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Fijan plazo al Congreso de la Unión para Ley que regule publicidad oficial

La Suprema Corte de Justicia ordenó que la ley sea publicada antes del 30 de abril de 2018

Escrito en NACIÓN el

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó al Congreso de la Unión que se expida una Ley para que se regule el gasto en publicidad oficial antes del 30 de abril de 2018.

De acuerdo al comunicado enviado por la Suprema Corte, desde 2014 cuando se publicó la reforma constitucional debió expedirse la legislación en materia de publicidad oficial aunque hasta ahora no ha ocurrido.

La organización no gubernamental Artículo 19 promovió un amparo ante la omisión del Congreso de la Unión para que se dé cumplimiento al mandato constitucional.

Por ello, en la Primera Sala del máximo tribunal fue aprobada con cuatro votos (con el voto en contra del ministro Jorge Pardo) el proyecto del ministro Arturo Zaldívar para conceder un amparo contra la omisión legislativa para regular este tema.

“El Ministro Zaldívar propuso que el asunto sí se podía estudiar a través del juicio de amparo. Para llegar a esa conclusión, argumentó que a través del amparo se pueden proteger derechos fundamentales de naturaleza colectiva o difusa, como los de educación, vivienda y salud, entre otros. Estos derechos, al no ser estrictamente individuales, involucran a más personas por lo que sería imposible protegerlos sin beneficiar a personas ajenas al juicio. En este sentido, consideró que se debía reinterpretar el principio de relatividad para que sea compatible con el fin del juicio de amparo, que es la protección de todos los derechos fundamentales”, expresaba el comunicado.

Asimismo, el comunicado expresa las autoridades tendrán respetar la Constitución, de tal manera que cuando existe un mandato constitucional, el Poder Legislativo no es libre para decidir no legislar, sino que puede ser obligado a ello por los tribunales de amparo, pues éstos tienen facultades para analizar la constitucionalidad tanto de las leyes como de las omisiones, y ordenar la restitución de los derechos de los quejosos cuando estos son violados.

Finalmente, la sentencia determinó que la omisión de expedir la ley señalada viola la libertad de expresión, de prensa y de información. Este derecho requiere de medios de comunicación libres, que transmitan a los ciudadanos todo tipo de opiniones, para lo cual, es necesario que cuenten con ingresos económicos suficientes. La ausencia de regulación en publicidad oficial propicia un ejercicio arbitrario del presupuesto en comunicación social, con lo que se restringe indirectamente la libertad de expresión. 

fmma