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Registro de nuevos partidos políticos

Los procesos electorales concurrentes son complejos, tanto en su preparación, organización y desarrollo. | Fernando Díaz Naranjo

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Escrito en OPINIÓN el

Las elecciones son un espacio complejo donde los actores participantes, partidos políticos, coaliciones, candidatas y candidatos confluyen para ganarse la confianza ciudadana y con ello, alcanzar el triunfo electoral bajo directrices enmarcadas en la legislación electoral y bajo la conducción de la autoridad nacional electoral administrativa: el INE.

No obstante, en el desarrollo de los procesos electorales confluyen diversos aspectos que los hacen muy complejos. Por señalar sólo algunos tenemos que en la elección federal de 2021 donde se renueva la Cámara de Diputado, de manera concurrente habrá elecciones en las 32 entidades federativas donde destaca la elección de 15 gobernadoras o gobernadores.

Esta elección concurrente de entrada trae consigo la complejidad en el desarrollo de diversos procedimientos en razón de que la legislación electoral federal tiene diversas normas que son distintas a las legislaciones electorales locales, destacando, por ejemplo, la fecha de inicio formal de los procesos electorales, los periodos de precampaña y campaña, las figuras determinadas para las alianzas políticas (coaliciones o candidaturas comunes), plazos para la fiscalización de los recursos de los partidos políticos y candidatos/as, la fecha de realización de los cómputos distritales, etc.

Esto lleva al INE, conforme a sus atribuciones, a integrar reglamentos, directrices, criterios y normas que buscan homogeneizar diversos aspectos que permitan que las elecciones federales y locales avancen, de forma uniforme, hasta donde sea posible.

Estos aspectos, de los que sólo señalamos algunos forman parte del largo andamiaje electoral.  Así, y por si fuera poco, hay otros elementos que se agregarán a la elección de 2021: el registro de nuevos partidos políticos.

A principios de este mes de septiembre, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, instancia auxiliar de su Consejo General, máximo órgano de decisión, aprobó los proyectos de resolución sobre las solicitudes de registro como partidos políticos nacionales de dos organizaciones, de siete, como procedentes, lo que, hasta aquí, significaba que, además de los partidos políticos que ya cuentan con registro nacional, dos entidades de interés público se sumarían al PAN, PRI, PRD, PVEM, PT, MC y Morena en la contienda electoral de 2021.

Sin embargo, en sesión celebrada por el Consejo General del INE el pasado 4 de septiembre analizó los proyectos de resolución de la Comisión de referencia y, ante una álgida discusión entre las y los consejeros electorales y de varios de los representantes de los partidos políticos que forman parte de esta instancia, fue aprobado el registro del Partido Encuentro Solidario (PES), rechazando las solicitudes de las organizaciones México Libre, Grupo Social Promotor de México, Redes Sociales Progresistas, Fuerza Social México, Fundación Alternativa, y Súmate a Nosotros.

El INE consideró que el partido que obtuvo su registro cumplió con los requisitos establecidos en la legislación electoral, destacando la celebración de asambleas en por lo menos 20 entidades o en 200 distritos electorales en las que debieron participar 3 mil afiliados por entidad federativa o bien, 300 por distrito electoral además de contar con un número de afiliados igual o superior al 0.26% del padrón electoral federal utilizado en la última elección federal ordinaria, que representan a 233 mil 945 personas.

Esta resolución del INE, independientemente de la determinación de que en la próxima contienda electoral participe un partido político más, seguramente será impugnada ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que, como última instancia judicial del país en materia electoral, determinará lo conducente.

Como podemos ver, los procesos electorales concurrentes son complejos, tanto en su preparación, organización y desarrollo.

Sigue en manos del Legislativo, más que de la autoridad electoral administrativa como jurisdiccional, el análisis de la normativa electoral que eviten el traslape de fechas, normas contrarias o imprecisas que obligan, en este caso al INE, junto con el TEPJF a la emisión de criterios o sentencias que dejan precedentes y la jurisprudencia que da la ruta a seguir en el complejo andamiaje electoral.