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Humo ¿blanco?

El miércoles por la noche se aprobaron en el Senado la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de Partidos Políticos, entre otras. Quince días más fueron tomados por los señores senadores para presentar y votar un dictamen casi idéntico al que se tenía listo para ser aprobado antes del término del segundo periodo ordinario de sesiones. Falta ahora, la aprobación por parte de la Cámara de Diputados cuya discusión se está llevando a cabo este jueves 15 de mayo.

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Escrito en OPINIÓN el

Las razones que explicar la dilación son muchas. Tres de ellas parecen evidentes: la primera, el afán protagónico y mediático de varios de nuestros legisladores que son incapaces de respetar y valorar el trabajo de sus pares, y que están dispuestos a romper cualquier negociación o mesa de análisis con el único fin de ganar un espacio en los medios de comunicación o de ser incluido en el grupo de trabajo correspondiente. Al final, y los documentos aprobados dan cuenta de ello, los cambios son casi imperceptibles y el único afectado por la demora premeditada son las instituciones y los procesos electorales de nuestro país. La segunda, la contienda interna del Partido Acción Nacional que, como mencionaba en este mismo espacio hace un par de meses, complicaría las negociaciones dentro de ese partido político y con el resto y haría que la elección de presidente de un partido político tuviera, en los hechos, mayor importancia para muchos legisladores que el cumplimiento de sus obligaciones como integrantes del Congreso de la Unión.

La tercera de ellas me parece más de fondo y preocupante. La organización y eficiencia de nuestro poder legislativo deja mucho que desear. Las reformas constitucionales aprobadas, en algunos casos, hace casi un año no pueden, todavía hoy, contar con la legislación secundaria que las haga plenamente aplicables. Al parecer, los 628 legisladores en este país, una vez aprobadas las reformas constitucionales, dejan en el tintero hasta que se vencen los plazos para ello, la redacción, estudio y discusión de las leyes secundarias. Parece que los periodos de sesiones ordinarias son muy cortos y los recesos muy largos, quizá por ello nuestros legisladores no cuentan con el tiempo necesario para cumplir con sus obligaciones en tiempo y forma. Me pregunto ¿qué pasaría si la autoridad electoral no otorgara registro a un candidato dentro del plazo previsto para ello o no hiciera entrega de las ministraciones a los partidos políticos en tiempo y forma o violentara los plazos para la fiscalización de los recursos de los partidos políticos? ¿Por qué en este país los únicos que pueden incumplir las leyes sin ninguna consecuencia son aquéllos que las aprueban?

Del contenido de las leyes aprobadas se quedaron muchos temas fuera y otros fueron regulados de manera muy somera. El Instituto Nacional Electoral tendrá mucho trabajo que llevar a cabo y poco tiempo para hacerlo. Las primera de las labores centrales que deberá cubrir el INE, es el nombramiento de los consejeros  electorales de los ahora nombrados Organismos Públicos Locales de las entidades federativas en las que habrá elecciones el año que entra, de conformidad con el artículo Décimo transitorio, a más tardar, el 30 de septiembre de este año, mediante una convocatoria pública en cada una de las entidades federativas. Dicha convocatoria deberá contener los requisitos, documentación y el procedimiento a seguir para el nombramiento de estos funcionarios. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobará a los consejeros electorales por mayoría de ocho votos. Sin ninguna duda, así se resuelve uno de los temas centrales que gran preocupación causaba a los partidos políticos para las elecciones del año que entra: contar con consejos electorales de reciente integración.

Otro de los temas que me parece de toda la relevancia y que hace evidente los avances a nivel local que a nivel federal no se alcanzaron con el IFE, es el voto de los mexicanos en el extranjero por vía electrónica. Varias son las novedades en este tema. Una de ellas, es que se podrá votar por vía electrónica que ya fue utilizado exitosamente en nuestro país en la elección de Jefe de Gobierno del Distrito Federal en el año 2012 y en la que varios partidos políticos no estuvieron de acuerdo. También se podrá votar por correo o de manera presencial en las embajadas y consulados. Asimismo, se incluyó la posibilidad de que se vote desde el extranjero por los senadores de la República. Sin duda, el mayor reclamo de los mexicanos residentes en el extranjero era poder credencializarse desde el exterior y, con la reforma aprobada, se les otorga esta posibilidad. El INE tiene la enorme tarea de detallar el procedimiento y los requisitos necesarios para que puedan obtener su credencial los mexicanos que radican fuera de nuestro país.

La figura de las candidaturas independientes es una de las que mayor atención requería y, por el contrario, fue en la que menos cuidado tuvo. Los requisitos para ser candidato independiente son abrumadores. El número de firmas que se necesita para ser candidato independiente para contender por la Presidencia de la República, por una diputación o una curul en el Senado es mucho más elevado que para constituir un partido político con todas las ventajas que eso significa: financiamiento ordinario, de campaña, acceso a espacios en radio y televisión, posibilidad legal de que el INE organice los procesos internos de los partidos, oficina y recursos humanos y materiales para éstas, por mencionar algunas. Por otra parte, de forma adicional requisito del número de firmas se establece otro de territorialidad, en el caso de candidatos a presidente esas firmas, además, deberán representar el 1% del listado nominal de 17 entidades federativas. Adicionalmente, tendrán que constituir una Asociación Civil de conformidad con los Estatutos aprobados por el INE y estar inscrita en el SAT con una cuenta bancaria aperturada. En el caso de los requisitos para obtener registro como partido político, cualquier organización de ciudadanos puede solicitar su registro, sin ninguna otra formalidad determinada. Al parecer, nuestros legisladores no están dispuestos a abrir la competencia electoral por la vía de las candidaturas independientes o ciudadanas, les ocasionaba mayor preocupación estar imposibilitados para contender como candidato común de diversos partidos, después de negociar sus candidaturas entre las cúpulas de los partidos, que hacer frente a un reclamo ciudadano y dar cauce a las candidaturas ciudadanas sin intentar, desde la norma, entorpecer o encarecer su existencia.

Sin duda, el Servicio Profesional Electoral Nacional es uno de los puntos centrales de la reforma constitucional en materia político electoral. La redacción de este tema dentro de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales no hace sino complicar las cosas. ¿Qué no se presumió por nuestros legisladores como una de las mayores virtudes de la reforma la creación de un Servicio Profesional Electoral Nacional? La respuesta de los legisladores fue, literalmente, la siguiente: "El Servicio Profesional Electoral Nacional, tendrá dos sistemas, uno para el Instituto y otro para los Organismos Públicos Locales, que contendrán los respectivos mecanismos de selección, ingreso, capacitación...", la conclusión que se extrae de la redacción del artículo 30, párrafo 3, es que el Servicio Profesional Electoral Nacional sólo lo será de nombre ya que, en la práctica, seguirán existiendo tantos servicios profesionales electorales, como autoridades electorales existan en todo el país. No sólo serán dos sistemas, sino que el sistema de los Organismos Públicos Electorales se subdividirá a su vez en otros tantos, en virtud de que el Estatuto del Servicio Profesional Electoral es distinto en las entidades federativas. El riesgo de afectar derechos laborales es muy alto, por lo que debe tenerse cuidado en que sea cual sea la forma en que se organicen los Servicios Profesionales Electorales, se respeten y garanticen los derechos de los trabajadores.

El Senado nos dejó sin la posibilidad de escuchar e incorporar las propuestas y modificaciones de la Cámara de Diputados. En un país con un Congreso de la Unión bicameral en el que se requiere de ambas cámaras -la de origen y la revisora- para la emisión de una ley, que el Senado haya clausurado su periodo extraordinario de sesiones sin, a su juicio, tener ninguna necesidad o razón de esperar la discusión y votación en la Cámara de Diputados, no sólo habla de una actitud de intolerancia y prepotencia hacia la colegisladora sino de un profundo desconocimiento de la ley o, peor aún, del miedo galopante de que sus acuerdos no pasen el análisis de la revisora o de que lo pactado pueda ser sujeto de modificaciones posteriores con claras afectaciones a sus intereses, conductas, ambas, que no pueden tener cabida en un Estado Constitucional de Derecho como el nuestro.

@C_Humphrey_J