salud de los ciudadanos. 

Los legisladores recordaron que el objetivo de los cuidados paliativos es “es aliviar los síntomas y mejorar la calidad de vida de los pacientes y de sus familias, con ello, un porcentaje importante de pacientes en fase avanzada podrían aliviar su sufrimiento”.

De aprobarse esta reforma, el cuarto párrafo del artículo 4 quedaría de la siguiente manera: “Toda persona tiene derecho a la protección de su salud en condiciones de dignidad. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud incluyendo los cuidados paliativos multidisciplinarios ante enfermedades en situación terminal, limitantes o amenazantes a la vida, así como la utilización de los medicamentos controlados; y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”.

En el dictamen se enfatizó que todos los ciudadanos tienen derecho a tener una muerte digna (no la eutanasia, que está prohibida en la ley), es decir, a contar con el tratamiento necesario que les permita paliar dolores físicos, emocionales, sociales y  psicosociales del paciente, con el fin de garantizarle la mejor calidad de vida hasta el último momento. 

También se menciona que “con la muerte digna, deberán de incorporarse en la Ley General de Salud, los mecanismos de aplicación de los ciudadanos paliativos, entre ellos el manejo, venta y suministro de medicamentos clasificados en las fracciones 1, 11 Y 111 del artículo 226 que contienen sustancias psicoactivas y estupefacientes”.

De acuerdo con la Guía de Manejo Integral de Cuidados Paliativos de 2018, la mayoría de las personas que necesitan los cuidados paliativos tienen enfermedades crónicas como: cardiovasculares (38.5%), cáncer (34%), enfermedades respiratorias crónicas (10.3%), SIDA (5.7%) y diabetes (4.6%). 

Asimismo, algunos pacientes con insuficiencia renal, enfermedades hepáticas crónicas, esclerosis múltiple, enfermedad de Parkinson, artritis reumatoide, enfermedades neurológicas, demencia, anomalías congénitas y tuberculosis resistente a los medicamentos pueden requerir también de cuidados paliativos. 

Los legisladores indican también que en todos los casos un médico será quien determine qué pacientes son considerados para los cuidados paliativos, “ya sea por los estudios y escalas donde se muestra el índice de mortalidad anteriormente mencionadas (fase terminal) o por falta de recursos del paciente y de la familia para llevar a cabo las tratamientos correspondientes y por ende, se designan los mismos”.

En marzo pasado, la  Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en México (UNODC) presentó un informe sobre la Ciudad de México, en el que señaló “que el personal médico capacitado y autorizado para prescribir medicamentos controlados para el manejo del dolor es insuficiente".

En el informe Acceso a Sustancias Controladas para Fines Médicos: Acceso sin Exceso, la UNODC destacó que los principales padecimientos que requieren de prescripción de medicamentos controlados son oncológicos, seguidos de pacientes terminales y con enfermedades del sistema nervioso.

Sin embargo, identificaron también que persiste el estigma hacia los medicamentos opioides que se recomiendan como tratamiento contra el dolor, ya que faltan médicos capacitados para prescribirlos y porque aún se relaciona estas sustancias con la generación de alguna adicción.

Antonino De Leo, representante de UNODC en México, destacó en esa ocasión: “Quisiéramos recordar que el acceso a tratamientos adecuados y suficientes debería ser considerado como un derecho humano para así garantizar una mejor calidad de vida y de muerte”.