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Vulgar intentona de derecho de réplica

El Coordinador de Comunicación Corporativa de la CFE no tiene atribuciones para solicitar el derecho de réplica a favor de Manuel Bartlett. | Adolfo Gómez Vives

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Escrito en OPINIÓN el

Luis Fernando Bravo Navarro ostenta el cargo de Coordinador de Comunicación Corporativa en la Comisión Federal de Electricidad. Tiene un salario bruto mensual de 122 mil 512 pesos. Aunque dice haber estudiado la carrera de Ciencias de la Comunicación entre 1987 y 1992, a la fecha no cuenta con cédula profesional.

Durante la LXII Legislatura, Bravo Navarro fue coordinador de Comunicación Social del grupo parlamentario del Partido del Trabajo en la Cámara de Senadores.

Según el Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad, la Coordinación de Comunicación Corporativa está adscrita a la Dirección General de esa paraestatal, es decir que el jefe inmediato de Bravo Navarro es Manuel Bartlett Díaz.

Mediante el uso de papelería oficial, pero sin firma, Bravo Navarro envió cartas a los directores de Excélsior y Milenio, en las que pide derecho de réplica en relación a las columnas que publicaron Leo Zuckermann y Carlos Puig, referentes al reportaje de Areli Quintero intitulado «Bartlett Bienes Raíces», que —como se sabe— se publicó en el portal de Carlos Loret de Mola.

Y aunque las cartas carecen de validez, toda vez que al no estar firmadas incumplen con el requisito establecido en la fracción IV del artículo 3o de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, su ilegal intentona es también muestra de un nivel de majadería que resulta inadmisible en un servidor público.

Le dice al director de Excélsior: “¿podría decirnos el señor Zuckermann, qué se descubrió? Porque los dichos de Quintero y Loret son absolutamente falsos, carecen de sustento periodístico y de fundamentación legal”.

El señor Bravo Navarro debería saber que el reportaje de Areli Quintero no tiene relación alguna con la Comisión Federal de Electricidad y que, por lo mismo, no tiene atribuciones para intentar hacer uso del derecho de réplica que, en todo caso, debería solicitar directamente el aludido Manuel Bartlett.

El artículo 3o de la Ley Reglamentaria del Artículo 6º, párrafo primero de la Constitución en materia de Derecho de Réplica es muy claro en señalar dos cosas: la primera, que solamente en caso de estar físicamente imposibilitado de ejercer el derecho de réplica podrán hacerlo “el cónyuge, concubino, conviviente o parientes consanguíneos en línea directa ascendente o descendente hasta el segundo grado” y la segunda, que si el aludido con información falsa, inexacta o agraviante fuera una persona moral —en este caso la CFE— quien debe reclamar dicho derecho es el representante legal y no el responsable de la comunicación corporativa.