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OPINIÓN

Redes sociales y violencia política contra las mujeres

La violencia política contra las mujeres por razón de su género constituye una problemática central en nuestro sistema político. | Luis Espíndola

Escrito en OPINIÓN el

La violencia política contra las mujeres por razón de su género constituye una problemática central en nuestro sistema político que pone de manifiesto su ineficacia para garantizar, en los hechos, la protección plena de los derechos de las mujeres para acceder a cargos públicos y ejercerlos con plena libertad. 

La participación política y electoral de las mujeres se enmarca en un contexto social caracterizado por una constante: la comisión sistemática y cotidiana de actos u omisiones que generan violencia en su contra. 

Una forma específica de violencia en materia política-electoral es la violencia digital que consiste en manifestaciones, expresiones o actos de violencia generados mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, plataformas de redes sociales, correos electrónicos, mensajes de texto o llamadas vía teléfono celular. 

Internet y las redes sociales son canales que maximizan el intercambio de ideas y la interacción entre personas, pero también espacios propicios para generar violencia digital en la arena política y electoral. 

Esto se ha traducido en la presentación de quejas ante el INE (cuya resolución compete a la Sala Especializada una vez que el instituto concluyó la investigación del asunto), en las que se denuncian expresiones discriminatorias, de lenguaje de odio y de descalificación dirigidas a mujeres, en las que se presenta un reto complejo al momento de identificar a quienes se encuentran detrás de la difusión de dichas manifestaciones.

Se trata de un tipo de anonimato digital que debe ser combatido mediante diligencias de investigación completas y exhaustivas y de un tipo de violencia que debe ser erradicada.

Para lograrlo, he planteado propuestas específicas al discutir los asuntos SRE-PSC-195/2021, SRE-PSC-20/2022, SRE-PSC-42/2022 y SRE-PSC-45/2022.

Considero que  plataformas de redes sociales como Twitter, Facebook e Instagram deben sujetarse a las leyes de nuestro país, lo que significa que sus filiales o empresas legalmente constituidas en México están obligadas a atender los requerimientos de la autoridad electoral. 

Para que las plataformas digitales retiren las publicaciones violentas de las redes sociales debe bastar la orden ejecutoria de la autoridad electoral. 

Las cuentas que se empleen para violentar deben sujetarse a vigilancia e, incluso, deben suspenderse por orden de la autoridad electoral, señalando en la plataforma correspondiente la causa de la suspensión. 

Los casos en los que la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordene la creación de un nuevo procedimiento para investigar con mayor diligencia cuentas de redes sociales con las que se haya cometido violencia política de género, se deben acompañar de medidas de protección que hagan cesar la violencia en contra de la víctima en tanto se investiga. 

Juzgar con perspectiva de género y garantizar una justicia completa impone obligaciones como las que aquí planteo y que derivan de una máxima  de actuación elemental, pero indispensable: los problemas actuales, exigen soluciones actuales.     

Hasta nuestra próxima entrega.