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Huachicol: misterio de fe I

Gobierno federal presume reducción de robo de hidrocarburos, pero no lo puede probar documentalmente. | Adolfo Gómez Vives

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Escrito en OPINIÓN el

En los primeros días de enero de este año, Alfonzo Durazo Montaño, secretario de Seguridad Pública, anunció que el robo de hidrocarburos se redujo en 95.64% gracias a la intervención de los Sistemas Digitales de Monitoreo y Control de Petróleos Mexicanos.

Días después, el director general de la paraestatal, Octavio Romero Oropeza, precisó que desde dentro de las instalaciones de Pemex “se permitía que pasaran ocho, nueve o diez horas en la baja presión en el ducto” lo que supone un claro indicador del robo de combustible y de su capacidad de ser detectado.

Pemex cuenta con el Sistema de Control y Adquisición de Datos (SCADA), que le posibilita conocer en tiempo real los cambios en la presión de las tuberías y con ello detectar el robo de hidrocarburos. Le costó 11 mil 988 millones de pesos a la paraestatal. Fue comprado a la empresa Telvent Canadá LTD, para el monitoreo de 32 mil kilómetros de ductos y el cierre de válvulas en caso de emergencias. Está instalado en el tercer piso de la torre ubicada en Marina Nacional 329, en la Ciudad de México.

Según la página electrónica del Instituto Mexicano del Petróleo, el sistema SCADA ha sido robustecido con dos paquetes de software: el Simulador IMP de Operaciones en Ductos en Tiempo Real (SIMPORT) y el denominado Vigilantes Virtuales “aprobados exitosamente en su funcionamiento en el centro SCADA de Pemex”.

Pero, ¿qué tanto se ha reducido el robo de hidrocarburos desde el inicio de la administración de Andrés Manuel López Obrador y qué tanto puede probarlo la paraestatal? Pareciera que una solicitud, en ejercicio del derecho de acceso a la información es suficiente para resolver la duda.

Ciento sesenta y ocho días después de haber realizado la solicitud de información número 1857200115419, en la que se pidió “copia en formato PDF de los reportes diarios emitidos por Petróleos Mexicanos, en relación al robo de hidrocarburos entre el 15 de enero y el 1o de marzo de 2019”, la paraestatal declaró la inexistencia de la información, aun cuando estos datos son utilizados por el presidente de la República para “probar” la reducción del robo de combustibles.

El 3 de abril, en su respuesta primigenia, signada por el abogado Alejandro Céspedes Martínez del Campo, Coordinador Especialista D en Pemex Corporativo, la paraestatal informó acerca del número de denuncias presentadas ante el Ministerio Público por el delito de robo de hidrocarburos, pero no sobre los reportes diarios relacionados con su robo, lo que contraviene la fracción V del artículo 148 de la Ley Federal de Transparencia, pues la información proporcionada no corresponde a lo solicitado.

Por ello, el 12 de abril se promovió ante el Instituto Nacional de Transparencia el recurso de revisión, que quedó registrado con folio RRA 4100/19, en la ponencia de la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena.

En la inconformidad se argumentó que la respuesta no corresponde a lo que se pidió y que no se realizó una búsqueda exhaustiva de la información, ya que la solicitud sólo fue dirigida al Sistema Institucional de Control de Asuntos Jurídicos de Pemex, lo que resulta violatorio del precepto establecido en el artículo 133 de la Ley Federal de Transparencia, que obliga a turnarla a todas las áreas competentes.

La respuesta a la inconformidad es violenta en sí misma y exhibe elementos alejados de una argumentación jurídica propia de un egresado de la Universidad Iberoamericana, como lo es el abogado Céspedes Martínez del Campo:

Usted seguramente desconoce las funciones de las Unidades Administrativas de este Sujeto Obligado, sin sustento legal alguno, trata de hacer caer en el error al INAI, la Unidad de Transparencia y apegada al Estatuto Orgánico de Pemex vigente turno (sic) la solicitud de Información a la Unidad de Estadística Jurídica para su atención en calidad única Unidad Administrativa responsable de atender el requerimiento, es importante precisar que la Unidad de Estadística Jurídica contesto (sic) en Tiempo y Forma (re sic) proporcionando el número de denuncias presentadas por los delitos de robo de hidrocarburo, del 15 de enero al 1 de marzo 2019, separado por mes. tal como lo solicito (sic) en la solicitud materia del Recurso de Revisión que nos ocupa, por lo que en ningún (sic) se transgredió el Articulo 133 de la LFTAIP”.

Continuará…