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Sobre el censo para el bienestar

Es de dudar que un ejercicio para recabar información pueda ser realizado por cualquiera al margen de toda autorización legislativa | Ricardo de la Peña

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Escrito en OPINIÓN el

En días pasados, el futuro gobierno federal inició un “Censo para el Bienestar” para pretendidamente detectar las necesidades de la población relacionados con los “Programas Integrales de Desarrollo”. Este operativo estará a cargo de personal llamado “Servidores de la Nación”, individualmente identificados y vinculados al equipo de transición del Presidente Electo, pero sin que se precise si son servidores públicos, a cargo de qué partida se cubren sus sueldos y viáticos y en cuánto consiste esta retribución. Se sabe que estos “Servidores de la Nación” son cuadros que participaron en actividades de Morena durante las recientes campañas electorales y es viable localizar sitios en que este partido difunde el proceso de toma de información que se realiza, aunque no se informe el destino y depósito de los datos que se compilan ni cómo se protegerán.

Quién debería realizar el censo

Conforme a la legislación vigente, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) es el órgano encargado de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, normar las actividades estadísticas y geográficas, producir información estadística y geográfica, prestar el Servicio Público de Información, promover el conocimiento y uso de la información y conservar la información.

Por su parte, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) tiene como función normar y coordinar la evaluación de la Política Nacional de Desarrollo Social y las políticas, programas y acciones que ejecuten las dependencias públicas. Para ello, estos organismos, de carácter autónomo, cuentan con atribuciones y recursos legalmente aprobados y asignados por el Poder Legislativo.

Sobre la protección de datos

Desde 2010 existe una Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares cuya finalidad expresa es regular el tratamiento legítimo, controlado e informado de los datos personales, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas. La persona física o moral que decide sobre el tratamiento de datos personales tiene la obligación de informar a los titulares de los datos la información que se recaba de ellos y con qué fines, a través de un aviso de privacidad en que se identifique el responsable y se establezcan los límites y condiciones para el uso de los datos.

Es de dudar que un ejercicio para recabar la información objeto de este “Censo para el Bienestar” pueda ser realizado por cualquiera para nutrir acciones gubernamentales, al margen de toda autorización legislativa, con contrataciones sin regulación alguna, con presupuestos de monto desconocido, con datos que quedarán en depósitos indefinidos y sin control para el resguardo de los datos personales, comenzando por la falta del aviso de privacidad exigido por las leyes. Parece que el estilo del próximo gobierno sigue siendo “mandar al diablo a las instituciones” y tratar asuntos de la “res publica” como si fueran “cosa nostra”.

Sobre las consultas populares

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