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Herramientas para cumplir las normas

Es evidente el éxito y eficiencia de la app del INE para los fines que se concibió, es decir, como una herramienta para verificar el cumplimiento de la norma

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Escrito en OPINIÓN el

El lunes de la semana pasada, la Sala Superior del Tribunal Electoral resolvió dos asuntos vinculados con las candidaturas independientes a la Presidencia de la República de Armando Ríos Piter alias “El Jaguar”, y de Jaime Rodríguez, mejor conocido como “El Bronco”.

¡Adiós a la certeza!

Las decisiones adoptadas por el tribunal causaron gran revuelo y desde entonces se ha discutido en cualquier variedad de foros públicos los méritos de la sentencia, el papel y legitimidad de ese órgano y las consecuencias jurídicas y políticas de esos casos.

No obstante, poco se ha escrito o comentado con relación a la implementación de una herramienta tecnológica por parte del INE, que originó toda esta polémica, y que modificó radicalmente la forma de recabar apoyos ciudadanos para cumplir con uno de los requisitos legales para acceder a una candidatura sin partido.

La app del INE…

En efecto, el año pasado el INE en una decisión histórica, determinó incluir el uso obligatorio de una aplicación móvil o app dentro del paquete de reglas destinadas a verificar el porcentaje de apoyo ciudadano para candidaturas independientes a cargos federales.

Originalmente la implementación de la aplicación fue vista con cierto recelo y desconfianza porque podría constituirse como un impedimento más para que la ciudadanía accediera a una candidatura sin partido. ¿Qué pasaría si no funcionaba correctamente? ¿Cómo obligar a las y los candidatos a usar una app en las regiones más pobres del país? ¿Qué hacer si no se contaba con acceso a redes móviles? Y ¿por qué se requería un teléfono inteligente para recabar los apoyos?

El INE flexibilizó las reglas de su aplicación y concedió la exención de su uso para recabar los apoyos en algunas zonas del país, en las que se podría recabar los apoyos de manera impresa, y en atención a la novedad de la misma, incluso amplió los plazos para que las y los aspirantes recabaran los apoyos correspondientes.

Eso no impidió que se impugnara el uso de la aplicación y, en diversos precedentes, el tribunal electoral consideró que no se trataba de un requisito adicional sino que en realidad se trataba de un mecanismo para dotar de mayor agilidad y certeza a la obtención, resguardo y verificación de los apoyos que obtiene una candidatura independiente.

Una vez que concluyó el periodo para recabar apoyo ciudadano para todos los cargos de elección popular, resulta evidente que el uso de esa herramienta tecnológica visibilizó, documentó, pero, sobre todo, exhibió de manera muy clara cómo las y los aspirantes a una candidatura sin partido buscaban eludir el cumplimiento de uno de los requisitos previstos por la norma.

Guía para el elector

De ahí que sea evidente el éxito y eficiencia de la app para los fines que se concibió, es decir, como una herramienta para verificar el cumplimiento de la norma.

Por ello en el futuro se tendrá que precisar diversas reglas para su implementación, tales como el alcance de la responsabilidad de las y los candidatos, de las personas que recaban los apoyos, cómo se debe otorgar el derecho de audiencia y cómo deben salvaguardarse los datos de los ciudadanos.

@pacozorrilla | @OpinionLSR | @lasillarota