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Reforma educativa con azúcar morena

No es admisible que, en aras de una renovada reforma educativa, dosificando azúcar morena, se justifique y mantengan retrocesos laborales. | Manuel Fuentes

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Escrito en OPINIÓN el

El azúcar sirve generalmente para esconder sabores, para disfrazarlos, para que sepan menos amargos, para que digas ¡Qué delicia lo que sorbo!, pero en demasía, o cuando no se requiere, deteriora al organismo, lo acaba, lo mata.

Al proyecto de la reforma educativa lopezobradorista, le pusieron algo parecido a la azúcar morena para endulzarlo, para esconder los efectos negativos que tiene, para que el movimiento magisterial sienta, crea que ha desaparecido la mal reforma educativa, pero dejar su esencia viva.

De las propuestas que se manejan en el Dictamen de la Cámara de Diputados de la nueva reforma educativa aparecen los siguientes 10 puntos que se cuestionan:

1.    La mal reforma educativa no se abroga, como lo prometió Andrés Manuel López Obrador en campaña; sufre cambios, se reforma en la Constitución dejando en esencia campos negativos de control del Estado sobre el magisterio nacional.

2.    Se dejan los conceptos de ingreso, promoción y reconocimiento como temas administrativos, bajo estricto control gubernamental, y no como derechos laborales como antes de la mal reforma aparecían.

3.    El y la docente, en la nueva reforma de Morena, se conceptúan como “personas objeto” en los temas materia de ingreso, promoción y reconocimiento.

4.    Se mantiene la anulación de la bilateralidad en el ingreso, promoción (lo que antes era el proceso escalafonario) y reconocimiento (ahora la evaluación) dejando fuera a los docentes y sus organizaciones sindicales para incidir en los mismos.

5.    El ingreso, promoción y reconocimiento siguen fuera (como en la reforma peñista) de las condiciones generales de trabajo y de los contratos colectivos de trabajo, al ser considerados derechos administrativos y no laborales.

6.    Se propone poner encima de “todos los derechos” la educación de los menores sin establecer “equilibrios”, sin poner en el mismo rango los derechos laborales de los docentes dejándolos en segundo lugar, al tratar de imponer un nuevo texto del artículo 3º Constitucional que señala: “El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos”.  

Esta visión, supremacista de la niñez a toda costa, ha traído como consecuencia que jueces de distrito en materia federal hayan emitido criterios, considerando que ejercer derechos colectivos, como el de la huelga, atenta contra los derechos de educación de los menores.  Se corre el riego, de imponer esta disposición sin equilibrios, se anulen derechos laborales, e incluso se penalicen paros por la defensa colectiva del trabajo, ante la imposibilidad de suspender labores de manera legal.

7.    La formación, capacitación y actualización dejan de ser derechos laborales, (anulando la bilateralidad) dejandolos fuera de las Condiciones Generales de Trabajo o Contratos Colectivos de Trabajo. Se condicionan a las necesidades que fije el Estado, para la retroalimentación por “evaluaciones diagnosticas” para cumplir los objetivos y propósitos del “Sistema Educativo Nacional”.

8.    La nueva reforma educativa omite de manera expresa que los maestros con plaza federal se rijan de nueva cuenta bajo los apartados “A” (quienes laboran en organismos descentralizados) o “B” del Artículo 123 Constitucional y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (en dependencias u organismos desconcentrados) y los que laboran a nivel estatal regresen el régimen de las legislaciones burocráticas en donde se les otorga de manera plena la garantía de audiencia y seguridad jurídica, que evita separaciones arbitrarias o intempestivas.

9.    El proyecto omite en los Artículos Transitorios abrogar todas aquellas disposiciones aprobadas por los Congresos de los Estados que dejaron a los maestros bajo un régimen de excepción en perjuicio de sus derechos laborales.

10. En el proyecto, en los artículos Transitorios se señala que “…se respetarán los derechos adquiridos de las y los maestros, los cuales no podrán ser restringidos o afectados de manera retroactiva…”.  ¿A que derechos adquiridos se refiere? ¿a los que se les impuso en la mal reforma educativa? La propuesta es vaga e imprecisa y ésta debe expresar de manera enfática, la recuperación al magisterio nacional de sus derechos contenidos en el artículo 123 de la Constitución.

Estos son algunos de los puntos que le dan sabor amargo a la nueva reforma educativa y que por más se le agreguen granos de azúcar morena se reconvierten nuevas formas de control para mantener acotados, reducidos y hasta anulados los derechos laborales del magisterio nacional.

No basta se declare la abrogación de la Ley General del Servicio Profesional Docente y la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación y de todas las disposiciones en las leyes secundarias, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de carácter general si persisten elementos negativos.

No es admisible que, en aras de una renovada reforma educativa, dosificando azúcar morena, se justifique y mantengan retrocesos laborales de la mal reforma educativa del extinto régimen de Peña Nieto.

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@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota