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Sobre la sentencia del caso servidores de la nación

La Sala Regional Especializada del TEPJF dictó sentencia en el caso Servidores de la Nación | Rafael Hernández

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Escrito en OPINIÓN el

El día de hoy, 17 de septiembre de 2021, la Sala Regional Especializada del TEPJF dictó sentencia en el caso Servidores de la Nación, iniciado por la denuncia presentada por el PRD el 8 de agosto de 2019.

En una primera sentencia dictada el 27 de diciembre de ese año, dicha Sala había encontrado fundada la queja perredista al establecer que los Servidores de la Nación hicieron uso indebido de recursos públicos con elementos de propaganda personalizada. en la propaganda gubernamental que realizaron al integrar el Censo de Bienestar y entregar apoyos a los beneficiarios de los programas sociales del gobierno federal.

Señalaron la responsabilidad de 56 funcionarios federales, entre ellos 26 Delegados Estatales, 21 Coordinadores Regionales. Sin embargo, exoneró a los principales responsables de tal operación que eran los mandos superiores de dicha estructura burocrática, particularmente la entonces titular de la Secretaría de Bienestar, María Luisa Albores (hoy Secretaria de la SEMARNAT), y Gabriel García Hernández, quien era entonces el Coordinador General de Programas para el Desarrollo de la Presidencia de la República.

El 31 de marzo de este año, en una histórica decisión, la Sala Superior del propio TEPJF ordenó a la Sala Regional la revisión de su sentencia para dilucidar la responsabilidad de los mandos nacionales de los Servidores de la Nación e individualizar las responsabilidades de los Delegados Estatales y Regionales.

A reserva de conocer el texto íntegro de la sentencia, de la cuenta y deliberación que los magistrados de la Sala Regional efectuaron en su sesión pública de hoy se desprende que se aprobó el proyecto presentado por el magistrado presidente de dicha Sala, Rubén Lara Patrón, y se confirmó que se violó el artículo 134 de la Constitución, como se denunció en la queja original, y que se difundió la difusión de propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada a favor de Andrés Manuel López Obrador, Presidente de la República en el proceso de entrega de programas sociales, lo que “implica la vulneración al principio de imparcialidad por el uso indebido de recursos públicos”.

Por tanto, el TEPJF ordenó a la Presidencia de la República que sancione a los funcionarios responsables, incluidos Albores Guillén y García Hernández, a la vez que se ratificaron los señalamientos en contra de los funcionarios públicos que habían sido señalados en la primera sentencia.