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Estas son las nuevas sanciones para quien acose a una mujer o un hombre

En los próximos días el acoso sexual en la vía pública ya sea de forma física o verbal en Puebla será sancionado con multa de 8 mil pesos y arresto de 36 horas

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A partir de los próximos días, el acoso sexual en la vía pública ya sea de forma física o verbal en Puebla será sancionado con multa de 8 mil pesos y arresto de 36 horas contra quien lo comenta, además de que estarán obligados a asistir a un curso de género.

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La reforma aprobada por miembros del Cabildo clasificó como falta administrativa el acoso a través de cambios al capítulo 9 del Código Reglamentario Municipal (Coremun).

La medida busca defender a cualquier persona que sea víctima de acoso sexual, sin embargo, la reforma se diseño como una medida de protección a las mujeres.

De acuerdo con estudios realizados por el ayuntamiento de Puebla en colaboración con ONU-Mujeres, a nivel nacional, 47 por ciento de las mujeres consideran haber sido víctimas de acoso en algún momento de su vida; además, una de cada dos mujeres ha sido acosada en el transporte público, no obstante, 7 de cada 10 mujeres no consideran el acoso como una agresión.

Sobre la aprobación de la reforma, el presidente municipal, Luis Banck Serrato, refirió que decidieron tomar medidas sobre el tema después de los datos alarmantes sobre la violencia de género en la capital, ya que de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) 1 de cada 2 poblanas ha sido víctima de una agresión en la vía pública.

El edil sostuvo que los policías están obligados a detener en flagrancia a los acosadores y en caso de que no exista un policía la víctima podrá interponer una denuncia ante el Juez Calificador con la foto o video de su agresor.

Banck Serrato, recordó que la entidad está activa la aplicación de ''Freno al Acoso'', que sirve para denunciar en tiempo real estos casos.

Durante la sesión se aplaudió a la regidora independiente Ángeles Ronquillo Blanco quien rompió el silencio y reveló que cuando tenía 20 años fue víctima de violación.

De acuerdo al capítulo 9 del Coremun en el artículo 209 se establece que el acoso sexual se considera en cuatro casos:

1. Expresiones verbales con connotación sexual o lasciva: palabras, comentarios, jadeos, silbidos o cualquier sonido que pueda aludir al cuerpo, la sexualidad, la forma de vestir o la edad.

2. Expresiones no verbales con connotación sexual o lasciva: exhibición de genitales, masturbación, actos que involucren contacto corporal, tocamientos, roces intencionales u opresión de genitales contra el cuerpo.

3. Invitaciones: insinuaciones, solicitudes o proposiciones para actos lascivos o con connotación sexual.

4. Captación de imágenes, videos o cualquier registro audiovisual del cuerpo o de alguna parte de él con connotación sexual o lasciva.



Con información de El Sol de Puebla


kach