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Habemus Constitución ¿y luego?

Ahora, vendrá el momento de revisar con detenimiento y en su integralidad el texto constitucional con sus 71 artículos.

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Escrito en OPINIÓN el

Contra todo pronóstico, y tras poco más de cuatro intensos meses, la Constitución de la Ciudad de México fue aprobada el 31 de enero conforme lo establecían los artículos transitorios de la denominada reforma política del Distrito Federal. La Asamblea Constituyente cumplió con su cometido -cuando menos en la forma-, y sus integrantes se han dado vuelo en las redes sociales anunciando la buena nueva ante la indiferencia de la gran mayoría de la población.

 

Lo cierto es que desde un principio, tanto el proceso para la elaboración de la Constitución como la integración de la Asamblea Constituyente -con una sobre- representación inexplicable sobre todo del PRI y del PRD a través de las designaciones que se le otorgaron a la Cámara de Diputados, al Senado, al Presidente de la República y al Jefe de Gobierno- estuvieron marcados por la polémica, aunado a que la percepción de los habitantes de la Ciudad de México es que se trata de un asunto de los políticos para los políticos, pues no alcanzan a identificar en que les va a beneficiar y por el contrario consideran que lo más probable es que se traduzca en una carga adicional para las finanzas públicas.

 

Ni siquiera para quienes hemos procurado dar un seguimiento puntual al proceso constituyente queda claro si se logró un texto racional, coherente, armónico o sigue siendo un extenso catálogo de derechos para satisfacer las exigencias de grupos de influencia y clientelas electorales que difícilmente se podrán materializar.

 

No obstante, hay que reconocer que la aprobación de la Carta Magna local, que al parecer será promulgada el próximo 5 de febrero, constituye en si mismo un hecho simbólico que implicó un gran esfuerzo en un contexto sumamente complejo y que no hubiera sido posible sin la experiencia y el oficio político de parlamentarios como Santiago Creel, Alejandro Encinas, Porfirio Muñoz Ledo o Cesar Camacho.

 

Ahora, vendrá el momento de revisar con detenimiento y en su integralidad el texto constitucional con sus 71 artículos y régimen transitorio, de escuchar la opinión de los especialistas así como de las distintas organizaciones sociales para estar en condiciones de hacer un análisis sereno y objetivo en función de su contenido, alcances y calidad técnica. También habrá que estar atentos a las controversias constitucionales que se pudieran presentar -como la que ya ha anunciado el Tribunal Superior de Justicia-, en cuyo caso será la Suprema Corte de Justicia de la Nación quien tenga la última palabra.

 

Pero aquí no concluye la ruta legislativa, puesto que una vez promulgada la Constitución, corresponderá a la Asamblea Legislativa expedir las leyes inherentes a la organización, funcionamiento y competencias de los tres Poderes de la Ciudad para que puedan ejercer sus nuevas facultades, e iniciar un complejo proceso de armonización. El camino aún es largo, y la principal pregunta a responder sigue siendo la misma ¿en que nos beneficia a quienes habitamos en esta gran Ciudad?

 

@agus_castilla

@OpinionLSR

 

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