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Tres nuevos partidos

La conformación de tres nuevos partidos abre el abanico de opciones para los ciudadanos que activa y pasivamente están interesados en la conformación política de nuestro país.

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Escrito en OPINIÓN el

Esta semana concluye con tres nuevos partidos políticos en nuestro país. El miércoles pasado el Consejo General del Instituto Nacional Electoral otorgó registro a tres partidos políticos nacionales, con lo que el panorama electoral, particularmente de cara a las elecciones del año que entra, se modifica sustancialmente. La conformación de tres nuevos partidos es una buena noticia para México, abre el abanico de opciones para los ciudadanos que activa y pasivamente están interesados en la conformación política de nuestro país y, además, constituye la vía pacífica y legal de participación de intereses y proyectos diferentes a los que representan los siete partidos hasta ahora con registro nacional, dentro del sistema electoral y de decisiones públicas en nuestro país.

 

Los tres institutos políticos que obtuvieron registro como partido político nacional son: Encuentro Social (PES), Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) y Partido Humanista (PH). Con estos tres nuevos partidos que se unen al sistema de partidos nacional, los ciudadanos podrán elegir en el año 2015 entre diez opciones de candidatos, plataformas electorales, programas de gobierno que representarán a los partidos políticos para los cargos de elección popular que deben votarse el año que entra.

 

Recordemos que, de conformidad con la ley, un año antes del plazo legal para la presentación de la solicitud de registro como partido político, las organizaciones que pretendían obtener su registro debían notificar a la autoridad electoral su intención de constituirse en partido político. El año pasado cincuenta y dos organizaciones realizaron esta notificación al Instituto Federal Electoral. La autoridad electoral determinó que diez notificaciones eran improcedentes y otras diez organizaciones presentaron por escrito su desistimiento. Por lo tanto, treinta y dos organizaciones continuaron el proceso legal para conformar un partido político. Una vez desahogadas todas las etapas del procedimiento y haber acreditado los requisitos legales y reglamentarios, entre los que se encuentran: La realización de veinte asambleas estatales o las doscientas distritales, llevar a cabo una asamblea nacional constitutiva y contar con un número de afiliados equivalente 0.26% del padrón electoral utilizado en la elección federal anterior, solamente tres de ellas obtuvieron registro como partido político nacional.

 

De los tres partidos que obtuvieron su registro, sólo uno de ellos contaba con registro como Agrupación Política Nacional. En relación con la celebración de asambleas en la que se cumplen con los requisitos establecidos en la normatividad, debe mencionarse que es una práctica recurrente la programación de un número mucho mayor de asambleas que las que requiere la norma, en virtud de que resulta complejo cumplir con todos los requisitos necesarios para considerarse una asamblea válida. El Partido Encuentro Social programó la realización de 502 asambleas distritales de las que únicamente se llevaron a cabo 249, las 253 restantes se cancelaron por falta de quórum. En el caso del Partido Humanista se programó realizar 470 asambleas de las que solamente celebraron 219, las restantes asambleas también fueron canceladas por falta de quórum. El Partido MORENA programó 46 asambleas estatales de las que se celebraron sólo 30, las restantes se cancelaron por falta de quórum. La cantidad mínima de afiliados con la que debían contar los solicitantes de registro era de 219,608 ciudadanos.

 

En el resolutivo Segundo de las resoluciones del Consejo General del INE por las que se otorga registro a los partidos políticos, se señala que los partidos políticos deben modificar sus documentos básicos -Estatutos y Declaración de Principios- con la finalidad de cumplir con lo establecido por la norma y con la jurisprudencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. A los tres nuevos partidos se les otorga como plazo para realizar estas modificaciones el 30 de septiembre, con la finalidad de ponerlos a la consideración del Consejo General que deberá verificar que las modificaciones realizadas son constitucional y legalmente procedentes. Asimismo, se les apercibe que en caso de no realizar estas modificaciones en el plazo señalado en la resolución, se procederá a resolver sobre la pérdida de su registro como partido político nacional, previa audiencia del interesado.

 

Por otra parte, el resolutivo Cuarto de la mencionada resolución obliga a los nuevos partidos a integrar de manera definitiva sus órganos directivos nacionales de conformidad con lo dispuesto en sus Estatutos y notificarlo a la autoridad electoral a más tardar el 17 de septiembre, así como su domicilio social. Esta medida pretende resolver un tema que con frecuencia se repetía en los partidos: La falta de nombramientos en diferentes órganos partidistas que conducía a un inadecuado funcionamiento de los institutos políticos y, por otra parte, a posibles violaciones de derechos de sus afiliados.

 

Otro tema que también queda pendiente es el que tiene que ver con los informes mensuales que respecto de sus ingresos y egresos tenían obligación de presentar los solicitantes de registro. En la resolución se señala que de conformidad con los plazos establecidos por los artículos 84 del Código electoral y 333, párrafo 1, inciso e) y 346, párrafo 1 del Reglamento de fiscalización, la autoridad fiscalizadora cuenta con veinte días para revisar el informe y que en caso de detectar errores y omisiones se le notificarán al interesado para que manifieste lo que a su derecho convenga, al momento en que se emite la resolución por la que se otorga registro a los tres nuevos partidos, se encuentra en marcha el procedimiento de revisión de sus informes, por lo que la Unidad de Fiscalización presentó un informe preliminar que tiene por objeto dar a conocer el estado que guarda la revisión de los informes mensuales presentados por los tres institutos políticos y, en el momento en que concluyan los procedimientos de revisión de los informes, la Comisión de Fiscalización emitirá un dictamen consolidado y un proyecto de resolución que someterá a conocimiento del Consejo General.

 

Por otra parte, la resolución, de conformidad con la ley, determina que los partidos políticos nacionales empezarán a recibir las prerrogativas establecidas en la ley a partir del 1 de agosto de este año. El artículo 26 de la Ley General de Partidos Políticos establece que son prerrogativas de los partidos políticos: a) Tener acceso a radio y televisión; b) Participar del financiamiento público para sus actividades; c) Gozar del régimen fiscal que se establece en la Ley; y d) Usar las franquicias postales y telegráficas para el cumplimiento de sus funciones. Además de las señaladas en la norma, los partidos políticos tienen derecho a oficina, dentro de las instalaciones del Instituto Nacional Electoral, y al pago de auxiliares, asesores y gastos de oficina para el adecuado manejo de éstas, entre otros.

 

La competencia electoral el año que entra proporcionará nuevas y mayores opciones al electorado por dos vías: la primera, a través de tres nuevos partidos políticos dentro del sistema de partidos nacional y, la segunda, por medio de las candidaturas independientes que desde el año pasado irrumpieron en la vida política del país y que, en varias entidades de la República, han conseguido importantes triunfos en las elecciones locales.

 

@C_Humphrey_J