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Omisión del Congreso de la Unión: SCJN

La SCJN determina que la omisión del Congreso de la Unión viola los derechos de libertad de expresión, de prensa y a la información

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Escrito en OPINIÓN el

Esta semana la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un tema de suma importancia para nuestro país, mediante la aprobación del proyecto de sentencia del Ministro Arturo Zaldívar que recayó al amparo en revisión 1359/2015, presentado por la asociación Artículo 19, en la que tiene por fundado el agravio esgrimido por la asociación respecto a la omisión de poder legislativo federal y le ordena expedir la ley reglamentaria del artículo 134 constitucional.

Este año se cumple una década de la omisión de nuestro Congreso de la Unión. Hace diez años se diseñó constitucionalmente el modelo de comunicación política vigente al día de hoy y que regulará el proceso electoral 2017-2018. En esa misma reforma constitucional de 2007, se adicionaron varios párrafos al artículo 134 de la Constitución, entre los que se encuentra el que establece que en materia de propaganda y comunicación social los recursos públicos de cualquier poder público, órganos autónomos y de las dependencias públicas de los tres órdenes de gobierno, deben tener carácter institucional, fines informativos, educativos o de orientación social y que en ningún caso implicará promoción personalizada de servidores públicos.

Desde 2007 la Constitución ordenaba al Congreso de la Unión expedir la ley reglamentaria del párrafo octavo del artículo 134 constitucional que, diez años después, seguimos esperando. La Corte expresamente señala que:

Se trata de una omisión legislativa absoluta atribuible a las dos cámaras del Congreso de la Unión

La Corte considera fundado el argumento que establece que, a pesar de que las adiciones  al artículo 134 de la Constitución fueron realizadas en el contexto de una reforma electoral, el contenido de este artículo no guarda relación con las reformas de carácter electoral de 2007 y 2014, derivado de que el Juez de Distrito conoció el asunto y determinó su improcedencia esgrimiendo que se abordaba un tema electoral.

La espera ha sido larga y la razón es sencilla: a las personas que han ocupado una curul desde 2007 a la fecha, y a sus partidos políticos, no les ha interesado cumplir con el mandato constitucional porque son ellos los primeros en beneficiarse de la inexistencia de la ley que les restrinja los espacios a los que acceden, violentando el modelo de comunicación política que se encuentran obligados a respetar y a hacer cumplir.

Por otra parte, el tema toral de esta sentencia consiste en que la Suprema Corte determina que la omisión del Congreso de la Unión viola los derechos de libertad de expresión, de prensa y a la información, ya que la falta de ley reglamentaria genera el uso discrecional y arbitrario de los recursos públicos mediante la distribución “a modo” de la publicidad oficial, censurando a los medios de comunicación que critiquen al Estado, restringiéndoles el acceso a estos recursos.

La sentencia no solamente evidencia la omisión del poder legislativo sino que al ordenar su expedición a más tardar en abril del año entrante, reconoce que, de conformidad con diversos estudios, las entidades federativas y sus dependencias erogan aproximadamente el 50% de sus recursos en radio y televisión y que la propaganda o publicidad oficial y cómo se distribuye, se utiliza para controlar a los medios de comunicación.

Las autoridades electorales, tanto jurisdiccionales como administrativas, ante la agraviante omisión del legislativo, han tenido que emitir diversos criterios para restringir el uso de recursos públicos con la finalidad de incidir en las contiendas electorales.

Las y los legisladores que hoy elogian la sentencia de la Corte son los directamente responsables de la omisión legislativa reconocida por el máximo órgano del poder judicial de nuestro país. Si bien no puede hablarse de reelección legislativa, cuántos de estos funcionarios eran diputados antes de ser senadores o cuántos estando en la cámara alta ahora ocupan un escaño en la de diputados o cuántos de ellos llevan más de 2 o 5 años como integrantes del Congreso de la Unión. La culpa es suya, no pretendan negar otra de las responsabilidades que han incumplido en el cargo de elección popular que ahora ocupan. Otra más que tendrán en cuenta los electores en las urnas el próximo 1 de julio.

@C_Humphrey_ | @OpinionLSR | @lasillarota