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¿Qué pasa con la Ley de Transparencia?

Los senadores deben de ser sensibles a los logros que se han alcanzado en materia de Transparencia.

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Escrito en OPINIÓN el

Hace unos días tuve la oportunidad de llevar a cabo una entrevista al Dr. Francisco Acuña, Comisionado del IFAI y, entre otros asuntos me compartía que el “constituyente revisor reformador de la Constitución el año pasado, el 7 de febrero, puso ya en vigor una reforma constitucional histórica en materia de transparencia” con lo que dotó al IFAI de nuevas atribuciones y facultades; dejando la encomienda a los legisladores de tener, dentro de este año en curso de 2015, las leyes generales que le hacen falta al país para que el IFAI pueda constituirse como un referente de equilibrio entre otros aspectos, de la gestión del servicio público y la rendición de cuentas.

 

Las tres leyes que dotarían al IFAI de nuevas herramientas serían, de acuerdo con lo expresado por el propio Paco Acuña, una Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; una Ley de Protección de Datos Personales y una Ley General de Archivos. Si bien el término legal se ha cumplido esto se deriva de que las fuerzas políticas se encuentran determinando y analizando dichas iniciativas de Ley. Paco Acuña advirtió que le preocupan algunas notas periodísticas que refieren algunas discusiones en el Senado en torno a la vertiente que se pudiera tomar en torno a la transparencia que tanto trabajo ha constado a nuestro país.

 

Asimismo, Acuña insiste en que la nueva ley debe de dotar de mayores facultades al IFAI a favor de una mayor transparencia, con normas y procedimientos claros que no dejen lugar a dudas.[1]

 

En este sentido y en tanto los grupos parlamentarios representados en el Senado de la República siguen analizando dichas leyes, en particular, lo que sería la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fue presentado a mediados de este mes de febrero, un documento en verdad revelador denominado “Diez puntos relevantes a considerar en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, en donde los Comisionados del IFAI (los siete nombrados en su oportunidad justamente por el Senado de la República), enumeran los aspectos que consideran importantes a considerar en dicha Ley. A continuación describimos en qué consisten brevemente estos puntos.[2]

 

Información relacionada con Derechos Humanos, en donde el IFAI solicita a los señores legisladores considerar en la Ley que los organismos de transparencia publiquen información relacionada con violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad.

 

Seguridad Nacional y estabilidad financiera. Aspecto en el que los Comisionados piden que se especifique de manera clara y sin regresión, en qué casos una información podría ser declarada reservada por razones de seguridad nacional o bien, de estabilidad financiera, monetaria y económica.

 

Sobre el Consejero Jurídico del Presidente. Toda vez que la Reforma Constitucional en la materia dota de facultades al Consejero Jurídico del presidente de la República para que, de ser el caso, impugne las resoluciones del IFAI por razones que puedan considerarse encajen en aspectos de seguridad nacional, los Comisionados piden que justamente en la ley reglamentaria se precisen de manera clara en qué conceptos y procedimientos se podría llevar a cabo dicha impugnación y que no quede en un aspecto que podría llamarse discrecional.

 

Sanciones a órganos garantes por apertura de la información. El IFAI considera valorar la imposición de sanciones a los órganos de transparencia toda vez que esto podría inhibir la función constitucional de brindar y dotar de transparencia a los entes que lo soliciten.

 

Fideicomisos y fondos públicos como sujetos obligados. El IFAI es muy enfático en que la ley reglamentaria se precisen que todos los fideicomisos y fondos públicos deben ser sujetos obligados a transparentar su información, no importando si son entidades paraestatales o no.

 

Oportunidad de la realización de la prueba del daño y participación del Comité de Transparencia.  Considerar que toda instancia que decida reservar determinada información sustente de manera razonada dicha reserva incluyendo un análisis de las consecuencias de difundir determinada información.  Esto va muy de la mano con otro de los puntos enunciados por el IFAI; me refiero a la Preferencia de la Ley General en materia de clasificación, que consistiría en que cualquier criterio para la reserva de información tenga como sustento primeo la Ley de Transparencia y no en otros ordenamientos legales.

 

Los Comisionados se pronuncian porque se integre un Sistema Nacional de Transparencia que esté integrado por el propio IFAI y los órganos respectivos del Estado, permitiendo la participación de instancias como la Auditoría Superior de la Federación, el Archivo General de la Nación y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. 

 

Denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, que permitiría a los ciudadanos la presentación de denuncias contra quienes incumplan con sus obligaciones en materia de transparencia; situación que debe quedar delimitada en la propia Ley.

 

El último rubro señalado por los Comisionados del IFAI está referido Publicidad de Créditos Fiscales; esto es, que la Ley pudiera establecer la obligación de difundir el nombre de las personas a quienes se les ha cancelado o condonado un crédito o adeudo fiscal.

 

En consecuencia, nos encontramos en un punto de quiebre fundamental en torno a la decisión que el Legislativo determine en torno a la transparencia en nuestro país.  Así, sin ir más lejos, esta semana un grupo de más de 300 organizaciones que incluyen a más de 150 expertos en la materia, expresaron su preocupación por la iniciativa de Ley en materia de Transparencia que se discute en el Senado de la República, argumentando primordialmente que contiene aspectos regresivos para el acceso a la información pública. 

 

El asunto no es menor si destacamos que entre los firmantes de esta expresión se encuentran, entre otras organizaciones e instancias, el propio IFAI (incluyendo a sus siete Comisionados), diversos académicos como Fátima Fernández Christlieb, Gabriel Sosa Plata, Sergio Aguayo, Alberto Aziz Nassif, Javier Esteinou; Fundar, el Instituto Mexicano para la Competitividad, México Evalúa, Artículo 19, entre muchas otras más.

 

En razón de lo anterior, los senadores deben de ser sensibles a los logros que se han alcanzado en materia de Transparencia, pero más aún, deben dotar a las instancias competentes como el IFAI, de mayores herramientas que obliguen a que la transparencia y el acceso al a información pública sea una realidad, no porque sea una terquedad, sino porque es hoy una de las principales demandas y exigencias de la población y es, un derecho consagrado en nuestra Constitución y una medida de buenas prácticas democráticas y de buen gobierno.

 

La Transparencia debe de ser hoy la columna que edifique y construya la evaluación de Instituciones, principalmente de servidores públicos, para que paulatinamente se obligue a la gestión de gobierno a servir mejor en beneficio de todos los que habitamos en nuestro México querido.  Estaremos atentos en consecuencia, de lo que finalmente determinen los señores legisladores.

 

@fdodiaznaranjo

 

[1] Entrevista realizada para la Revista Signum, Comunicación Política el pasado 14 de febrero en las oficinas del IFAI con el Comisionado, Dr. Francisco Acuña.

 

[2] Fuente: PDF Ley de Transparencia Ifai