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Nuevas reglas para el asilo

El gobierno de Trump no ha dado marcha atrás en la promulgación de reglas que inhiban y restrinjan a la inmigración en EU. | Alicia Fuentes

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Escrito en OPINIÓN el

En medio del reality show que se ha convertido el proceso de posible juicio político al presidente Donald Trump, su gobierno no ha dado marcha atrás en la promulgación de reglas que inhiban y restrinjan fuertemente a la inmigración en Estados Unidos. Como prueba de ello, el pasado 19 de noviembre, el Departamento de Seguridad Nacional sentó las bases para implementar los acuerdos de “tercer país seguro” firmados con Guatemala, Honduras y El Salvador a los que alternativamente se les denomina Acuerdos de Cooperación de Asilo (ACA).

Una vez que se complete la implementación de los ACA, la administración Trump podrá trasladar a todas las personas que soliciten asilo en la frontera entre Estados Unidos y México a cualquiera de dichos países, siempre y cuando no sean nacionales del país que los recibirá. Es decir, el Departamento de Seguridad Nacional podría enviar, por ejemplo, a un ciudadano de Venezuela a Guatemala, Honduras o El Salvador.

Entre las pocas excepciones que se establecen en la ejecución de los acuerdos de tercer país seguro se encuentra que no serán aplicables a los niños no acompañados y tampoco a las personas que comprueben que es probable que sean torturados en Guatemala, El Salvador u Honduras, o que vayan a sufrir persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o preferencias sexuales.

Así, poco a poco la administración Trump va cercando cada vez más a los miles de migrantes varados en la región fronteriza con México, pues la nueva regla para implementar los ACA complementa los parámetros de elegibilidad de asilo que fueron modificados el 16 de julio de este año y que prohíben la solicitud de asilo a toda persona que haya pasado por un tercer país en su trayecto hacia Estados Unidos. Además, toda vez que la regla del 19 de noviembre se remite a las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, que autoriza los acuerdos de terceros países seguros, su aplicación prácticamente la hace inmune a una revisión judicial.

Es muy probable que el único impedimento que tiene la nueva regla sea la dificultad en la implementación real de los acuerdos de “tercer país seguro”, pues uno de los prerrequisitos legales es que los departamentos de Justicia y de Seguridad Nacional deben determinar si Guatemala, El Salvador y Honduras tienen un procedimiento de asilo “completo y justo” para dar asilo o protección temporal a los migrantes que se pretenda enviar a cualquiera de esos países, en los cuales son evidentes la modesta capacidad de procesamiento y una delicada situación política, económica y social.

No en vano en un informe de 2018 para el caso de Guatemala, el Departamento de Estado menciona que el país padece fuertes problemas de violación de derechos humanos y de gobernanza, entre las que destaca “condiciones penitenciarias severas y potencialmente mortales; corrupción; tráfico de personas; violencia contra lesbianas, gays, bisexuales, personas transgénero e intersexuales (LGBTI), personas con discapacidad y miembros de otros grupos minoritarios; así como trabajo forzado a niños”.

Hasta hace poco, el único país con el que Estados Unidos tenía un acuerdo de tercer país seguro era con Canadá, pero incluso en este caso el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) jugó un rol importante durante la elaboración del acuerdo de 2002 entre ambos países. En este sentido, no resulta extraño que el ACNUR haya expresado que las bases de implementación de los Acuerdos de Cooperación de Asilo del 19 de noviembre son contrarias al derecho internacional y que podría resultar en la transferencia de personas altamente vulnerables a países donde pueden enfrentar peligros que amenazan su vida. Cabe destacar que el ACNUR no estuvo involucrado en ninguno de los ACA firmados entre el gobierno de Donald Trump y los gobiernos de Guatemala, Honduras y El Salvador, de dónde son originarios más de la mitad de los 987,198 casos de asilo que se encuentran rezagados ante las autoridades migratorias estadounidenses.

Aunque el propósito expreso de la regla de implementación de los acuerdos de “tercer país seguro” sea que Estados Unidos comparta responsabilidad con Guatemala, Honduras y El Salvador, se estaría exponiendo a más riesgos a miles de personas si no se garantiza que en sus nuevos destinos existan condiciones mínimas que les permitan asentarse en condiciones más favorables de aquellas de las que huyen y los motivan a cruzar todo el territorio mexicano y otros países para pedir asilo en Estados Unidos.

Sin embargo, todo este esfuerzo que tiene por objeto desalentar a los solicitantes de asilo que atraviesan varios países para llegar a Estados Unidos, es probable que no tenga un efecto profundo en los flujos migratorios que cruzan por México. La disyuntiva que se plantearán los migrantes al llegar a la frontera será la misma que se plantean ahora, es decir, solicitar asilo o continuar su camino hacia el cada vez más difícil sueño americano, sin pasar por la migración.