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Iniciativa de ley en CTI: ortodoxia sobre la ciencia o nuevo amanecer

De una política pública deliberativa en CTI parece que regresamos a una política gubernamental, con los costos que esto implica. | Rafael Loyola y Miguel Guajardo*

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Escrito en OPINIÓN el

La configuración de un Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación es un proceso largo, con avances, errores, desviaciones y retrocesos. La ciencia mexicana es joven. Se puede afirmar que es a partir de los años 70s del siglo pasado que se instrumentaron políticas ambiciosas en la materia, sin desconocer los esfuerzos previos de los primeros gobiernos de la revolución; mientras que el desarrollo tecnológico y la innovación aún son de más reciente factura, tampoco sin ignorar que en los años sesentas de esa centuria llegamos a tener algunas realizaciones interesantes que, por desgracia, no tuvieron continuidad.

Si tomamos como referencia que el empuje de la ciencia moderna mexicana se inició con la creación del CONACYT en 1970, entonces podemos ubicar cuatro fases que explican el todavía corto proceso de configuración de ese Sistema. De 1970 a 1988, la etapa de construcción de una comunidad de ciencia, de instituciones, de programas y de la primera normatividad; la siguiente fue de 1988 al año 2000, una larga continuidad señalada por políticas de mejoramiento mediante evaluación, fortalecimiento del posgrado nacional, recursos y programas ambiciosos de investigación, crecimiento de los organismos de investigación y captación de talento extranjero, creación del sistemas de centros CONACYT y del modelo de Centro Público de Investigación, al igual que el impulso a las regiones.

La tercera etapa corrió del año 2000 al 2012, fase de la primera alternancia política en el gobierno federal, con las dos administraciones seguidas del Partido Acción Nacional (PAN), aunque se puede decir que corrió hasta el año 2018 que incluye la administración de Enrique Peña Nieto, cuando se siguió el mismo modelo pero con ajustes significativos y nuevas directrices. En esta etapa se dió un brusco giro por el desarrollo tecnológico y se incorporó el concepto de innovación con programas y recursos cuantiosos para promover al sector pruductivo en el aprovechamiento del conocimiento, se desectorizó la ciencia de la Secretaría de Educación y se aprobó un ramo presupuestal para el sector de CTI; todo ello con costos para el fomento de la ciencia y de la investigación fundamental.

En la fase de ajuste, 2012-2018, se impulsó la creación de organismos de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) en las regiones y el intento de una nueva normatividad en la materia. El sexenio de Enrique Peña Nieto procesó una relación más armónica entre ciencia e innovación, sin dejar de apoyar de manera determinante al sector productivo, a la vez que fomentó la investigación fundamental hacia grandes proyectos pluridisciplinarios e interinstitucionales, retomó los programas de fortalecimiento y rejuvenecimiento del personal de investigación e intentó la creación de más organismos de CTI -pretensión que derivó en la creación de Consorcios de Investigación-, junto con una visión de fortalecimiento de la inversión en la materia que, al final de la administración, se vio truncada por el recorte de recursos públicos y la reorientación del gasto a otros sectores.

Con la llegada de la administración de Andrés Manuel López Obrador se rompió de tajo la orientación que se tenía desde el año 1988, con vaivenes entre ciencia e innovación. Si en algún momento llegamos a pensar que el gran corte había sido en las administraciones de Acción Nacional por su política obcecada en el desarrollo tecnológico y la innovación, en realidad ese corte se está experimentando, en la CTI, con la llegada del denominado régimen de la 4T.

En esta circunstancia y ante el ordenamiento de elaborar una nueva ley en CTI debido a la reforma al artículo tercero constitucional, de mayo de 2019, cuando se aprobó el derecho y el acceso a gozar los beneficios de la ciencia y de la innovación , y debido a que cada modelo normativo expresa lo que se quiso impulsar en su momento, reflexionaremos sobre el posible rumbo de tal reforma que se mandató para la CTI ya bajo el dominio de la 4T en el legislativo. Para el caso, tomaremos como referencia el intento fallido de imponer una nueva ley a partir de la temprana iniciativa de la senadora Ana Lilia Rivera Rivera, del Partido MORENA, a escasas semanas de iniciado el nuevo gobierno, y frente a experiencias recientes, particularmente en el caso de la cancelación de fideicomisos, que mostraron una determinación en imponer un modelo para la CTI sin consulta con las comunidades respectivas y en sintonía con los postulados del gobierno en turno. Para entender el sentido de la política del gobierno actual en la materia y los costos que representa, consideramos que es útil contextualizar tanto la iniciativa fallida como la que presente el CONACYT en perspectiva histórica.

Construcción de la institucionalidad y la normatividad en CTI

El camino recorrido para llegar a la configuración de una visión de lo que debería ser un SNCTI, plasmado en la LCYT de 2002 pero ya prefigurado en la de 1999, ha sido lento y complicado. 

Los intentos para fomentar la CyT en el periodo posrevolucionario fueron limitados e inestables, de ahí que las acciones por institucionalizar los primeros órganos y programas fueran efímeros; más que un impulso a la generación del conocimiento y al desarrollo de tecnologías, lo que se hizo fue apostar por la formación de capacidades técnicas. Si bien de manera temprana se advirtió que el desarrollo nacional requeriría de técnicos, no solo para el campo sino también para el impulso a la industrialización, no se tenía del todo claridad sobre el papel que debería jugar la CyT. Otro problema fueron los escasos recursos que se destinaron para estos fines, lo cual impidió construir una agenda amplia que fuera más allá de la promoción de algunas disciplinas científicas o del otorgamiento acotado de becas. 

En materia normativa y de construcción institucional podemos ubicar también cuatro fases desde la fundación del CONACYT en 1970.

I. La primera la ubicamos en el año 1970 con la creación del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT)1, que se convirtió en uno de los cimientos institucionales más importantes para la construcción de un SNCTI, verbalizado en la visión actual. El CONACYT nació como un organismo público descentralizado, adscrito directamente a la Presidencia de la República, con personalidad jurídica y patrimonio propios, como asesor y auxiliar del ejecutivo federal en la fijación, instrumentación, ejecución y evaluación de la política nacional de CyT. 

El primer objetivo que se persiguió fue dotar a México de capital humano de alto nivel. Esto se logró con creces pues en el periodo de 1971 al 2000 se otorgaron 100,200 becas de posgrado. En adelante, el ritmo del otorgamiento de becas no hizo más que crecer pues tan sólo en el sexenio 2001 a 2006 se otorgaron más de 50 mil becas, en el de 2006-2012 se asignaron 111 mil y en el de 2012-2018 fueron 197 mil. Así pues, se tenía una legislación para este organismo, pero todavía se estaba lejos de la formulación de una normatividad para el sector en su conjunto, sector que todavía no existía.

Este periodo, que corrió hasta finales de los años ochenta del siglo pasado, se caracterizó por la creación de una masa crítica de investigación, el fortalecimiento y creación de organismos de CyT, el impulso de la investigación en universidades públicas y en una creciente regionalización de la ciencia. Por ello, en materia normativa el acento se puso en el CONACYT y en algunos programas que se le fueron agregando; para ese momento todavía estaba fuera del horizonte una visión sistémica, la complejidad de los actores y las regiones. Por lo mismo, lejos estaba todavía el fomento decidido al desarrollo tecnológico, aunque se avizoraba, y la innovación, al igual que la articulación del conocimiento con el sector productivo y otros segmentos sociales.

Con la fundación del CONACYT gradualmente empezó a consolidarse un andamiaje institucional mucho más robusto en torno a las actividades científicas y tecnológicas del país. En 1976 se creó el Plan Nacional Indicativo de Ciencia y Tecnología2; ese mismo año México aprobó el decreto por el que se promulgó el Convenio de París para la Propiedad Industrial, que se adoptó en Estocolmo en 1967 y también se reformó la Ley de Invenciones y Marcas, abrogando la de 1942, para armonizar la normatividad nacional con el Convenio firmado, reglamentar las patentes de invención y mejoras, los certificados de invención, registro de modelos y dibujos industriales3.

Poco después y sin disponer todavía de una ley en la materia, en 1984, se creó el Sistema Nacional de Investigadores (SNI) con el propósito de evitar la pérdida de los mejores investigadores ante la severa crísis económica que experimentó el país, al igual que el resto de América Latina; programa que siendo emergente se fue quedando como el principal ordenador de una carrera de investigador y como parte de un modelo individualizado de hacer ciencia.

II. La segunda fase se dió con la Ley para Coordinar y Promover el Desarrollo Científico y Tecnológico (LCPDCT) de 1985, encaminada hacia una visión sistémica para la construcción de un SNCT, aunque todavía con una alcance primordialmente gubernamental. En este periodo el fortalecimiento de capital humano se produjo a través del SNI que inició con 1,396 miembros en 1984 pero que en el año 2020 alcanzó la cifra de 33 mil4. Además, fue en estas fechas en las que acabaron de tomar forma la mayoría de los CPIs, lo cual implicó una inversión pública importante en tiempos de crisis.

En esta ocasión apareció por primera vez el término Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología (SNCT) que reconocía la existencia e importancia de múltiples actores, órganos, normas e instituciones en el proceso de producción científica y tecnológica; asimismo, el CONACYT fue sectorizado a la Secretaría de Programación y Presupuesto como encargado de conducir el mencionado Sistema, al igual que la política en CyT; esta sectorización duró hasta el año 1992, cuando desapareció la Secretaría de Programación y Presupuesto a partir de un decreto presidencial que modificó la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, por lo que CONACYT fue reubicado en la Secretaría de Educación Pública (SEP). Además, con esta reforma el CONACYT quedó relegado al órgano de consulta y se adicionó la elaboración de un Programa Nacional del Desarrollo Tecnológico y Científico sexenal para coordinar al SNCT, el cual debía acompañarse de programas operativos anuales para articular las acciones a realizar en el corto plazo.

Aunque esta Ley significó un avance respecto a la visión de los años setenta del siglo pasado, enfocada en diseñar normas y políticas para el CONACYT como ente rector de la política en el ramo y para otros programas específicos, en esta ocasión se formuló una ley pensando en el sector, si bien todavía se daba un peso mínimo en la toma de decisiones a los actores, tanto investigadores como a los sectores privado o social, y ni que decir de los Estados que todavía no estaban en la mira. 

III. La tercera fase es la del reconocimiento de una visión sistémica de las actividades de CyT, consignada en la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica (LFICYT)5 de 1999. En este momento ya no solo se reglamentó el CONACYT sino que se formalizaron e incluyeron normas para la evaluación de la investigación y la formación, se incorporó a la ley el SNI, se consideró una decidida política hacia los estados, se creo un nuevo modelo institucional y se establecieron lineamientos para el desarrollo tecnológico y la articulación con el sector social y productivo.

También se plasmó un diseño más plural del SNCT, pues entre sus principales orientaciones se estableció que la toma de decisiones se llevaría a cabo con la participación de las comunidades científica, académica y tecnológica, y escuchando la opinión del sector empresarial. En esta segunda Ley se creó el Centro Público de Investigación (CPI) como un nuevo modelo público institucional para la investigación, la formación especializada y el desarrollo tecnológico, diferente y complementario al modelo de Universidad Pública; incluyó una estrategia para la transferencia de conocimiento por la vía del impulso al desarrollo tecnológico, la flexibilización del uso de fondos públicos para facilitar la actualización de los organismos de investigación y la creación de fondos compartidos para el desarrollo de actividades de CyT6. Asimismo, se fundó el Foro Permanente de Ciencia y Tecnología (FPCyT) en tanto instancia colegiada de articulación de la comunidad científica, con participación empresarial y del sector público, para la reflexión de las propuestas en la materia y generar lineamientos de largo plazo, al igual que para asesorar al CONACYT y a los poderes ejecutivo y legislativo7.

La creación del Foro se visualizó como el receptáculo de ideas de la comunidad científica hacia el sector público, de ahí que se haya definido como un espacio básicamente de los investigadores, de debate plural y conducción colegiada, por lo cual se diseñó como organismo autónomo, aunque el CONACYT aseguró su injerencia al reservarse la secretaría ejecutiva.

La LFICYT también consideró la elaboración de un Programa Especial de Ciencia y Tecnología (PECYT) que sería un programa apegado a la normatividad de planeación nacional. Algo interesante es que por primera vez se contempló la posibilidad de constituir Fondos CONACYT, al igual que fondos de investigación científica y desarrollo tecnológico a cargo de los CPI. 

IV. Con la alternancia política del año 2000 y la carga de ilusiones que animó a los promotores del voto útil y a los fortalecidos y diversos opositores del largo dominio priísta, ingenuamente se pensó que también para la ciencia llegaría una era de bonanza. Con el ánimo y el discurso de la reinvención del país de la nueva mayoría política, se instrumentó una política dirigida a la innovación y a la articulación de la academia con las empresas para redirigir a la comunidad científica hacia la búsqueda de soluciones a los problemas nacionales, entendiendo por ello el fortalecimiento de la productividad y la mejora de la competitividad de las empresas (Loyola, Zubieta 2005), muy en sintonía con lo que proponían organismos internacionales como la OCDE y el BID.

Este impulso refundador se quiso imprimir en la reformulación de la ley que dio origen a la Ley de Ciencia y Tecnología (LCYT) que se promulgó en 2002, aún vigente8. No obstante y debido a una activa participación de la comunidad científica y a la circunstancia de que el gobierno de Vicente Fox no era de pureza panista, a lo cual se añadió su acomodo con el viejo régimen y sus propias incoherencias y torpezas de gestión, en la nueva Ley se imprimió un espíritu científico por sobre la tecnología a secas9

Esta nueva política comprendió elementos como los siguientes: cierto desdén por la investigación fundamental e incomprensión de las ciencias sociales y las humanidades; adquisición decorativa de los conceptos de sociedad de la información y del conocimiento, y de la economía del conocimiento, sin los matices del caso ni de una adecuación nacional; desinterés y hasta intentos de desarticulación del entonces Sistema de Centros SEP-CONACYT.

Esta cuarta fase apostó por un SNCTI plural, vinculado y por la innovación que inició con la LFICYT de Ernesto Zedillo y se consolidó con la otra reforma que dió origen a la LCYT de 2002. Los diversos organismos de consulta creados, combinados con los fondos (Mixtos, Sectoriales, Institucionales, así como los de los CPI) apuntaron hacia un SNCTI incluyente, deliberativo, capaz de vincularse con diferentes niveles de gobierno, empresas privadas y sector social, así como con organismos internacionales; además, fue el momento en que se inscribió en la ley y se incluyó en la visión la innovación, se desectorizó al CONACYT de la SEP para adscribirlo en los hechos a la Secretaría de Economía y se legisló un ramo presupuestal para la ciencia mediante la creación del ramo 38. A partir de este momento ya no se hablaría de ciencia y tecnología sino de ciencia, tecnología e innovación (CTI).

En esta Ley se profundizó la visión sistémica, deliberativa, plural e incluyente del sector de CTI, a partir de la creación de nuevos órganos colegiados como el Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, máxima instancia para la conducción de la política, encabezado por el Presidente de la República. También se creó la Conferencia Nacional de Ciencia y Tecnología, órgano de deliberación entre el CONACYT y los consejos estatales de CTI. Asimismo, se transformó el Foro Permanente en Foro Consultivo Científico y Tecnológico (FCCyT), con la misión de ser órgano autónomo asesor para promover ante las autoridades competentes la expresión de la comunidad científica, académica, tecnológica y del sector productivo. A diferencia del Foro Permanente de la LFICYT de 1999, que era relativamente flexible respecto a sus integrantes, la mesa directiva del FCCyT se compuso de 20 integrantes permanentes, de los cuales 17 eran representantes de academias científicas, asociaciones empresariales y las principales universidades públicas del país. Los 3 representantes restantes eran electos por los miembros del SNI. El objetivo principal de este arreglo institucional fue la de establecer los canales de participación de los diferentes actores sociales involucrados en actividades de CTI e independizar más del CONACYT a este órgano de consulta.

La LCYT también dotó de más autonomía al CONACYT al hacerlo coordinador de sector. Otro cambio significativo fue la sustitución de los Programas de Ciencia y Tecnología de la anterior ley como instrumentos de planeación, por el Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación (PECITI). Finalmente, se conservaron las disposiciones en materia de fondos para garantizar la vinculación con entidades federativas, municipios y dependencias públicas, así como de organismos internacionales.

Una reforma importante de esta Ley se produjo en 2014 para introducir la obligación de instrumentar una estrategia de acceso abierto al conocimiento que permitiera a la población el acceso a publicaciones, material científico y recursos de información producidos con financiamiento público.

Por último, la reforma de 2015 estableció que las instituciones de educación, CPIs y entidades de la administración pública que realizaran actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, promovieran en conjunto con el sector privado la conformación de alianzas estratégicas, consorcios y unidades de vinculación, así como redes regionales de innovación. 

En suma, el andamiaje normativo e institucional de la CTI que corrió desde el año 1970 pasó por la construcción de capacidades y de organismos de ciencia; luego se fue incorporando la visión sistémica con el propósito de rebasar la fase de una normatividad basada fundamentalmente en el CONACYT y en algunas dependencias públicas del sector público federal, con el propósito de considerar a otros actores y a los estados de la federación, al igual que a otros actores participantes. Más adelante, particularmente desde el año 1988, se incluyó en la legislación los elementos para la construcción de un sistema que no solo mirara a la investigación sino también al desarrollo tecnológico y la innovación, a la par de la búsqueda de mecanismos de articulación del conocimiento con el sector gubernamental, social y empresarial, de la mano del mejoramiento de las capacidades científicas y de formación a través de la evaluación y la internacionalización; añadiendo también el entrenamiento para la captación de fondos.

Así pues, se había puesto en marcha una estrategia para alcanzar una ciencia de dimensión internacional que incluyera la articulación social, particularmente con el sector productivo, tanto para la productividad y la competitividad como para que los organismos de CTI incrementaran sus propios recursos. Proceso vigente hasta el año 2018.

El impacto de la 4T en la CTI

A pesar de que la llegada al frente del CONACYT de una distinguida investigadora premio nacional, y mujer, generó expectativas favorables -además de suponer que un gobierno ubicado en la izquierda del espectro político sería muy favorable a la ciencia-, las ilusiones de inmediato se diluyeron. La ley de remuneraciones promovida de inmediato por el Ejecutivo entrante generó malestar en la comunidad de CTI, por recortes severos a sus ingresos; a ello siguieron las restricciones para contratar personal y la ley de egresos de 2019 que redujo considerablemente los recursos para investigación (https://educacion.nexos.com.mx/?p=1713), recursos que de por si ya venían reducidos desde finales del gobierno previo.

Parte de este baño de triste realidad para la ciencia, y de manera muy temprana, fue la iniciativa unilateral de la Senadora del partido MORENA, Ana Lilia Rivera Rivera, quien el 8 de febrero de 2019, sin mediar consulta con la comunidad de CTI ni con sus organismo de consulta y deliberación, presentó una iniciativa de Ley de Humanidades, Ciencias y Tecnologías.

Esta propuesta, que no fue desconocida por la titular del CONACYT y que generó un fuerte rechazo de las comunidades de ciencia y tecnología, contiene la hoja de ruta que ha seguido el nuevo gobierno y su responsable de ciencia para el sector de CTI. Por ello, conviene recordar sus ejes y propósito.

La Senadora Rivera, en su justificación, postuló que los científicos que servían realmente a la patria estaban trabajando con los campesinos, comunidades indígenas, desarrollando ciencia y tecnología para el pueblo: “no para unos cuantos intereses que encontraron hueco y eco en estas instancias y en estos presupuestos para privilegiar a unos cuantos; el gobierno de unos cuantos ya se acabó”. A partir de esta visión conceptualizó lo que sería la argumentación del Presidente de la República y del CONACYT para empezar el desmantelamiento de lo que se había edificado en el ramo en los últimos cuarenta años: “la lógica del Sistema ha(bía) sido determinada por la demanda de ciencia y tecnología proveniente del sector privado” con el objetivo de “elevar la competitividad y la innovación”; por lo mismo, redondeó, se había colocado a “la innovación por encima del interés público y de los derechos humanos”.

A partir de tales consideraciones que están fuera del marco como se concibe a la CTI desde mediados del siglo pasado y que forma parte de las estrategias de desarrollo de los países desarrollados y líderes en la materia, la Senadora sometió una iniciativa que se caracterizó por los siguientes ejes:

1. La consolidación del CONACYT como el organismo coordinador y rector de lo que bautizó como Sistema Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías. 

2. La concentración en el Consejo de ciencia de las “funciones y atribuciones estratégicas”.

3. La reserva para el CONACYT de todas las funciones y atribuciones que estaban distribuidas en el organigrama de la estructura de gobierno de la CTI que se había configurado en la reforma de 2002, además de las que estaban depositadas en la oficina de ciencia de la Presidencia de la República, las del Foro Consultivo, las de la REDNACECYT y las de los centros de investigación. Asimismo, que el Ejecutivo Federal presidiera la Junta de Gobierno del Consejo.

4. El establecimiento de lineamientos para fomentar y proteger las “diversas formas sociales del conocimiento humano”, incluyendo mecanismos de consulta a pueblos y comunidades indígenas.

5. Dotar de atribuciones al CONACYT para decidir sobre los recursos asignados a los programas de las dependencias públicas, al igual que la facultad de “aprobar los proyectos ….(que) pretendan ejercer …”. Ello acompañado de la facultad para crear, transformar, disolver o extinguir CPIs; al igual que la de “proyectos y actividades de investigación, aplicación y desarrollo tecnológico que puedan generar riesgos”. 

6. La facultad para que el CONACYT defina prioridades, promueva grupos y centros de investigación, incluso en las universidades y organismos públicos de educación superior, sean o no autónomos.

7. Ciencia para los requerimientos del Estado y no de la sociedad en su conjunto, por lo que la libertad de investigación estaría mediada por lo que al poder público le interesara y conclusión de las aspiraciones para lograr una política transanual en la materia.

8. Finalmente, la atribución al CONACYT para dar preferencia a los proyectos del gobierno.

En suma, la iniciativa apostó por la centralización de la conducción de la CTI, de toda la administración pública, en el CONACYT; la concentración de decisiones en su dirección general y facultades para decidir sobre centros, proyectos y prioridades, al igual que contempló la desaparición de organismos autónomos de contrapeso o de asesoramiento.

El espíritu de esta iniciativa de ley, que no pasó a mayores por el rechazo que generó y por la sensibilidad del legislativo para no darle curso a través de un Conversatorio para el Análisis del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, organizado por la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Cámara de Diputados, junto con el FCCyT, en el mes de marzo de 201910, se ha reflejado en la manera como el CONACYT ha llevado la gestión en estos dos últimos años, a saber: rechazo a los espacios de consulta y participación de la comunidad de CTI, desconocimiento del FCCyT y creación de uno a modo, desconocimiento y reconfiguración de comisiones a modo, expulsión de evaluadores de prestigio y desacato de resoluciones judiciales para reinstalarlos, así como expedición de un nuevo Reglamento del SNI a espaldas de la comunidad de CTI, sin olvidar que es la hora en que el PECITI no se conoce, a pesar de que se informó de su aprobación meses atrás.

Luego de este intento temprano y sin consulta con las comunidades de CTI para imponer una nueva normatividad en el sector, los pronunciamientos de la responsable del CONACYT sobre el sentido que tendría la iniciativa han sido escasos; ha optado por la secrecía para evitar una discusión y rechazo como los que generó el impulso de la Senadora Rivera. De lo poco que ha dicho sobre el tema, la propuesta estaría constituida de 10 ejes que comprende puntos como los siguientes: el derecho humano a la ciencia, la democratización del sector, la búsqueda de la soberanía científica -sin haber explicado nunca qué quiere decir- y de la independencia tecnológica, la federalización, la coordinación de los presupuestos del ramo por el Consejo de Ciencia y la consulta a los diversos sectores sociales, pero con un énfasis particular a comunidades indígenas y grupos sociales desfavorecidos, con excesiva insistencia en los saberes tradicionales.

Empero, nada se sabe de lo que se incluiría en temas centrales como los siguientes: la estructura del SNCTI; el modelo de gobierno tanto para el mencionado SNCTI como del CONACYT; la posición de los centros CONACYT y la perspectiva de los CPIs; la relación entre ciencia, innovación y sector productivo; los fondos para el fomento de la CTI y sobre la manera cómo se manejarían, donde sería de esperar mayor flexibilidad; sobre los organismos que participen en la conducción, tanto de espacios de consulta y participación como de decisión; el tema de los contrapesos, de organismos autónomos de consulta y de planeación a largo plazo, así como de la relación con las academias.

Pareciera que los destellos y las luminarias se concentrarán en temas de democracia, de saberes tradicionales, de la equidad y la participación de género; de la ética, donde seguramente se pondrá énfasis al principio precautorio relacionado con el tema de transgénicos. Temas que no dejan de ser relevantes pero que no constituyen los ejes de una nueva normatividad en CTI que sea ambiciosa, de mirada fresca, acorde con las modalidades actuales de generación de conocimiento, del peso que tendrán las regiones y de la inserción en el conocimiento global y para un gran despliegue en la generación de las nuevas tecnologías.

Reflexión final

En esta circunstancia, y de encaminarse la esperada iniciativa de ley en la materia por ese mismo sendero, las consecuencias para el mundo de la ciencia y la innovación serán la formalización de la visión y de la conducción de como se ha llevado la CTI, en lo que resta del sexenio, o sea: cancelación o cerrazón de los espacios de deliberación y participación de las comunidades de CTI; cancelación definitiva de los organismos autónomos y de consulta, a la par de finiquitar apoyo a las academias de ciencia; concentración de las decisiones en la Dirección General del Consejo e intentos por centralizar las decisiones de su competencia en toda la administración pública federal; integración a modo y con amplios márgenes de discrecionalidad de las diversas comisiones del CONACYT; cancelación de apoyos a los organismos privados y relajamiento de los programas y recursos para el desarrollo tecnológico y la innovación, al igual que desinterés en la conexión de la academia con el sector productivo. A ello se puede sumar el relajamiento de la investigación fundamental en beneficio de los proyectos de interés e impacto en sectores sociales desfavorecidos o en situaciones de pobreza, al igual que se priorizará la colaboración internacional con América Latina, países asiáticos que no se especifican y países de la vieja europa del este que tampoco se detallan, en detrimento de los países y regiones líderes en CTI.

Empero, lo más preocupante sería el encapsulamiento de la CTI a las fronteras del Estado, con una libertad de investigación mediada por lo que al Estado le interesa y con la guadaña en manos de la Dirección General del CONACYT para cancelar proyectos y organismos que considere riesgosos para la Nación, entendido como en asintonía con los deseos del gobierno en turno.

Mientras los países más exitosos del mundo en CTI, como Japón, Corea del Sur, China o Alemania, están profundizando la descentralización de sus Sistemas Nacionales de CTI, e implementando estrategias consensadas de largo aliento, en México parece nos adentramos en un retroceso de al menos 30 años. De una política pública deliberativa en CTI parece que regresamos a una política gubernamental, con los costos que esto implica.

Desde los espacios de la ciencia quisiéramos que el futuro de nuestro oficio y de nuestras responsabilidades tuvieran otro camino; muchos añoran milagros o que alguien explique al responsable del poder ejecutivo lo que, según piensan, es incapaz de transmitirle la responsable del ramo. Empero, existe un amplio margen de que las cosas de la ciencia sigan el mismo rumbo actual, pues el presidente no solamente no tiene ni ha manifestado aprecio y conocimiento sobre el carácter estratégico de la CTI, sino que estima que no son prioritarios y que las comunidades correspondientes han sido privilegiadas, con inclinaciones hacia la corrupción y que aprovechan en su beneficio personal los diversos programas destinados al cumplimiento de sus actividades. El tiempo dirá si esta apreciación está en lo justo o que la época de los milagros todavía existe.

*Rafael Loyola Díaz

Investigador IISUNAM, ex-director general del CIESAS y fundador 

*Miguel Guajardo Mendoza

Investigador del CIDE

1.  La Ley de Creación del CONACYT se publicó en el Diario Oficial de la Federación en 1970 pero la operación de este organismo inició en 1971. El texto de esta Ley puede consultarse en: http://www.diputados.gob.mx/comisiones/cienytec%20-%20Copia/leyconacyt.htm 

2.  El documento puede consultarse en: https://veracruz.siicyt.gob.mx/index.php/normatividad/nacional/programa-especial-de-ciencia-tecnologia-e-innovacion-peciti/1976-plan-indicativo-de-ciencia-y-tecnologia/567-capitulo1/file

3. La información puede consultarse en el Diario Oficial: Decreto del 24 de marzo de 1975 (DO del 8 de julio de 1975) por el que se promulga el convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, firmado en Estocolmo el 14 de julio de 1967.Decreto del 11 de septiembre de 1975 por el que se aprueban las revisiones que se hicieron en Estocolmo, Suecia, el 14 de julio de 1967, al Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial del 20 de marzo de 1883 (DO del 5 de marzo de 1976).

4. La información sobre los SNI vigentes puede consultarse en el portal del CONACYT: http://www.conacyt.gob.mx/images/SNI/Vigentes_2020.xlsx 

5.  La LFICYT puede consultarse en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4948704&fecha=21/05/1999

6. Loyola Díaz, Rafael / Zubieta, Judith, “La política de ciencia y tecnología en el gobierno del cambio. Nuevo paradigma o disfuncionalidad del discurso”, en El Estado mexicano: herencias y cambios. Tomo II Economía y Política, Aziz Alberto, Alonso Sánchez, Jorge, ed. Miguel Ángel Porrua, México 2005, 432 págs.

7.  Dutrénit, Gabriela; Capdevielle, Mario; Corona, Juan Manuel; Puchet, Martín ; Santiago, Fernando ; Vera-Cruz, Alexandre O., El Sistema Nacional de Innovación Mexicano. Instituciones, Políticas, Desempeño y Desafíos, ed. UAM col. Textual, México 2010, págs. 446.

8. La LCYT puede consultarse en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/242_081215.pdf 

9.  Se sugiere consultar la iniciativa de reforma a la Ley de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica y el documento síntesis de la LVIII Legislatura titulado “Procedimiento de Consulta” (abril de 2002).10. Revista Forum, núm. 47, abril de 2019, https://www.foroconsultivo.org.mx/forum/2019_abril/