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Se declara nuevamente Fase I de Contingencia Ambiental

A las 15:00 horas se registró un valor de 162 puntos en el Índice de Calidad del Aire en la Estación Gustavo A. Madero

Escrito en METRÓPOLI el

Esta tarde, la Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que la presencia de un sistema de alta presión que afecta el centro del país desde hace varios días y que en el transcurso del día se ha fortalecido por lo que a las las 15:00 horas, se registró un valor de 162 puntos en el Índice de Calidad del Aire (166 ppb) en la estación Gustavo A. Madero y por lo tanto, se activa la Fase 1 de Contingencia por Ozono.

La CAMe recomendó lo siguiente:

- Niños, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con problemas respiratorios y cardiovasculares permanezcan en interiores entre las 13:00 y las 19:00 horas.

- Los alumnos de centros escolares y la población en general deben evitar actividades cívicas, culturales, deportivas y de recreo al aire libre entre las 13:00 y las 19:00 horas

- A los deportistas se les recomienda abstenerse de realizar ejercicio al aire libre, entre las 13:00 y las 19:00 horas

- Limitar las actividades cívicas, culturales y de recreo al aire libre entre las 13:00 y las 19:00 horas, de los tres órdenes de gobierno y de las organizaciones sociales.

Para mañana martes 23 de mayo, todos los vehículos con holograma de verificación 2, incluyendo vehículos con placas formadas exclusivamente por letras y sin holograma de verificación, deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas, así como los vehículos con holograma de verificación 1, terminación de placa de circulación NON y los vehículos con engomado color rosa y terminación de placa 7 y 8 también dejarán de circular.

Todos los vehículos automotores de servicio particular con placas de circulación del extranjero o de otras entidades federativas que no porten el holograma de verificación “00”, “0” o Exento, serán considerados como holograma de verificación 2, por lo que deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.

Todos los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa federal o local, deberán de acatar la restricción a la circulación de las 06:00 a las 10:00 horas.

Todos los vehículos de reparto de gasolina, diésel y gas licuado de petróleo con holograma 1 y 2 terminación de placa de circulación NON deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.


fmma