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OPINIÓN

La consulta; un escenario hipotético

En el mejor de los escenarios para AMLO, el resultado lo obliga a denunciar ante el MP, lo que pudo hacer sin consultar a los ciudadanos. | Adolfo Gómez Vives

Escrito en OPINIÓN el

Un escenario hipotético: se ha llevado a cabo la consulta popular “para juzgar a expresidentes”, de conformidad con los preceptos establecidos en la fracción VIII del artículo 35 constitucional. Los resultados confirman que el 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores ha participado y que todos ellos votaron por el “sí”. La primera premisa cumplida basta para que los poderes Ejecutivo y Legislativo federales actúen en consecuencia.

La pregunta que respondieron los ciudadanos fue: “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”

El “proceso de esclarecimiento” al que hace referencia la interrogante obliga al presidente de la República y a los legisladores federales, a reunir todos aquellos elementos probatorios que cumplan, en principio, con tres requisitos: que los servidores públicos —en el marco de sus atribuciones— hayan tomado decisiones relativas a “garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas”; que dichas obligaciones no se hubieren cumplido a cabalidad y que su incumplimiento de traduzca en la comisión de delitos.

En este escenario, el resultado de la consulta obligará al presidente de la República a presentar pruebas que demuestren la responsabilidad de ex presidentes de la República, secretarios de Estado, ex procuradores, agentes del Ministerio Público Federal, ex policías federales, elementos del Ejército Mexicano y funcionarios de menor jerarquía.

Se ponderarán los indicios relacionados con la probable comisión de delitos imprescriptibles, como lo son la desaparición forzada de personas, corrupción de menores y lenocinio de menores de dieciocho años.

Vendrá a continuación la búsqueda de pruebas relativas a la probable comisión de delitos que aún no hayan prescrito por la acción del tiempo. Se dará prioridad a las relacionadas con hechos de corrupción —en sintonía con el discurso presidencial relativo a su combate—, como lo son el ejercicio ilícito del servicio público, el abuso de autoridad, la coalición de servidores públicos, el tráfico de influencias y el cohecho, entre otros.

Cabe precisar que el mayor de estos delitos —enriquecimiento ilícito— alcanza una pena máxima de 14 años de prisión y la acción penal prescribe a los 8, de conformidad con la regla establecida en el artículo 105 del Código Penal Federal, lo que perfila el alcance real de la encuesta promovida por Andrés Manuel López Obrador.

Con las pruebas reunidas, la Consejería Jurídica del Ejecutivo acudirá al Ministerio Público Federal a denunciar los hechos probablemente constitutivos de delito, a efecto de que dicha instancia dependiente de la Fiscalía General de la República las valore y junto a la Policía de Investigación recabe nuevas evidencias. Con todos estos elementos, el MP formulará las imputaciones correspondientes ante un juez de control.

Si se le mira objetivamente, el presidente de la República pudo ahorrarse la molestia de formular una encuesta anodina, que de todas maneras le obliga a denunciar la probable comisión de delitos del fuero federal de los que tuviere conocimiento con motivo de su encargo; él que ordenó la liberación de Ovidio Guzmán López y que defiende la integridad “moral” de Manuel Bartlett Díaz y de su exsecretaria de la Función Pública.

El resultado de la encuesta, sin embargo, probará que su intención real es utilizarla como distractor frente a los grandes problemas nacionales, a los que hay que añadir los hechos de violencia provocados por la delincuencia organizada en el estado de Chiapas.