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Salvando al Godín de las Nuevas Razones Sociales

Cómo impacta la reforma al outsourcing. | Aniela Cordero

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Escrito en OPINIÓN el

A partir del 23 de abril de este año entró en vigor la nueva reforma aplicada al outsourcing o subcontratación laboral que se publicó en el Diario Oficial de la Federación. Eso trae consigo varios beneficios para los empleados y colaboradores que detallaremos el día de hoy, pues ya muchas empresas están viviendo cambios a nivel sistema, organizacional y que impactan directamente en la nómina o en las operaciones.

La primera, y más importante, es que, a partir de abril, quedó prohibida la subcontratación de personal. No más patrones irregulares, no más cambios de razón social con cada contrato para pagar menos impuestos, y no más darse de alta ante el seguro social con el salario mínimo.

Sí seguirá permitido que los outsourcing funcionen como headhunters o como agencias de reclutamiento, pero su participación termina antes de la firma de contrato. Algunas empresas podrán seguir utilizando el outsourcing como servicios especializados, para posiciones que no formen parte de la actividad preponderante y a través de un contrato escrito con empresas que estén al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social, dadas de alta ante la STPS.

Con esta reforma, los trabajadores podrán tener un reparto de utilidades que no sea meramente simbólico. Podrán recibir hasta tres meses de sueldo o el promedio de los últimos tres años, y se aplicará el que le convenga más al trabajador. Estos efectos los podremos ver hasta el año entrante por la fecha de entrega del PTU.

Y para aquellas empresas que se pongan rejegas y no quieran acatar esta reforma, les tenemos unas bellas multas que van desde las 2 mil hasta las 50 mil UMAS que equivalen a un aproximando de $179,240 a $4,481,000 pesos.

Sin embargo, no todo es color de rosa con esta reforma y sus 8 leyes ya en vigor, puesto que se está viendo que, del personal contratado a través de un outsourcing, solamente entre el 30 y 40% podrán ser contratados directamente por la empresa final, perdiendo la antigüedad de su contrato anterior.

Y en algunos casos, el ser contratado por la empresa de manera directa, puede no mejorar su situación salarial y de prestaciones.

Mientras que el restante 60 y 70% de los contratados por outsourcing, quedarán desempleados, asumirán una categoría de sueldos asimilados o de persona física con actividad empresarial, es decir, por honorarios.

Como colaborador, hay que estar muy a las vivas de estos cambios venideros, sobre todo si estamos contratados por outsourcing. Hay que fijarnos bien en que nos liquiden conforme a la ley, y que las nuevas condiciones realmente mejoren y no sean una pantalla de humo.