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Los jueces y la transparencia del siglo XXI

A los tribunales toca abrazar la transparencia y el acceso a la información pública al menos en una doble dimensión. | Julio César Bonilla

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Escrito en OPINIÓN el

El 13 de agosto pasado, se reformó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), misma que vincula a los tribunales federales y locales en todo México a publicar las versiones públicas de las sentencias que emitan.

Esto representa un avance importante en materia de transparencia judicial que por largo tiempo tuvo claroscuros en nuestro país. Su relevancia radica en la legitimidad con la que dota a la judicatura en su conjunto. Máxime, en un contexto en el que conforme a los modelos de control democrático y de participación ciudadana la transparencia y el acceso a la información pública son temas de carácter central para nuestra República.

Que los jueces y sus resoluciones sean colocados bajo la luz, puede detonar efectos positivos no sólo en el modo en el que la población les percibe, sino también en la materialización de una rendición de cuentas horizontal. Lo anterior, debido a que, en diversos supuestos, y siendo los tribunales los encargados de velar por la vigencia y eficacia de los derechos humanos, sus determinaciones se relacionan con controles que, a través de éstas, se ejercen sobre los otros dos poderes, el ejecutivo y el legislativo.

Tres ventajas fundamentales resultan del hecho de que las sentencias sean puestas a disposición de las personas. La primera, como hemos dicho, es una efectiva rendición de cuentas respecto del quehacer de un poder tan importante para nuestro diseño institucional. La segunda ventaja es que la apertura, combinada con un adecuado análisis estadístico, puede derivar en la detección de espacios de mejora, necesidades de capacitación e infraestructura en regiones del país necesitados de justicia. La tercera ventaja radica en que la publicación de sentencias, sirve a la socialización y divulgación del conocimiento jurídico no sólo entre las personas, sino entre la comunidad jurídica del Estado, lo que abonaría, además, a la democratización de la justicia.

Lograr que la reforma mencionada cobre eficacia y, sobre todo, resulte útil y benéfica para nuestra sociedad en su conjunto, depende en gran medida de la voluntad política con que se impulse y dote de cauce a lo que, para ello, es necesario. Y es que no se trata meramente de hacer cambios formales y normativos, eso es claro. La publicación de versiones públicas de todas las sentencias que se emitan a partir de la entrada en vigor de la reforma a la LGTAIP, requiere recursos materiales, humanos y financieros para poderse materializar.

Los órganos garantes de transparencia en el país, cuentan con facultades conferidas en el marco del Sistema Nacional de Transparencia (SNT), para coadyuvar en esta tarea a partir del diseño de políticas públicas coordinadas y estratégicas al efecto.

El esfuerzo que se requiere para la efectiva implementación de la reforma aludida incluye compromiso, convicción, transformación, coordinación interinstitucional en varios niveles y muchos recursos. Las herramientas jurídicas existen ahora en el andamiaje normativo con el beneficio de las personas en mente.

En una democracia sustancial, la justicia debe consolidar sus procesos para avanzar hacia una arquitectura cada vez más abierta. A los tribunales toca abrazar la transparencia y el acceso a la información pública al menos en una doble dimensión, como herramientas eficaces que fortalecen el combate a la corrupción y como principios constitucionales que deben ser protegidos y potencializados en el marco de un estado constitucional y democrático. Se respiran aires de una efectiva rendición de cuentas y eso siempre es bueno.