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Sin infancia no hay ciudad, desafío Constituyente

¿Es legítima una nueva Constitución para la capital del país sin la participación de la infancia y adolescencia?

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Escrito en OPINIÓN el

En meses recientes el debate sobre la reforma política de la nueva #CDMX encontró respuesta en un acuerdo político de alto nivel que permitió aprobar un cambio constitucional que convoca a una Asamblea Constituyente. Uno de los mayores déficit que enfrenta este proceso es la limitada participación plena de las y los ciudadanos; pese a los discurso progresistas y lemas de gobierno para ‘decidir juntos’ el rumbo de este territorio; la clase política decidió que será a través del voto como las y los habitantes elegirán quién los “represente” en la construcción de la nueva Constitución política. Hasta este punto la mayoría lo encontrará en el ámbito de la llamada normalidad democrática del país.


¿Y cómo participarán las niñas, niños y adolescentes que habitan en la Ciudad de México?


Esta pregunta es pertinente después que en el año 2011 se logró la Reforma Constitucional en materia de derechos humanos, es decir, el artículo primero de la Carta Magna ahora establece que bajo el principio pro-persona todos los tratados internacionales que el Estado Mexicano ha firmado están en el mismo rango de obligación y garantía que la Constitución Política Mexicana.


El Estado Mexicano promovió y firmó en noviembre de 1989 la Convención sobre los Derechos del Niño que nos obliga a la armonización de todo nuestro marco normativo, es por ello que el poder legislativo se mostró sensible a incorporar en el artículo cuarto Constitucional el “Interés superior de la niñez”, que es al mismo tiempo un derecho sustantivo, principio jurídico interpretativo y una norma de procedimiento:


“En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velara y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos […].

“Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de preservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios”.


Surge otra pregunta inquieta que demanda respuesta. ¿Se olvidaron de la infancia y adolescencia la clase política y el poder legislativo que concretaron la reforma política de la ciudad?


Es posible imaginar su incomprensión y quizás miedo a la complejidad de una ciudadanía participativa, que los llevó a limitarla a la sola emisión del voto en las urnas. Así que en automático, las niñas, niños y adolescentes ni siquiera pasaron por su análisis y cálculo político.


El lector se preguntará para qué hablar de participación de niñas, niños y adolescentes sino tienen derecho a votar; y quizás el propio sentido común le lleva responderse que el derecho a la participación no se limita a un voto. Es decir, es una realidad que no existe en nuestro país la promoción de la participación infantil y adolescente; y menos aún espacios para su expresión política. Lo que permite ratificar la discriminación estructural que viven las personas menores de 18 años, quienes ven limitado el ejercicio de sus derechos humanos, especialmente aquellos que significan decidir sobre su vida y entorno.


En esta secuencia de ideas, el Estado Mexicano tiene una oportunidad única, sería deseable que la nueva Constituyente de la Ciudad de México resuelva esta deuda histórica con niñas, niños y adolescentes, dejar de considerarlos “objetos de protección” de las familias, para reconocerles como ciudadanos de pleno derecho, especialmente con derecho ser escuchados y organizarse en torno a los temas que les afectan.


¿Es legítima una nueva Constitución para la capital del país sin la participación de la infancia y adolescencia? Es posible que sea legal, pero no legítima, desde el estándar internacional que nos establece la Convención sobre los Derechos del Niño y la nueva Ley General de Derechos del niño, niña y adolescente. Como nota de actualidad, en 2015 vivían en la ciudad 2 millones 153 mil 371 niñas, niños y adolescentes de entre 0 y 17 años. Esto representaba el 24.1% de la población de la capital (INEGI, 2015).


Aún cuando el caso paradigmático presentado en este texto es complejo, puede tener diversos abordajes desde el Enfoque de Derechos Humanos para responder a la garantía jurídica de los mismos. Para ello es recomendable apoyarse en las Observaciones Generales del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, particularmente la Número 12 relativa a el Derecho del niño a ser escuchado y la número 14 sobre el Derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial.


Este será un punto de partida para el diseño de una propuesta de participación ciudadana de niñas, niños y adolescentes en la Constituyente de la Ciudad de México; será necesario desarrollar información amigable, espacios de expresión de sus dudas y cuestionamientos al proceso, garantías de libertad de expresión y no ser intimidados por sus opiniones, entre otras posibilidades.


El lector se preguntará si realmente la infancia y adolescencia querrán participar de un proceso típicamente adulto. Es posible que inicialmente no sea una expresión de participación masiva, pero sus beneficios son muy altos para la calidad democrática de un país, sólo hay que recordar que las y los adolescentes que hoy tienen 15 a 17 años en muy poco tiempo serán participes en las próximas elecciones presidenciales.


Y diversos países muestran que no es imposible. Por ejemplo, en algunas naciones ya está reconocido el voto electoral a los 16 años de edad y/o existen Consejos Consultivos de niñas, niños y adolescentes a niveles municipales, estatales y federales.


Esencialmente se trata de reconocer y afrontar la discriminación social que viven niños, niñas y adolescentes para decidir sobre su vida y entorno, creando mecanismos institucionales de participación y ciudadanía temprana, que ofrezcan espacio de escucha a las propuestas de cambio que tienen niñas, niños y adolescentes en aquellos temas que les afectan en la ciudad.


Quizás usted no pueda debatir este tema con el señor Mancera, pero ¿Por qué no le pregunta a las niñas, niños y adolescentes que tiene cerca?