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Ley Telecom: El ejemplo del poder sin contrapesos

Mientras el IFAI penosamente evitó que la Corte hiciera su trabajo para interpretar la procedencia y el fondo del asunto, el INFO DF interpuso la acción de inconstitucionalidad, la cual fue rechazada por la SCJN.

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Escrito en OPINIÓN el

Aunque reiteradamente se afirmó que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) de ser aprobada en sus términos sería una excelente candidata para una acción de inconstitucionalidad, todas las posibles puertas que pudieron llevarla ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), simplemente se cerraron, dejando a la ciudadanía sin la oportunidad de que se hiciera una revisión por parte del máximo órgano de justicia del país para determinar si viola derechos fundamentales y a la propia constitución.

El pasado 13 de agosto el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (IFAI) resolvió que la LFTR no viola el derecho a la privacidad y los datos personales de los ciudadanos al permitir que las instancias de seguridad nacional, de procuración y administración de justicia tengan acceso a nuestras comunicaciones y datos, nos ubiquen mediante la geolocalización en tiempo real sin ninguna autorización judicial u otras salvaguardas, y soliciten a las empresas prestadoras de servicios de telecomunicaciones el acceso a las bases de datos de los usuarios hasta por dos años sin que exista ningún tipo de mecanismo de transparencia o rendición de cuentas (artículos 189 y 190 de la LFTR).

El voto decisivo lo tuvo la presidenta Ximena Puente, quien comportándose como si fuera magistrada, estuvo en contra por considerar que no era procedente y que el instituto no está facultado para interponer dicha acción, entre otros falaces argumentos. Con esta determinación el IFAI vulneró su mandato de proteger la privacidad y los datos personales de millones de mexicanos, bajo esta lógica votaron también Eugenio Monterey, Francisco Acuña y María Patricia  Kurczyn, quienes tiraron por la borda su autonomía constitucional y su capacidad para limitar los excesos del poder gubernamental.

Los comisionados Areli Cano, Oscar Guerra y Joel Salas que expusieron sólidos argumentos para interponer la acción de inconstitucionalidad, quedaron en minoría.

Mientras el IFAI penosamente evitó que la Corte hiciera su trabajo para interpretar la procedencia y el fondo del asunto, e ignoró la demanda de cientos de organizaciones y las recomendaciones que le hiciera la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Instituto de Acceso a la Información del Distrito Federal (INFODF) interpuso la acción de inconstitucionalidad, la cual fue obviamente rechazada por la SCJN por notoria improcedencia, ya que dicha instancia sólo puede hacerlo ante los actos de la Asamblea Legislativa.

Así que la instancia que pudo haberlo hecho, perdió la primera gran oportunidad de defender los derechos de la ciudadanía, mientras que la que no tiene facultades lo hizo a pesar de sus limitaciones. Fue un acto testimonial, sin efectos prácticos pero que da una muestra política de la falta de independencia del IFAI frente a la actual administración federal.

En las pocas horas que restaban de ese 13 de agosto y a un punto de vencer el plazo para que la Cámara de Diputados entregara la acción de inconstitucionalidad por varios artículos de la LFTR, de acuerdo a la versión de la diputada perredista, Purificación Carpinteyro; el ex coordinador del grupo parlamentario del PAN en la Cámara de Diputados, Luis Alberto Villarreal, frenó a los diputados que habían dado su firma, aunque la diputada panista, Beatriz Zavala, lo ha negado públicamente.

El recurso legal  tenía 174 firmas de las 167 que exige la ley, pero la operación de Villarreal impidió su entrega.

Mientras en la Cámara de Senadores el Senador del PRD Miguel Barbosa operó en contra de una posible acción de inconstitucionalidad, en Diputados lo hizo Gustavo Madero, presidente del PAN, no puede entenderse de otra forma la maniobra de un diputado que estaba ya expulsado como coordinador de su bancada por los escándalos de la “fiesta” privada en Puerto Vallarta, ¿o lo hizo por iniciativa personal?

 

Los efectos de la ley

Al día siguiente de la entrada en vigor de la LFTR, el 14 de agosto, comenzamos a ver sus efectos, y nos dan la razón a quienes acusamos de sus inconsistencias y dedicatorias. En un comunicado a sus inversionistas Televisa anunció la compra del 100% del capital social de Grupo Cable TV, operadora de Cablecom, por 8 mil 850 millones de pesos, con lo cual ahora controla el 63% de la televisión de paga nacional, sin que por ello sea determinado como preponderante, y por lo tanto sin que le imponga una regulación asimétrica para que no tenga prácticas monopólicas.

Esto gracias a la ficción aprobada por los legisladores de que la preponderancia sea por sector y no por servicios, y por el artículo noveno transitorio, según el cual, “en tanto exista un agente económico preponderante en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, las concentraciones entre agentes económicos no requerirán de autorización del IFT”.

Este regalo a Televisa le dio la pauta para que al día siguiente de la entrada en vigor de la ley se pueda ir de “shopping” y se concentre mucho más el mercado realmente convergente, pues en la tv restringida es donde se puede dar el triple o cuádruple play.

En tanto el Instituto federal de Telecomunicaciones (IFT) solo podrá ver, ya que con ese artículo transitorio se le confiscó una de sus principales facultades por las que fue creado: regular los mercados de las telecomunicaciones y la radiodifusión para abrir paso a la libre concurrencia y salvaguardar los derechos de usuarios y audiencias.

Es un absurdo que la ley secundaria vulnere las facultades de un organismo con autonomía constitucional, por eso el IFT debería de interponer una controversia constitucional y defender lo que no defendió durante el proceso de discusión de la ley.

Es la última oportunidad de hacer valer su existencia como contrapeso que debe de ser ante los poderes económicos y gubernamentales, de órgano garante de los derechos informativos frente a la sociedad. Veremos si eso sucede o se queda pasmado como el resto de los poderes que optaron por subsumirse al más viejo estilo del “sí, señor presidente”, por acción o por omisión.

 

@callejag

aleida.calleja@gmail.com