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Reconstrucción con compromiso ambiental

La CDMX ha sido pionera en la implementación de diversas políticas públicas, normas y reglamentos en beneficio de la sociedad y el ambiente. | César Cravioto

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Escrito en OPINIÓN el

Todos los edificios y casas que se están reconstruyendo en la Ciudad de México por el sismo del 19S, deberán cumplir con la normatividad relativa a la materia ambiental, lo anterior por instrucciones de la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum. A través de la Norma Ambiental NADF-008-AMBT-2017 está especificado que cada edificación reconstruida por el sismo del 19S deberá contar con un calentador solar, la inversión del Gobierno de la Ciudad de México para este fin en el período 2019-2024 será de 170 millones de pesos.

La Ciudad de México ha sido pionera en la implementación de diversas políticas públicas, normas y reglamentos en beneficio de la sociedad y el ambiente, una de ellas es la ecotecnología, considerada como toda forma de ingeniería ecológica que reducen el daño a los ecosistemas y la huella ambiental del hombre como son: la captación pluvial, y el aprovechamiento directo de la energía solar de las casas con los paneles solares, entre otros.

En la actualidad los calentadores solares de agua son una opción tecnológicamente consolidada y económicamente viable, con un fuerte potencial en la Ciudad de México. Su uso permite evitar la emisión de CO2, producto de la combustión de combustible fósiles y generar importantes ahorros económicos a las personas damnificadas por el sismo del 19 de septiembre de 2017.

El Plan Integral para la Reconstrucción de la Ciudad de México, publicado el 5 de febrero de 2019, especifica que la Secretaría del Medio Ambiente deberá colaborar en el uso de energías y tecnologías renovables, así como en el uso de materiales sustentables para la reconstrucción, deberá también proponer, aplicar y vigilar el cumplimiento de la normatividad relativa a la materia ambiental.

La Ciudad de México publicó el 14 de noviembre de 2018 la Norma Ambiental NADF-008- AMBT-2017, cuyo objetivo es “establecer los criterios para el aprovechamiento de la energía solar en el calentamiento de agua, así como los requerimientos mínimos de calidad, las especificaciones técnicas de instalación, funcionamiento y mantenimiento de los sistemas para el calentamiento de agua por medio del aprovechamiento de la energía solar”. La norma indica que las nuevas construcciones con albercas que consuman agua caliente, edificaciones habitacionales y todos los establecimientos, edificaciones públicas o privadas e instalaciones con más de 30 usuarios que consuman agua caliente, deberán instalar calentadores solares.

Todas las empresas que participen en la reconstrucción de la Ciudad de México podrán certificarse en la Norma Ambiental NADF-008-AMBT-2017 que es ya obligatoria para todas las edificaciones que inician operaciones o realizan una remodelación.

La Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México está obligada a desarrollar todas las acciones necesarias para cumplir con las disposiciones establecidas por esta nueva reglamentación o norma, y así contribuir con la reducción del uso de combustibles fósiles mediante el desarrollo de tecnologías sustentables.

El fin último será proteger la salud de los habitantes de la Ciudad de México y preservar nuestro medio ambiente a través del desarrollo de las tecnologías sustentables.