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Seguridad interior sin autoritarismo

La Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior deja un amplísimo margen de maniobra al Ejecutivo

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Escrito en OPINIÓN el

Mucho se ha cuestionado la Ley de Seguridad Interior aprobada esta semana en la Cámara de Diputados y no faltan razones para ello.

Sin duda el momento político y el contexto no fue el adecuado y se presta a un sinnúmero de lecturas en torno al endurecimiento del régimen y la apuesta del grupo en el poder por la restauración autoritaria y la militarización del país.

El ungimiento de José Antonio Meade se inscribe en la vieja liturgia del PRI más rancio y retrógrado, como si de golpe hubiéramos regresado a la década de los ochentas, a un México ajeno a la pluralidad, sin la menor sensibilidad ante la polarización a que nos ha llevado la corrupción y las complicidades del régimen. Empatar este destape con la aprobación apresurada de la Ley fue un pésimo mensaje.

Por otra parte la precipitación y la falta de un adecuado procesamiento legislativo de la Ley, dejó en la ambigüedad varios aspectos que vienen a cuestionar aún más esta normatividad.

En lo personal considero que se debe reglamentar la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de la República en lo relativo a la intervención de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad interior, no es conveniente dejar lagunas jurídicas que se puedan prestar a excesos o a la falta de certeza y delimitación de la actuación de la milicia.

Sin embargo, la Cámara no aprobó una buena ley, ni le dio una visión de derechos humanos sino que en 34 artículos y cuatro transitorios deja un cúmulo de cabos sueltos y confunde conceptos como seguridad nacional, seguridad pública y seguridad interior.

De igual manera, la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior le deja un amplísimo margen de maniobra al Ejecutivo Federal lo que puede redundar en excesos, al no haber los debidos contrapesos. También el artículo 16 de la ley faculta al Presidente de la República a emprender acciones inmediatas sin esperar la declaratoria aludida, sin establecer cuáles son los casos que lo ameritan refiriéndose genéricamente a “grave peligro” a las personas o el funcionamiento de las instituciones fundamentales de gobierno, lo que puede prestarse a medidas represivas.

Insisto había que reglamentar el artículo 89 en su fracción VI, pero lo que hicieron el PRI y sus aliados lejos de ayudar al país y construir un marco de actuación de las Fuerzas Armadas acorde a un Estado democrático de derecho, lo que fortalece es al autoritarismo y la regresión política.

@RicardoMeb | @OpinionLSR | @lasillarota