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Hágase la voluntad de dios, en los bueyes de mi compadre

La disonancia cognitiva es un concepto de la sicología que parte de la contradicción entre dos conceptos o dos actitudes disímiles o contrapuestas entre sí, lo que genera un nivel de estrés en la conducta de la persona

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Escrito en OPINIÓN el

En México sufrimos de una disonancia cognitiva severa y preocupante.

Cuenta la historia que en un desfile de la Revolución mexicana, mientras las tropas entraban victoriosas en alguna ciudad del bajío, la gente observaba orgullosa a los militares con sus cananas marchar entre la gente. Un señor cura observa a una mujer ataviada con su mantilla negra de misa dominical, con lágrimas en los ojos y con mucha emoción mientras veía al destacamento castrense en movimiento.

Se acerca el presbítero a la señora y le pregunta por el motivo de sus sollozos, a lo que contesta la dama orgullosa, “es que mi hijo viene marchando”. A lo que el cura, con la naturalidad de la conversación, le pregunta sobre su hijo y la madre lo señala con sonrisa victoriosa.

El señor cura, con poco tacto y diplomacia, le responde a la señora “ah, es aquel que va marchando mal” y la señora, refunfuñado le interpela “no, mi hijo marcha bien, son los demás quienes marchan mal”. Como esa señora, madre orgullosa y defensora, somos los mexicanos.

Uno de los escándalos mediáticos más sonados de los últimos años, fue el idilio del Poder Judicial de la Federación en el caso Florence Cassez . Hace exactamente un año, el 23 de enero de 2013, la Suprema Corte decidió su inmediata liberación.

Esta mujer francesa fue acusada y condenada a 60 años de prisión por el delito de secuestro. Ahora es una estrella en su país, en su momento fue recibida por el actor de Gatopardo Alain Delon y resultó ser autora de un libro autobiográfico (y quizás de autoayuda) titulado, A la Sombra de mi Vida.

Se trata de un caso paradigmático por múltiples motivos, sin embargo, destaco dos. El primero porque se trata de una mujer que fue acusada de secuestro, un delito que lesiona y lastima no solo a las víctimas directas y sus familias, sino a la sociedad mexicana en su conjunto. En segundo lugar, porque su liberación se debió a violaciones al debido proceso.

Es probable que la mujer haya sido culpable y sin embargo fue liberada con apego a los derechos fundamentales del ser humano. La sentencia, dice con acierto, que la reproducción ante las cámaras de televisión de su detención un día después de que ésta efectivamente ocurrió, produjo un efecto corruptor en el procedimiento que impedía ver con legalidad el resto del procedimiento penal.

Pero sobre todo, que a Florence Cassez no le fueron respetados sus derechos de notificación y asistencia consular, en los términos precisados en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.

Exactamente un año después, el 24 de enero de 2014 el Estado de Texas ejecutó al mexicano Edgar Tamayo por el delito de homicidio. Se le sentenció, según se dice, por asesinar a un oficial de la policía hace 20 años.

Sin embargo, al igual que a Florence Cassez, a Edgar Tamayo no le fueron respetados sus derechos de notificación y asistencia consular. Hecho que fue confirmado por la Corte Internacional de Justicia en el Caso Avena, en el cual México denunció a Estados Unidos, por no respetar ese derecho fundamental, en 51 casos de mexicanos sentenciados a muerte.

El derecho de asistencia consular se convierte fundamental cuando las autoridades de un determinado país, detienen a un extranjero, puesto que éste no conoce el idioma en el que se le está acusando y desconoce las leyes y el procedimiento del país de detención.

Esto hace que la asistencia consular sea un derecho fundamental del debido proceso, porque sin ella, no se pueden conocer con certeza los primeros actos del proceso en contra del extranjero, en donde, como en el caso de Tamayo, confesó su culpabilidad sin una defensa y asistencia adecuada.  

También es probable que Tamayo haya sido culpable y, sin embargo, como en el caso de Florence Cassez, la violación al debido proceso impone una duda razonable sobre el procedimiento y sobre la culpabilidad del sentenciado. En consecuencia, Tamayo no debió de ser ejecutado sin que se revisara la legalidad del procedimiento.

En el caso de México, hizo bien la Corte en liberar a Florence Cassez e hizo bien la Secretaría de Relaciones Exteriores en defender, hasta el último momento, la reposición del procedimiento de Tamayo. Habla, cuando menos, de congruencia institucional.

Ahora regreso a la disonancia cognitiva en México. Un gran número de mexicanos clamaron, algunos con lágrimas, por la vida de Tamayo y un gran número de mexicanos despotricaron, también con lágrimas, en contra de la Suprema Corte por la liberación de Cassez, cuando en el fondo, la causa de los gritos y los llantos, es la misma.

En México vemos la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio. Tamayo fue ejecutado exactamente un año después de la liberación de Cassez. Ella corrió con la suerte de que la Suprema Corte respetara sus derechos, no así  en el caso Tamayo.

Los valores individuales se traducen en valores colectivos y la congruencia que mostramos, es parte de nuestra congruencia colectiva, en tanto somos parte de una comunidad. Así pues, nos haría bien en México no pensar en casos, ejecuciones y liberaciones, sino en valores universales, como aquel que salvó a Cassez y que no fue suficiente para salvar a Tamayo.

@gstagle