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Legitimación al líder o al Contrato

Votar por el “NO” es como querer tirar las llantas delanteras (el líder) con todo y vehículo (el contrato colectivo) solo porque no gustan su estilo. | Manuel Fuentes

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Escrito en OPINIÓN el

En algunos centros laborales la discusión se ha subido de tono a propósito de las legitimaciones de los Contratos Colectivos de Trabajo. Algunos afirman, por interpretación propia, que en las legitimaciones al votar por el “NO” se deshacen del líder y del molesto sindicato que tienen. 

Como argumento señalan que las autoridades laborales, las del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, les dicen que si votan por el “NO” conservarán en su “favor las prestaciones y condiciones de trabajo contempladas en el contrato colectivo que sean iguales o superiores a la Ley”.

En lo que no reparan algunos sindicalistas es que las propias autoridades laborales advierten que votar en una legitimación por el “NO” es consentir que se dé por terminado el Contrato Colectivo de Trabajo. En otras palabras: concluya, desaparezca o se archive de manera definitiva dicho instrumento colectivo, del cual no se podrá tomar como referencia alguna en el futuro.

Se ha criticado que la leyenda que ha impuesto el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral a las boletas de votación del proceso de legitimación, respecto de las prestaciones y condiciones, es confusa porque da a entender falsamente a los trabajadores que no pierden ningún tipo de derecho laboral.

En realidad, votar por el “NO” en una legitimación, es estar de acuerdo en que sus prestaciones económicas, sus derechos y condiciones de trabajo previstas en el Contrato Colectivo de Trabajo ya no sean revisadas para mejorarlas periódicamente.

El votar por el “NO” significa aceptar que el salario ya no se revisará cada año mediante un emplazamiento a huelga por medio del Sindicato. La empresa no hará el incremento ni la autoridad laboral tiene facultades para solicitarlo a nombre de los trabajadores. 

El votar por el “NO” es renunciar a que se revisen cada dos años las prestaciones económicas, los derechos y condiciones de trabajo previstas en el Contrato Colectivo de Trabajo.

Al votar por el “NO” los salarios se congelan, así como todas las prestaciones económicas, aun aquellas que se actualizarían de manera automática por los incrementos a los salarios mínimos, o cualquier otra referencia de incremento prevista en el Contrato Colectivo.

Prestaciones a futuro como jubilaciones o su mejora, prestaciones sociales que se entregan al Sindicato periódicamente como regalos de día del niño, becas, estímulos económicos por esa vía se pierden al votar por el “NO”, por estar contenidas en el Contrato Colectivo de Trabajo.

Al votar por el “NO” se pierde el derecho de armar comisiones mixtas de capacitación, de escalafón, de becas, de investigación de sanciones y otras contenidas en el Contrato Colectivo de Trabajo, porque al desaparecer el Contrato, cualquier sindicato deja de tener injerencia.

Es falso que no se pierden derechos laborales como lo pregonan en algunas oficinas gubernamentales o en los pasillos de algunos sindicatos. Se pierden los derechos más importantes: los colectivos.

El votar por el “NO” es como querer tirar una caja que se considera inservible (el líder sindical) pero en su interior se encuentran las joyas de la familia, de contenido invaluable (los derechos colectivos).

Votar por el “NO” es como querer tirar las llantas delanteras (el líder) con todo y vehículo (el contrato colectivo) solo porque no gustan su estilo o forma de éstas. Para lograr el cambio de las llantas no es necesario tirar a la borda el automotor completo, para ello existen los juicios de titularidad de contrato colectivo de trabajo.

Votar por el “NO” es iniciar un proceso más complejo porque se parte de la nada para recuperar el Contrato Colectivo de Trabajo. De inicio hay que tener el registro de un Sindicato para iniciar la recolección de firmas de al menos el 30% de los trabajadores. Si aparece otro Sindicato, tendrá que presentar al menos otro 30%.

Para quien gane el recuento, la negociación parte de cero, ya que es falso que se inician las discusiones de las prestaciones “ganadas” porque desaparece el documento colectivo que las sostenía. Tampoco sirve de precedente en una negociación por ser inexistente el Contrato Colectivo de Trabajo.

Los procesos de legitimación de los Contratos Colectivos únicamente tienen el propósito de consultarle a los trabajadores si desean que siga existiendo su Contrato Colectivo de Trabajo o no. Argumentar que no se afectan sus derechos laborales es bordar en la mentira.