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Iniciativa pretende penalizar difusión de feminicidios

La difusión de imágenes de personas que han perdido la vida en hechos delictivos también ha permitido su identificación | Adolfo Gómez Vives

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Escrito en OPINIÓN el

Yolanda Rueda de la Cruz, diputada local del congreso de Tabasco y candidata a una diputación federal por el Partido Revolucionario Institucional, emitió una iniciativa de ley que propone penalizar en el ámbito local a periodistas y, en general a cualquier empleado de los medios de difusión, que "autoricen, diseñen, editen y publiquen", expresiones, imágenes y fotografías relativas a la muerte de personas del sexo femenino, particularmente cuando se trata de feminicidios.

Diputada del PRI en Tabasco, propone castigar a medios que publiquen sobre feminicidios

La propuesta, que en principio podría tener una connotación positiva en la medida en que busca evitar mayor daño a los familiares de las víctimas y sancionar la apología de esos delitos, contiene un problema de proporcionalidad que resulta atentatorio contra la libertad de expresión.

Delitos contra el honor


A partir de 2006, los delitos contra el honor —calumnia, injuria y difamación— comenzaron a ser derogados de los códigos penales; primero en el Distrito Federal, luego en el ámbito federal y posteriormente en la mayoría de los estados.

La derogación de dichos delitos tiene dos objetivos fundamentales: preservar la libertad de expresión a través de evitar que los periodistas sean encarcelados por motivo del ejercicio de su profesión y armonizar las normas jurídicas nacionales con los tratados internacionales referentes a ese derecho humano.

Aun cuando no es recomendable, la difusión de imágenes de personas que han perdido la vida en accidentes o hechos de violencia, puede regularse desde el ámbito civil, a efecto de sancionar los excesos en los que incurran los periodistas y los medios de difusión. La figura de daño moral, establecida en los códigos civiles, permite la sanción económica contra los periodistas que, eventualmente, causan daño por la publicación de informaciones que carecen de interés público y que invaden esferas de la vida privada de las personas.

Sin embargo, la regulación jurídica tiene el inconveniente de forzar las determinaciones que pertenecen al terreno deontológico de los medios de difusión y no al ámbito jurídico.

En todo caso, pareciera más prudente el preocuparse por el fortalecimiento profesional del gremio —que pasa por mejorar sus condiciones laborales y económicas, legislar con relación a la cláusula de conciencia, generar esquemas de protección de su trabajo profesional— que generar leyes para sancionar penalmente su ejercicio profesional, en un momento histórico en el que los periodistas sufren la violencia proveniente de la delincuencia organizada y de autoridades gubernamentales.

La iniciativa de Rueda de la Cruz


La iniciativa de la diputada Rueda de la Cruz contiene, además, otro elemento pernicioso y es el hecho de intentar penalizar únicamente la difusión de imágenes de mujeres que han sido asesinadas, es decir que pretende un tratamiento diferenciado de la información relativa a la violencia que ocurre contra hombres y contra mujeres, cuando resulta más urgente e importante la inclusión de la perspectiva de género en el tratamiento de la información relativa a la comisión de delitos, por parte de las autoridades ministeriales y jurisdiccionales.

La difusión de imágenes, fotografías y en general cualquier información relativa a la violencia debe normarse en códigos deontológicos que ponderen dos aspectos fundamentales: los derechos de las víctimas y ofendidos —sin importar su sexo— entre los que destacan la presunción de inocencia, la vida privada, el honor y la imagen; y el gradiente de interés público que prevalece en la difusión de la información relativa a la violencia.

La iniciativa, aunque local, debe leerse con cuidado a partir del incremento constante de las cifras de feminicidios en el ámbito nacional, ya que puede ser interpretada como un intento de censura frente a la gravedad de casos en los que se ha asesinado a mujeres para arrancarles a sus hijos en proceso de gestación, lo que evidencia la vinculación con otros delitos, como son el tráfico de menores o de órganos.

Les valemos madres

Si bien la difusión de imágenes de personas que han perdido la vida en hechos delictivos no agrega nada relevante a la información, en casos particulares ha permitido la identificación, por parte de sus familiares, de personas desaparecidas y asesinadas, por lo que tampoco podría censurarse toda imagen proveniente de hechos violentos; lo que implica que se requiere de una evaluación casuística, bajo la óptica de los valores deontológicos establecidos por los propios medios.

Resulta más urgente, por tanto, el fortalecimiento de las estructuras ministeriales dedicadas a la investigación de los delitos en el contexto del sistema penal acusatorio adversarial, que la criminalización del trabajo de los periodistas que —dicho sea de paso— también constituye un segmento vulnerable ante la delincuencia y ante legislaciones alejadas de las necesidades reales del derecho humano a la información y a la libertad de expresión.

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