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Por fin la Ley Anticorrupción

El poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente. Lord Acton

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Escrito en OPINIÓN el

En noviembre de 2012, cuando Enrique Peña Nieto era aún presidente electo, presentó ante el Congreso la iniciativa de reforma constitucional para dar origen a la Comisión Nacional Anticorrupción. El nuevo organismo, planteaba el documento, combatiría la corrupción en las áreas administrativas, instrumentaría un nuevo sistema de rendición de cuentas y daría facultades a la Comisión para actuar de oficio, por notificación de otros órganos del Estado, o por reportes ciudadanos que denunciaran probables hechos de corrupción.

 

Mediaron 27 meses para que la Cámara de Diputados por fin aprobara la creación del Sistema Nacional Anticorrupción, dando respuesta a una de las principales propuestas que a gritos pedían diferentes sectores para terminar de una vez por todas con este mal del que todos somos corresponsables: sociedad, empresarios, partidos políticos, legisladores, los tres Poderes y los tres órdenes de gobierno.

 

La OCDE reconoce que Alemania e Inglaterra son líderes mundiales en la lucha contra la corrupción. De acuerdo con la Ley Criminal Alemana, puede ser acusado de corrupción cualquiera que ofrezca, dé o reciba un soborno. Las multas pueden llegar al millón de euros o más, se prohíbe a las empresas acceder a concursos públicos y se les retienen los beneficios que hayan obtenido a través del acto de corrupción.

 

Inglaterra se caracteriza por contar con la ley anticorrupción más rigurosa del mundo, según la misma OCDE. Aquel país no tiene sólo una agencia, sino una docena de organismos o departamentos gubernamentales dedicados a la lucha contra la corrupción, además de 40 cuerpos de policía dedicados al tema. Las penas contra quien participa en un acto de corrupción llegan a los 10 años de cárcel, además de una multa ilimitada y la posibilidad de confiscación de propiedades.

 

En México, la reforma por la que se crea el Sistema Nacional Anticorrupción contempla sanciones a todos los servidores públicos señalados en el Artículo 108 Constitucional: representantes por elección popular, miembros del Poder Judicial Federal y toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal o en el Distrito Federal, “quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones”.

 

El mismo artículo contempla a los gobernadores, diputados, legislaturas locales, magistrados de los tribunales superiores de justicia y miembros de las judicaturas locales que “serán responsables por las violaciones a esta Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales”.

 

Con esta propuesta se manda un mensaje de certeza a los ciudadanos porque se menciona que con la reforma serán objeto de fiscalización “los ingresos y egresos; el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales; se realizarán auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales, a través de los informes que se rendirán en los términos que disponga la Ley”.

 

Además, también se fiscalizarán los recursos que administren o ejerzan los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, “serán objeto de supervisión los recursos federales que se destinen y ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica”.

 

La creación del Sistema Nacional Anticorrupción, representa un avance en el tema de la fiscalización que se hará a servidores públicos de los diferentes poderes y niveles de gobierno, con la advertencia de que no es explícita la fiscalización a los sindicatos, partidos y organismos autónomos.

 

Incluso, se habla de la posibilidad de que sean auditados particulares y empresas que prestan sus servicios al Estado, contra quienes se prevén sanciones tanto de tipo económico como la inhabilitación; condenas para resarcir daños y perjuicios ocasionados, así como suspensión de actividades e intervención o disolución de la compañía que haya incurrido en actos ilícitos.

 

Es un gran avance, pero como en la pasada discusión de la Reforma Energética, las reglamentarias serán claves para hacer efectivo el alcance planteado por iniciativa que propone la creación del Sistema Nacional Anticorrupción.

 

Y si usted, lectora, lector querido, no tienen inconveniente, muchas gracias por sus amables comentarios y aportaciones, nos leemos el próximo jueves.

 

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