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Reforma política: más partidocracia, menos ciudadanía

La reforma política aprobada por los partidos del "Pacto por México" más que significar un avance en la democratización del país, implica una involución y una restauración autoritaria y conservadora que refuerza la partidocracia excluyente, la continuidad y los privilegios de la coalición de intereses económicos y políticos que tienen postrado al país.

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Escrito en OPINIÓN el

La economía del país está estancada, la reforma hacendaria ha sido inflacionaria y recesiva y ha generado una gran irritación entre los diferentes sectores del país (empresarios, comerciantes, profesionistas, pequeños contribuyentes, habitantes de las fronteras, etc.); hay amplias regiones del país a merced del crimen organizado, predominando un escenario de polarización e ingobernabilidad. 

Mientras a la población le suben los impuestos y le quitan derechos, a los maestros los golpean, los persiguen y los vuelven los únicos responsables del fracaso educativo nacional, mientras a las amas de casa le han dificultado el gasto familiar, mientras a los deudores de la banca los criminalizan, mientras pretenden entregar el petróleo, los hidrocarburos y la electricidad a las trasnacionales, el PRI y sus aliados pactistas no tienen escrúpulos en aprobar la reelección y crear un órgano electoral a modo, lleno de privilegios y complicidades.

Cuando la respuesta a la saturación de problemas nacionales debiese haber sido la apertura democrática y la construcción de alternativas institucionales para canalizar el descontento social, el triunvirato pactista (PRI, PAN y una parte del PRD) optó por armar una legislación tramposa para garantizar el sometimiento de los órganos electorales por medio del reparto faccioso de cuotas y la entrega de mayores canonjías y prebendas.

La reforma política deriva de la modificación a la Constitución donde se estableció la reelección, se creó el Instituto Nacional Electoral y se impusieron una serie de disposiciones que dejan prácticamente intocada la inequidad en las contiendas electorales. Por ejemplo en materia de nulidades en las elecciones si bien se establecen como causales el violar los topes de gastos de campañas, la compra o adquisición de tiempo en radio y televisión fuera de lo permitido por la ley, mantuvieron la figura de la determinancia y cuestiones absurdas como el que los topes de gastos de campaña se puedan violar hasta un cinco por ciento o que tenga que haber una diferencia entre el primero y segundo lugar de los candidatos menor al cinco por ciento de los votos para que proceda la nulidad de una elección.

Por otro lado, se institucionalizó en la Ley General de Partidos Políticos el prorrateo de los gastos de campaña entre los diferentes candidatos a diferentes cargos de elección popular, lo cual es una de las cuestiones más graves de esta contra reforma. El prorrateo, que en su oportunidad definimos como el PRIrateo, permitió el absurdo de que el entonces candidato presidencial de la coalición Compromiso por México, Enrique Peña Nieto, distribuyera todos sus gastos entre los diferentes candidatos a Senadores y Diputados federales, quedándose sólo con el uno por ciento de esos gastos, en una burda simulación que juntó con la complicidad del IFE, le permitió no solamente no violar los topes de gastos de campaña, sino incluso, por risible que parezca, quedar por abajo del límite. Con ese PRIrateo 187 candidatos del PRI al congreso (4 senadores y 183 diputados) violaron los topes de gastos de campaña, menos Peña Nieto. Pues bien este mecanismo perverso que estaba en un reglamento ya se elevó al rango de ley, en el artículo 83 del citado ordenamiento.

Otra aberración de la legislación secundaria en materia electoral, concretamente en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, mejor conocida como LEGIPE, es lo relacionado con las llamadas “candidaturas independientes”, por los exagerados y desproporcionados requisitos, trabas y obstáculos que se deben cubrir para lograrlas.

Por ejemplo, la denominada “cédula de respaldo”, que no es más que la recaudación de firmas por parte del ciudadano solicitante, es –de entrada- una traba más que un requisito.

En el numeral 1 del artículo 371 de la LEGIPE se establece que:

Para la candidatura de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de Ciudadanos equivalente al 1% de la lista nominal de electores con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección y estar integrada por electores de por lo menos diecisiete entidades federativas, que representen cuando menos el 1% de Ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada una de ellas.

Por su parte, el numeral 2 y 3 del artículo mencionado, estipula que para el caso de las candidaturas a senadores y diputados, el requisito de respaldo ciudadano será del 2 por ciento de la lista nominal de electores: 

  1. Para fórmulas de senadores de mayoría relativa, la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de Ciudadanos equivalente al 2% de la lista nominal de electores correspondiente a la entidad federativa en cuestión, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, y estar integrada por Ciudadanos de por lo menos la mitad de los distritos electorales que representen como mínimo el 1% de Ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada uno de ellos.

 

  1. Para fórmula de diputados de mayoría relativa, la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de de Ciudadanos equivalente al 2% de la lista nominal de electores correspondiente al distrito electoral en cuestión, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección y estar integrada por Ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales que representen cuando menos el 1% de Ciudadanos que configuren la lista nominal de electores en cada una de ellas.

 

¡Uno y dos por ciento para poder obtener el registro para una candidatura independiente! Imaginemos este ejercicio en un contexto donde los partidos políticos para continuar con su registro deben obtener, al menos, el 2 por ciento de la votación nominal.

Por ejemplo, para ser candidato independiente a Senador por el Distrito Federal tendrán que presentar 100 mil 523 firmas. En contraste, Nueva Alianza obtuvo 140 mil votos en  el proceso electoral de 2012.

Es algo así como un ejercicio en donde las y los ciudadanos libres que desean participar como candidatos deben competir, primero, contra un sistema de partidos de por sí desigual y segundo, frente a unas reglas que no favorecen la participación ciudadana.

Otro ejemplo de ello está relacionado con la falta de prerrogativas y financiamiento público para que las y los ciudadanos puedan obtener el respaldo que se solicita, abonando aún más a la desigualdad de condiciones para la competencia.

Suponiendo que, a pesar de estas trabas, las y los ciudadanos obtienen su registro como candidatos independientes, éstos serán tratados como partidos políticos de recién creación en cuanto a financiamiento para las campañas y el acceso a tiempos de radio y televisión; pero no de manera individual, sino en conjunto, dividiendo aún más los pocos recursos disponibles.

Quienes han aprobado estas leyes se han querido vanagloriar diciendo que las candidaturas independientes van y que quienes no opten por la vía de los partidos políticos para ser candidatos, podrán hacerlo bajo estas reglas; sin embargo este panorama resulta favorable únicamente para los partidos políticos tradicionales que siguen y seguirán resguardando sus cotos de poder.

Por razones de espacio, dejo pendiente analizar lo relativo a la asunción, que así fue como bautizaron el que el INE organice las elecciones en una entidad federativa, que implica todo un vía crucis y una serie de candados para que el órgano electoral se haga cargo de un proceso local, lo que en su tiempo fue la razón para denominarlo Instituto Nacional Electoral. Otra más de las farsas de esta reforma que es un retroceso y que nada tiene que ver con aquellas reformas históricas como la de 1977 y 1996. Esta reforma fue para la partidocracia, no para los ciudadanos.

 

 

@RicardoMeb