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Inicia electoralmente el 2015

Una fiscalización nacional sin los sistemas informáticos adecuados para realizarla puede convertirse en una tarea con pocas probabilidades de éxito.

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Escrito en OPINIÓN el

 

Las precampañas electorales para la elección de este año comienzan mañana. El 10 de enero supone el inicio de una larga serie de actividades tanto para los partidos políticos como para las autoridades electorales. Con el inicio de las precampañas son muchos los temas que se ven trastornados: El tiempo del Estado al que tienen acceso los partidos políticos aumenta, los partidos deben notificar a la autoridad electoral sus procedimientos de selección de candidatos y las fechas en las que se llevarán a cabo cada una de las etapas, se materializa el cumplimiento de diversas obligaciones en materia de fiscalización de los recursos de los partidos políticos y de los aspirantes y precandidatos, entre otras.

 

El día de hoy vence el plazo para el registro de los convenios de coalición. Las coaliciones, de conformidad con la ley, pueden ser parciales, totales o flexibles. La norma establece los requisitos que deben contener estos convenios que, a partir de mañana, la autoridad electoral administrativa comenzará a revisar para determinar  el apego de los documentos presentados a la ley. Con el vencimiento del plazo el día de hoy, los ciudadanos comenzaremos a tener un panorama más claro de la forma en la que contenderán los partidos a nivel federal y en las diferentes entidades federativas en las que, además, se prevén otras figuras como la de candidatura común, que a nivel federal no se encuentra regulada.

 

A partir de mañana empezaremos a ser testigos de los principales cambios al diseño constitucional y legal de las elecciones. Diversos temas habrá que resolver para que la marcha de la organización del proceso electoral y el comportamiento de los actores políticos no se vea afectado y se ajuste a derecho.

 

En cuestión de acceso a medios de comunicación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la Constitución, a partir de las precampañas el INE dispondrá de 48 minutos diarios que deben ser distribuidos en 2 y 3 minutos por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión, en un horario diario de seis de la mañana a doce de la noche. Los partidos políticos dispondrán en conjunto, durante las precampañas, de un minuto por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión. La Constitución y la ley establecen los tiempos a los que tendrán acceso partidos políticos, candidatos independientes y autoridades electorales desde el inicio de las precampañas y hasta la jornada electoral.

 

Por otra parte, los artículos 368 al 380 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, regulan el procedimiento de registro de los ciudadanos para contender como candidatos independientes en las elecciones. Actualmente, de los ciudadanos que manifestaron su intención de contender como candidato independiente ante el INE solamente 52 obtuvieron la calidad de aspirantes, por lo que ahora se encuentran realizando aquellos actos regulados por la ley que les permitan obtener el porcentaje de apoyo ciudadano.

 

Los aspirantes para el cargo de diputados cuentan con sesenta días para recabar el apoyo ciudadano equivalente al 2% de la lista nominal de electores del distrito de que se trate, que debe estar integrada por el 1% de ciudadanos de cuando menos, la mitad de las secciones electorales. Los requisitos son muy altos para lograr el registro y contender como candidato independiente. Esta figura que se estrena a nivel nacional en este proceso electoral es una de las que, a mi juicio, merece una reforma legal para cumplir con el objetivo de posibilitar la participación de la ciudadanía por vías distintas a los partidos políticos.

 

Con respecto a los ingresos y egresos que se utilicen en las precampañas, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley General de Partidos Políticos, éstos deberán presentar un informe por cada uno de los precandidatos a cargos de elección popular para cada tipo de precampaña, en los que deben especificar el origen y monto de los ingresos y los egresos realizados. Los informes deben presentarse dentro de los diez días siguientes a la conclusión de las precampañas. Esta ley señala que los candidatos y precandidatos serán responsables solidarios del cumplimiento de la presentación de informes y que serán sancionados por las infracciones en que incurran.

 

En relación con la presentación de informes por parte de los sujetos obligados surge aquí el primer tema respecto a la reforma electoral en materia de fiscalización de los recursos de los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos: el uso del sistema de contabilidad en línea. Son estos informes, los de precampaña junto con la documentación soporte que debe anexarse digitalmente a este sistema, con los que iniciaría el uso del sistema de contabilidad en línea. El banderazo de salida de las precampañas es mañana y el INE no ha puesto aún en funcionamiento este sistema.

 

Una fiscalización nacional sin los sistemas informáticos adecuados para realizarla puede convertirse en una tarea de dimensiones mayúsculas y con pocas probabilidades de éxito. La revisión de informes y documentación de carácter nacional y estatal respecto de las 18 elecciones que se llevarán a cabo en el año que está comenzando es un reto nuevo y de trascendental relevancia.

 

Por primera vez en la historia de nuestro país, una sola autoridad estará a cargo de revisar el comportamiento financiero de partidos políticos, aspirantes y candidatos en la totalidad del territorio nacional. El sistema de contabilidad en línea era una parte fundamental del engranaje que posibilitaría cumplir con esta labor titánica. Las cosas se complican para el INE. El sistema de contabilidad en línea, que no funcionará para las precampañas, debe estar funcionando antes de que inicien las campañas electorales.

 

Un tema de vital importancia lo constituye el cumplimiento del mandato constitucional y legal en relación con la paridad en las candidaturas. El artículo 3 de la Ley General de Partidos Políticos dispone que los partidos políticos determinarán y harán públicos los criterios objetivos que adoptarán para garantizar la paridad de género en las candidaturas a legisladores federales y locales.

 

Asimismo, establece que no podrán determinar criterios que tengan como resultado que a alguno de los géneros le sean asignados exclusivamente los distritos en los que cada partido haya obtenido los porcentajes más bajos de votos en el último proceso electoral. En cumplimiento a este artículo y a un Acuerdo del Consejo General del INE, los partidos políticos presentaron ya ante la autoridad electoral los criterios objetivos para cumplir con la paridad. Todos, con excepción de Movimiento Ciudadano, fueron requeridos para ajustar sus criterios. En este momento, todos los partidos han presentado criterios que, a juicio de la autoridad administrativa electoral, son objetivos y permiten salvaguardar la paridad de género en las candidaturas.

 

Año nuevo, reglas nuevas y todo en juego. Así empieza el 2015 en materia electoral. La ciudadanía y en particular los jóvenes, debemos acompañar y vigilar el desarrollo y organización de los procesos electorales. La democracia no se agota con el voto, es cierto, pero los procesos electorales y en especial la jornada electoral constituyen la puerta de acceso para la participación ciudadana. Multiplicar y acrecentar los espacios de participación de todos en las decisiones públicas es una labor que requiere de una ciudadanía interesada y participativa. Este proceso electoral debe ser un reto no sólo para el nuevo andamiaje político electoral que se aprobó con la reforma sino también para las autoridades electorales y para todos los ciudadanos.

 

@C_Humphrey_J