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La seguridad operativa

La misión y el valor de la seguridad pública | Rodolfo Aceves

Por
Escrito en OPINIÓN el

Mientras que la propuesta ideológica para actualizar la seguridad en el país debe contener el reordenamiento conceptual de la seguridad para modificar el texto de la Constitución e incorporar la función de seguridad como función de Estado y establecer como función de gobierno a la seguridad nacional; la seguridad interior y la seguridad pública, debe venir acompañada de una propuesta operativa.

Doctrina nacional de seguridad pública

Esta propuesta debe incluir la creación de doctrina que incluya conceptos y funciones operativos para establecer protocolos y manuales de operación para las policías de los estados y los municipios, con la factibilidad de que sean el techo mínimo de atribuciones, facultades y garantías, en el que operarán los cuerpos de seguridad pública, cuya emisión debería ser a cargo de la Secretaría de Gobernación (SEGOB), de la Comisión de Seguridad Nacional (CNS) o el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP). En otras palabras, una doctrina nacional de seguridad pública.

Educación y violencia

Estos protocolos o manuales deberían prescribir las funciones y obligaciones mínimas de los estados y municipios, en situaciones eminentemente operativas; es decir, son el modelo básico de seguridad pública a que deben someterse estados y municipios. Sus prescripciones no pueden ser menores a lo que establezcan, ya que obtienen el techo presupuestal de los fondos federales y locales para la seguridad pública.

Coordinación

Deben contener los niveles y grados de coordinación entre las policías estatales, municipales y federales, como la Policía Federal. Aunque la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública establece, entre otras, algunos niveles de coordinación, y crea entidades como las Conferencias Nacionales de Procuradores de Justicia, de Secretarios de Seguridad Pública estatales y de Directores de Seguridad Municipal, la verdad es que son insuficientes y están lejos del objeto para el que dicha Ley fue creada.

Los niveles de coordinación deseados deberían establecerse en técnicas policiales, operativos, en comunicaciones, protocolos del uso de la fuerza, derechos humanos, intercambio de inteligencia y de información delincuencial. Para que esto funcione los exámenes de confianza deben contener pruebas que garanticen la lealtad de los servidores públicos, y no solo de cuyos resultados sean utilizados como elemento de despido injustificado de personal, ya que produce el fenómeno de la traición, cuando el servidor público sabe que fue injustificadamente despedido, lo que lo hace presa fácil de la delincuencia.

Valores

Por otra parte, en esta coordinación debería establecerse la unificación de sueldos, el sentido de pertenencia y el espíritu de cuerpo a nivel nacional. La disparidad de salarios causa, entre otras cosas, deserción o reclutamiento en la delincuencia; el sentimiento de pertenencia produce lealtad y otros valores de unidad.

Ante la falta de valores como los anteriores, la SEGOB, la CNS o el SENSP podrían elaborar la doctrina entre la que se puede encontrar la misión y valor de la seguridad pública para ser inculcada en los planes de estudio de las academias de seguridad de los estados y municipios.

Esta doctrina crearía nuevas prácticas, responsabilidades y atribuciones, de tal forma que, mediante los protocolos y manuales operativos, se establecería sincronía y coordinación con el Plan Nacional de Desarrollo, el Presupuesto de Egresos de la Federación, el Programa Sectorial de Gobernación, con sus pares en las Entidades Federativas.

Además, esta doctrina podría sentar las bases para actualizar la recién aprobada Ley de Seguridad Interior, ya que en esencia esta función es responsabilidad de la federación, estados y municipios, entiéndase por federación a la Policía Federal, pero no de las Fuerzas Armadas.

La seguridad ideológica

@racevesj | @OpinionLSR | @lasillarota