Main logo

Reforma laboral a las prisas

La reforma constitucional en materia de justicia y derechos colectivos debe ser considerada como una oportunidad para mejorar las condiciones de trabajo

Por
Escrito en OPINIÓN el

Andan atribulados los operadores de la mal reforma al artículo 123 Constitucional del 24 de febrero de 2017, gobierno y empresarios, porque con los sismos del 7 y 19 de septiembre los proyectos se han colapsado.

El miserable presupuesto que habían logrado, apenas si alcanzaba para el cambio de fachada de la llamada “justicia laboral”, pero ahora la Secretaría de Hacienda quiere reducirlo aún más para destinarlo a la reconstrucción de inmuebles con motivo de los sismos.

Desaparecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje para convertirlas en Tribunales Laborales sujetos al Poder Judicial de la Federación y a los 32 tribunales superiores de justicia de cada entidad federativa, no será nada barato. Hay que contratar personal especializado, capacitarlo y tener la infraestructura suficiente para alojar los nuevos espacios de trabajo. Nada de eso se tiene.

La reforma al artículo 123 Constitucional también obliga al gobierno federal a encargarse de la conciliación, la cual deberá ser una instancia obligatoria previa al desarrollo de cada uno de los juicios laborales. Se requieren conciliadores capacitados para atender esta tarea, pero no los hay en número suficiente y eso significa recursos económicos que ahora no se tienen.  Al menos deberá haber una oficina en cada una de las 32 entidades federativas donde ahora operan sus Juntas Especiales del ámbito federal. El presupuesto para armar este proyecto tampoco se tiene.

Lo mismo ocurre en los 31 estados de la república y en el gobierno de la ciudad en los que deberán de existir esas 32 oficinas de conciliación, que ahora serán una instancia obligatoria. Estos recursos económicos también son inexistentes a la fecha.

También se tiene el reto de disponer de un gran inmueble, el cual pueda concentrar los expedientes de todos los sindicatos y contratos colectivos existentes en el país.  Esa tarea ya no será de los gobiernos de los estados sino, de manera exclusiva, del gobierno federal, a través de un Organismo descentralizado que actuará bajo la tutela del ejecutivo federal. Esta oficina deberá contar con personal especializado en materia registral gremial y de contratación colectiva y para evitar el desplazamiento de las personas a la ciudad, se deberá contar con representación en cada uno de los Estados, pero también se carece de presupuesto.

Sin embargo, desde la Secretaría del Trabajo federal están insistiendo que el Presidente de la República presente el paquete de iniciativas legales de consecuencias laborales ante el Senado de la República (a pesar de no haber sido consensado con todos los sectores interesados).

Les urge a los funcionarios de la Secretaría del Trabajo que en el paquete se dé preferencia para su aprobación al Órgano de control de los sindicatos y de registros de contratos colectivos para que se designe a la persona de confianza del régimen encargada de esta tarea.

Pero hacerlo de esta manera, a las prisas, sin dar tiempo a un análisis público de las consecuencias que traerán estos cambios, sin considerar sus costos y priorizando los intereses políticos es una actitud deleznable que debe ser corregida.

La reforma constitucional en materia de justicia y derechos colectivos debe ser considerada como una oportunidad para que las relaciones laborales sean un instrumento para mejorar las condiciones de trabajo, los salarios, la salud y vida de los trabajadores y no como un instrumento de control para mantener la miseria de los trabajadores en nuestro país.

@Manuel_FuentesM ?| @OpinionLSR | @lasillarota