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Visiones de la seguridad

La estructura de la función de seguridad se encuentra integrado por la seguridad nacional, la seguridad interior y la seguridad pública.

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Escrito en OPINIÓN el

A propósito de la proximidad de la dictaminación del tema de seguridad interior en el que el Congreso convocará a foros de opinión que orienten la labor legislativa, es momento para señalar algunas precisiones para su mejor comprensión.

 

Para la teoría del Estado, uno de los fines del Estado es la seguridad que comprende una serie de condiciones que garanticen niveles de bienestar para sus ciudadanos. Por tal motivo, la estructura de la función de seguridad se encuentra integrado por la seguridad nacional, la seguridad interior y la seguridad pública, en el que cada uno poseen diferencias y características, que van desde su diseño y concepción jurídica, así como su desarrollo e implementación, y se insertan en el concierto de las instituciones de los tres niveles de gobierno.

 

La seguridad nacional es una función de Estado en la que, para su diseño e implementación, participan los tres poderes de la Unión, y cuyas “acciones están destinadas a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano”.

 

Se encuentra diseñada en la Constitución y en el Plan Nacional de Desarrollo. El primero establece los objetivos nacionales permanentes en la parte dogmática y orgánica de la Constitución, mientras que el segundo define los objetivos nacionales coyunturales en la visión de gobierno, y, por tanto, su nivel de análisis y estudio corresponde al estratégico, porque de ella depende la existencia del mismo Estado mexicano y su preservación le corresponde al titular del Poder Ejecutivo Federal.

 

Para su aplicación, se recurre al criterio de amenazas (fenómenos intencionales señalados en la Ley) y riesgos (condiciones internas o externas señalas en la Agenda Nacional de Riesgos) en las que es posible que cualquier asunto de las carteras de gobierno, se convierta en asunto de seguridad nacional. Por su alcance, se auxilia de los campos del poder (político, económico, social y seguridad). Ejemplo de asuntos de seguridad nacional los vemos, en un desabasto de agua en los Estados de la Cuenca Lerma Chapala (Estado de México, Michoacán, Guanajuato y Jalisco, que consumen el 22% de agua del país) o un Fobaproa.

 

En el nivel intermedio se encuentra la seguridad interior, cuya función también está a cargo del Ejecutivo Federal. No obstante, esta seguridad no tiene un concepto que le otorgue alguna Ley. Para suplir esta carencia, el Programa de Seguridad Nacional 2014-2018 lo define, como “la condición que proporciona el Estado mexicano para salvaguardar la seguridad de sus ciudadanos y el desarrollo nacional, mediante el mantenimiento del Estado de Derecho y la gobernabilidad democrática en todo el territorio nacional”.

 

Esta condición se refiere a un nivel de bienestar en el que las personas encuentran un techo mínimo de garantías que les permita llevar a cabo actividades laborales, económicas, escolares que, en su conjunto, contribuyen a un bienestar en la sociedad y para el diseño e implementación de políticas públicas, se auxilia de los campos del poder señalados.

 

Su nivel de análisis es táctico, se fundamenta y subsiste en la legislación federal y local que garantiza la gobernabilidad y el estado de derecho, que lleven como fin el bienestar de la ciudadanía. Probablemente este sea el caso al que se refería el General Secretario de Defensa, al señalar a la SEGOB como parte responsable en el diseño e implementación de la seguridad interior, que consiste en que el campo del poder de la seguridad (interior), las policías de algunos Estados y Municipios han sido superadas por la delincuencia, siendo por tal motivo, necesaria la intervención de las Fuerzas Armadas. No sólo esto, sino que podría demostrar las deficiencias en las políticas públicas de los campos político, económico y social, que lleven esas condiciones para salvaguardar la seguridad de sus ciudadanos y el desarrollo nacional [...], a que se refiere su mismo concepto. Un ejemplo de problemática de seguridad interior lo constituye, la protesta de maestros en Oaxaca o las temperaturas frías en el norte del país.

 

En el último peldaño de la estructura de la seguridad del país, pero no menos importante, se encuentra, la función de seguridad pública que está a cargo de la Federación, los Estados y los Municipios. El nivel de análisis es operativo, y se nutre en su parte dogmática por leyes (Federales o Locales) y reglamentos (Municipales) y en su parte orgánica, -de manera coordinada-, por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Tiene como objeto la prevención de la comisión de delitos, así como su investigación y persecución. Por ejemplo, la inseguridad en Villahermosa, Tabasco o en Guadalajara.

 

Por su finalidad y alcances, la seguridad nacional es estratégica y persigue objetivos de Estado; la seguridad interior es táctica tiene objetivos de bienestar ciudadano; mientras que la seguridad pública es operativa y tiene por objeto la preservación del estado de derecho y la paz pública.

 

Por su competencia, la seguridad nacional es una función de competencia federal, la seguridad interior es de competencia local y federal, y la seguridad pública es una función de competencia federal, estatal y municipal.

 

Por su marco jurídico, la seguridad nacional es federal, la seguridad interior es federal y general y la seguridad pública es general.

 

Ninguna funciona de manera aislada. Una complementa a las otras, y todas funcionan en una sincronía institucional.

 

@racevesj

@OpinionLSR