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Rediseño institucional de la Ciudad de México (2)

Los beneficios.

Por
Escrito en OPINIÓN el

Al hablar del Rediseño Institucional de la Ciudad de México, en su organización política y administrativa, debemos analizar el constitucionalismo multinivel, como  nuevo paradigma para la distribución democrática y descentralización del poder.

 

“El constitucionalismo multinivel implica que los seres humanos debemos tener las mismas libertades en todo el mundo como 'ciudadanos del mundo', que pueden estar y comunicarse en cualquier parte del mundo, como una gran red de formas de vida (pluriculturalismo) propio de un mundo globalizado”, como lo señalo en el libro de mi autoría.[1]

 

Por lo anterior, al tener la Ciudad de México su propio ordenamiento jurídico que regirá la vida de las y de los habitantes de esta Ciudad, no tiene porque convertirse en el “Estado 32”, toda vez que México no tiene en su interior ningún otro estado, ya que la tesis de la soberanía nos indica que no puede haber un estado dentro de otro estado, ni una soberanía encima de otra soberanía[2].

 

Por otra parte, dentro de los beneficios que los ciudadanos y ciudadanas tendríamos con nuestra propia Constitución, se puede señalar que:

 

  • Al haber órganos de gobierno autónomos como son las alcaldías, los gobernados tendrán un mayor acercamiento con las autoridades, lo que va a permitir a cada órgano de gobierno dedicarse a realizar las funciones básicas necesarias para satisfacer las necesidades de la población. Lo que permitirá al gobierno ser más transparente en sus acciones y rendir mejores cuentas a los ciudadanos.

 

  • El Secretario de Seguridad Pública Local, será nombrado y removido por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.

 

  • Las relaciones laborales entre la Ciudad de México y sus trabajadores se regirán por la ley que expida la Legislatura local.

 

  •  Los bienes inmuebles de la Federación ubicados en la Ciudad de México estarán exclusivamente bajo la jurisdicción de los poderes federales.

 

  • Habrá un Consejo de Desarrollo Metropolitano, que acordará las acciones en materia de asentamientos humanos; protección al ambiente; preservación y restauración del equilibrio ecológico; transporte, tránsito; agua potable y drenaje; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos, y seguridad pública.

 

  • Los jueces y magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal se integrarán en el Poder Judicial de la Ciudad de México.- En este rubro se sugiere, una vez promulgada la Constitución de la Ciudad de México, crear la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Distrito Federal, ya que la unificación de los órganos jurisdiccionales permite racionalizar y optimizar el uso de los recursos públicos, lo que permitirá reducir el gasto presupuestal, en ese rubro.

 

  • Una vez promulgada la Constitución de la Ciudad de México, se sugiere: emitir un ordenamiento especializado que permita tener las normas básicas de organización demarcacional, que derive de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, a fin de que se establezcan las bases de organización y funcionamiento de los órganos político-administrativos.

 

Trabajemos de manera conjunta con nuestras autoridades, para que estos cambios sean una realidad. Para que la Ciudad de México, no sólo sea un ejemplo a seguir por otras ciudades sino en el mundo entero.

 

 

Flor de loto: Si me vas a corregir, hazlo para ayudarme, no para sentirte superior a mí.

 

 

Twitter: @drarmandohdz

 

[1] Asamblea Legislativa del Distrito Federal. VI Legislatura. El Necesario Rediseño Institucional del Distrito Federal Mexicano. pp.125-126

[2] Íbidem, pág. 66