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Primera elección interna organizada por el INE

Llegó el día, el 7 de septiembre se llevó a cabo el proceso interno del Partido de la Revolución Democrática.

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Escrito en OPINIÓN el

Llegó el día, el 7 de septiembre se llevó a cabo el proceso interno del Partido de la Revolución Democrática (PRD), para elegir a los integrantes del Consejo Nacional. Sin duda, esta es la etapa crucial de un proceso que aún no termina ya que será el 19 de septiembre cuando la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE), entregue los resultados finales de la elección.  Con dichos resultados se conformará el Consejo que, el 5 de octubre, elegirá al presidente del PRD. Es importante mencionar que, por ley, los partidos sufragan con recursos propios los costos de la elección.

 

De este proceso inédito en el país hay muchos datos que analizar. Este proceso no fue un reto fácil para la autoridad electoral, la planeación de una elección no es una tarea que deba minimizarse, hacerlo de la mano, con los recursos, insumos y reglas de los partidos políticos, complica aún más esta labor.

 

De entre los datos que resaltan de esta elección pueden mencionarse: un padrón inicial de afiliados conformado, aproximadamente, por 5.5 millones de ciudadanos que, después de una revisión por parte del Registro Federal de Electores quedó finalmente constituido por 4.3 millones de afiliados; fueron recibidos 1 millón 857 mil votos, por lo que la participación de los afiliados de ese partido político alcanzó el 42%; la instalación de 8,269 casillas, conformadas por tres ciudadanos con funciones de presidente, secretario y escrutador seleccionados de la lista de afiliados del Partido de la Revolución Democrática por lo que más de 25 mil ciudadanos fueron capacitados por el INE; un proceso de elección interna que está bastante cerca de alcanzar dos mil impugnaciones respecto a diferentes etapas; la construcción de un sistema de resultados en línea que era consultable conforme los resultados de las actas eran capturados en éste, por mencionar algunos de ellos.

 

El ejercicio de esta atribución por parte del INE, que parte necesariamente de la solicitud de un partido político y que se encuentra regulada tanto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales como en la Ley General de Partidos Políticos, reditúa en el fortalecimiento de la democracia. Transparencia en el uso de los recursos, confianza en las etapas del proceso y, sobre todo, certeza en los resultados de la votación abonan en esa misma dirección.

 

Al ser la primera experiencia de organización de un proceso interno partidista habrá muchas cosas que revisar, ajustar y detallar. Entre los asuntos que quedan pendientes y que se encuentra establecido en la ley, es el que se refiere al uso de instrumentos electrónicos para recibir la votación.

 

Las ventajas de utilizar las tecnologías de la información y comunicación en este tipo de procesos es evidente, no sólo en términos de economías, de impresión de documentación y materiales de materiales electorales, del número de personas que deben capacitarse para integrar una casilla y los que deben contratarse para un proceso electoral, también en términos de rapidez en los resultados electorales y en la información que debe darse a conocer el día de la votación.

 

Es cierto, cambiar de un sistema de votación tradicional a uno electrónico tiene costos tanto económicos como culturales. Tiene costos económicos porque debe realizarse una inversión inicial importante para desarrollar, adquirir o licitar los instrumentos necesarios para recabar la votación por medios electrónicos, una inversión que debe ser sopesada, primero, en función de una tecnología o sistema que puede utilizarse en diversos ejercicios y que su uso facilita la labor de la autoridad electoral y, después, respecto de los recursos que dejarán de erogarse por diversos conceptos de gasto, desde la reducción sustancial de los materiales (crayones, mamparas, urnas, entre otros) y documentación electoral (boletas y diversas actas) que deben elaborarse y distribuirse, hasta la adecuación de espacios en los que se lleve a cabo la votación, la disminución del número de personas que integren una mesa directiva de casilla y, por tanto, la reducción del número de personas que deben capacitarse, un número menor de personal eventual que deba contratarse, el abatimiento de costos de trasporte, almacenamiento y custodia de diversos materiales, son ejemplo de diversos recursos que dejarían de erogarse en distintos rubros.

 

Los argumentos centrales para incorporar la tecnología a los procesos electorales tienen que ver con la certeza en cada una de las etapas de un proceso electoral, con la rapidez de los resultados, con la posibilidad de que todos los actores interesados conozcan de primera mano la información en el momento que se va generando y de evitar o, por lo menos, aminorar la desconfianza que pesa sobre los procesos electorales en el país.

 

Las elecciones en nuestro país son caras, es cierto, pero lo son porque la ley está construida en torno a la desconfianza. Muchas etapas, procedimientos, requisitos y plazos están construidos para dar certeza a los distintos actores en cada una de las etapas de un proceso electoral y de que, tanto la autoridad como los partidos políticos, constriñan su actuación a ese marco normativo.

 

El uso de instrumentos o sistemas electrónicos para recabar la votación no sólo de los partidos políticos sino de los ciudadanos en los procesos para elegir a los cargos de elección popular, son una realidad en diversas entidades federativas. La tecnología debe ser utilizada en lo que apoye y fortalezca las labores de la autoridad y otorgue garantías a los partidos políticos y a los ciudadanos respecto de su funcionamiento y objetivos. Incorporar la tecnología a las elecciones pasa, necesariamente, por un periodo de prueba y ajuste, con la finalidad de vencer los cuestionamientos y resistencias con información detallada, puntual y al alcance de todos.

 

Existen diversas formas y etapas a lo largo de un proceso electoral y de las labores tanto de la autoridad como de los partidos políticos en que la tecnología puede ser utilizada.

 

En este caso, la ley privilegia el uso de la tecnología para recabar la votación, sin embargo, hay diversos tramos que pueden ser realizados con el apoyo de sistemas o instrumentos electrónicos, entre otros: Los monitoreos de propaganda en la vía pública; la fiscalización de los ingresos y gastos de los partidos políticos; la agilización de la revisión y envió del material de los partidos a las televisoras y radiodifusoras; las comunicaciones y notificaciones electrónicas; las convocatorias a sesiones y la remisión de la documentación correspondiente; el escaneo de las actas de resultados; agilizar la recepción de los paquetes electorales el día de la jornada electoral mediante lectores ópticos y, sin duda alguna, recortar de forma importante el tiempo en la etapa de escrutinio y cómputo de los votos.

 

El diseño de instrumentos y sistemas que den certeza a la actuación de la autoridad electoral y de los partidos políticos y candidatos y que potencie el ejercicio de los derechos de los ciudadanos con las garantías establecidas en la Constitución, debe ser la premisa sobre la que se construya e incorpore la tecnología al ámbito electoral. Reducción de costos y tiempos, transparencia en la actuación de todos los actores y certeza y rapidez en los resultados, deben ser el objetivo último que guíe los esfuerzos en este tema.

 

Las próximas elecciones internas de los partidos políticos organizadas por la autoridad electoral en el corto plazo, incorporarán mecanismos electrónicos que permitirán evaluar, con base en los resultados de dichos procesos, el impacto de la tecnología aplicada a la materia electoral.

 

@C_Humphrey_J