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Violencia y acoso contra magistrada electoral

La legislación del estado reconoce y tipifica la violencia laboral.

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Escrito en OPINIÓN el

 

En una resolución que marcará la pauta para resolver actos de violencia política y laboral, por unanimidad de votos la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tuvo por acreditados diversos hechos de violencia y acoso cometidos en contra de una magistrada electoral en San Luis Potosí por los dos hombres con los que conforma ese tribunal, y además por el Secretario General de Acuerdos.

 

Las constancias que obran en el expediente comprobaron diversos actos cometidos en contra de la magistrada por su par; por el presidente y por el secretario configurando actos de violencia horizontal, vertical ascendente y vertical descendente. La actuación de estos tres hombres iba desde la falta de convocatoria a las sesiones y reuniones de trabajo, el ocultamiento de información, el cierre de las oficinas de la magistrada, la revisión de sus equipos de cómputo, hasta la imposibilidad, si no lo admitían los magistrados, de incorporar sus votos particulares y opiniones en los asuntos resueltos por el Tribunal, todo lo que fue debidamente probado y documentado -en algunos casos incluso por un fedatario público- por la magistrada electoral y presentado en el juicio de protección de derechos políticos y electorales del ciudadano que promovió, y que fue resuelto en sesión pública por la Sala Superior el miércoles de esta semana.

 

Las condiciones de violencia, acoso, discriminación y misoginia de que las que era objeto la magistrada electoral hacían prácticamente imposible el ejercicio del encargo para el que fue designada por el Senado y, como consecuencia, el adecuado funcionamiento del tribunal. Lo anterior se ve agravado por el hecho de que dichos actos fueron cometidos por tres hombres en contra de la única mujer que integra ese Tribunal.

 

La legislación del estado reconoce y tipifica la violencia laboral, sin duda esta es una de las responsabilidades en las que incurren los señores funcionarios públicos de ese tribunal, lo cual se ve agravado por la violencia ejercida en contra de una mujer que tenía como resultado menoscabar o anular el ejercicio y goce de sus derechos así como las prerrogativas inherentes a un cargo público.

 

Resulta imposible separar las condiciones de violencia y acoso con el hecho de que fueran perpetradas por dos hombres en contra de la única magistrada. ¿Se hubieran cometido por estos hombres el cúmulo de conductas realizadas si la magistratura hubiera estado ocupada por un hombre?

 

La sentencia de la Sala ordena dar vista al Senado de la República, que desde la reforma político electoral de 2014 es el encargado de integrar los tribunales electorales, con la finalidad de que determine lo que corresponda respecto a la actuación de los magistrados imputados y, a la Contraloría interna del Tribunal Electoral del Estado, para que defina lo conducente respecto al secretario general de acuerdos.

 

Debemos reconocer el valor de la magistrada para denunciar las vejaciones a que era sometida y estar atentos a lo que resuelva el Senado y la Contraloría Interna del Tribunal respecto a la actuación de estos funcionarios y, desde luego, estar pendientes de la seguridad y condiciones laborales en las que la funcionaria seguirá desempeñando sus funciones como magistrada electoral.

 

La importancia de esta sentencia radica en el hecho de que los tribunales del país están actuando en contra de la violencia de género, laboral y en contra de la discriminación.

 

Hombres como los señalados como responsables de la comisión de las conductas denunciadas no merecen ocupar una magistratura ni un cargo público en nuestro país. No debemos tolerar que estas conductas sigan pasando y que la ausencia del Estado de Derecho, la impunidad y la corrupción definan el rumbo de nuestro país.

 

@C_Humphrey_J

@OpinionLSR