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Se insiste en UMA y no en salario

Ha causado un daño muy grave el desatino de los asesores del presidente de la República al sustituir el concepto salario por la UMA.| Manuel Fuentes

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Escrito en OPINIÓN el

El anuncio del presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 21 de marzo en Guelatao, Oaxaca, de su intención de aumentar el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en el pago de las pensiones con base en la inflación, no repara el daño en perjuicio de los trabajadores al mantener ese regresivo concepto en materia de seguridad social.

Se sigue sin entender que la UMA nada tiene que ver con el régimen de pensiones, porque éste no se trata del pago de un castigo o sanción, sino del cumplimiento de un derecho fundamental que tiene como base el salario, producto del trabajo.

Ha causado un daño muy grave el desatino de los asesores del presidente de la República al sustituir el concepto salario por la UMA en el texto de la Ley del Seguro Social en su reciente reforma del 16 de diciembre de 2020, que entró en vigor el primer día del 2021. Hicieron el papel de un cocinero mal intencionado que añade dos cucharadas de aceite para metales en un vaso de leche, con la esperanza que el anciano de la familia no se dé cuenta. 

La UMA más que un trago amargo para el régimen de pensiones es un veneno que corroe los derechos sustanciales de los trabajadores. Que el operario reciba una cantidad económica al final de su vida productiva no es un regalo. 

Su derecho pensionario se va formando con el fruto de su trabajo, con su actividad diaria se forman las cotizaciones que hace el propio trabajador, el patrón y el gobierno. 

Las aportaciones que se inscriben en favor del trabajador para formar su pensión se hacen con el salario generado por su actividad laboral, además de sus prestaciones, como el pago del aguinaldo, prima vacacional, despensas, alimentación, fondo de ahorro, premio de puntualidad y otras que resultan de la lucha sindical plasmada en sus contratos colectivos de trabajo.

Se le llama salario base de cotización y su misma denominación lo marca como la forma en que se deben cubrir las aportaciones a los trabajadores cuando ejercen sus derechos de seguridad social. 

Se le debe informar a los asesores del presidente que al concepto básico para cubrir las pensiones o subsidios en caso de riesgos de trabajo, invalidez, maternidad y cesantía en edad avanzada o por vejez, se le llama salario base de cotización, no UMA.

Es cierto que el artículo transitorio vigésimo quinto de la Ley del Seguro Social establecía, antes de la reforma lopezobradorista, como tope para el pago de pensiones 25 salarios mínimos generales, y aun cuando es el valor mínimo del salario, no deja de ser un concepto sustancial al mismo. 

El salario ha sido la referencia para el pago de las prestaciones laborales como son las indemnizaciones por despido, salarios caídos o prima de antigüedad que, aunque están regulados de distinta manera no dejan ese concepto a un lado. 

La UMA se incorpora en la reciente reforma a la Ley del Seguro Social de manera sorprendente por los distraídos (léase mal intencionados) asesores del señor presidente al insertar un concepto de apariencia inocua (de tamaño minúsculo), pero de grave daño que nada tiene que ver con el trabajo y los derechos sociales. 

En dos meses, como si se coordinara (que lamentablemente si lo hicieron) el presidente de la República con los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, asentaron uno de los golpes más graves en contra de los trabajadores en la historia de nuestro país, el 16 de diciembre de 2020 con las reformas a la Ley del Seguro Social y el 17 de febrero de 2021 con una jurisprudencia por contradicción que afecta a los cotizantes del ISSSTE.

Si el presidente López Obrador, como dice, pretende resarcir el daño a los trabajadores por la insensata decisión de sus asesores de introducir ese veneno llamado UMA, lo que debe hacer es retirar ese concepto del régimen de seguridad social que ahora aflige a quienes cotizan en el IMSS y el ISSSTE, que además tiene efectos en los demás regímenes de seguridad social controlados por los gobiernos de los estados en el país.

De otros avatares

La semana pasada se me atravesó la cofradía del zoom, con varias reuniones interminables, que me impidió concluir mi columna dirigida a los jueces, atentos en proteger los grandes intereses económicos y sumisos cuando se trata de resguardar los derechos sociales, como es el caso de los ministros de la Segunda Sala de la SCJN que hasta son referencia del presidente de la República para justificar el pago en UMA. ¿Los nuevos próceres de la patria?

Vivimos tiempos de la justicia a modo, la de los grandes intereses, la de los políticos o grupos financieros, no de los de a pie.