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Gobernar desde la ilegalidad

Todo acto de gobierno debe realizarse con apego al marco jurídico vigente. No hacerlo posiciona a los servidores públicos en el umbral de la delincuencia.

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Escrito en OPINIÓN el

Gobernar “no tiene mucha ciencia”, dijo el presidente Andrés Manuel López Obrador durante una visita a Ecatepec, en junio del año pasado. En realidad, gobernar se parece mucho a cualquier deporte, que de suyo demanda su dosis de conocimiento sobre el mismo.

Así como todos los deportes se desarrollan siguiendo sus propias reglas, los actos de gobierno están delimitados por los preceptos establecidos en la Constitución y en las leyes secundarias. Y en lo relativo a los derechos humanos, el Estado —y el gobierno en particular— se obligan a observar lo reconocido en los tratados internacionales suscritos por México.

Gobernar implica reconocer y respetar la división de poderes y a los llamados órganos de autonomía constitucional, cuyas historias son el reflejo de la desconfianza que siempre se le ha tenido al Poder Ejecutivo, en temas como la protección a los derechos humanos, la investigación de los delitos, la transparencia y la organización y vigilancia de las elecciones, por sólo citar algunos.

En sus reglas, los deportes contemplan diversos tipos de sanciones. Por ejemplo, en el futbol, el balón no puede ser tocado por los jugadores; si tal cosa ocurre el árbitro determinará la realización de un penalti.

Con el gobierno ocurre algo parecido. Cuando los servidores públicos actúan más allá de sus atribuciones o dejan de hacer lo que la ley les obliga, deben ser sancionados de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Y cuando sus conductas se encuadran en hechos probablemente constitutivos de delito, resultan aplicables las penas descritas en el título décimo del Código Penal Federal, que es como decir delitos por hechos de corrupción.

Quienes forman parte de la administración pública federal, saben que sus atribuciones están descritas grosso modo en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en otros ordenamientos de menor rango, como son los manuales de organización y de procedimientos.

El propio presidente de la República ve acotadas sus facultades y obligaciones por virtud del artículo 89 constitucional. Y el artículo 87 contiene una fórmula protocolaria por la cual el primer mandatario se obliga a “guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen”. El resto de los servidores públicos, sin excepción, también se ven obligados a reconocer y proclamar dicha obligación, pues así lo mandata el 128 constitucional.

Ocurre, sin embargo, que el gobierno federal ha venido actuando sin la debida observancia de la legalidad, en razón de que quienes gobiernan creen que el número de votos con el que obtuvieron el triunfo les posibilita el desatender los preceptos normativos que los obligan. Allí está como ejemplo el fallido operativo para la detención del Ovidio Guzmán López, sin que las autoridades contaran con la respectiva orden de aprehensión, según ha declarado el propio titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo Montaño.

En el gobierno federal se envalentonan por tener al árbitro a su favor, luego de haber chantajeado al ex ministro Eduardo Medina-Mora para que dejara su asiento en la Suprema Corte, además de capturar para sí —mediante violaciones normativas— a la presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Es como si un equipo de futbol —por el hecho de haber ganado el campeonato más reciente— adquiriera “autoridad” para contar con un número mayor de jugadores o para utilizar las manos a la hora de anotar un gol, sin la posibilidad de que el árbitro lo sancionara y sin que tales medidas fueran equitativas para el equipo contrario.

Cuando el presidente de la República anuncia la rifa de un bien que no es propiedad del gobierno federal —pues se trata de un bien arrendado— pasa por encima de la legalidad. Y ocurre lo mismo cuando le pide a un grupo de empresarios el adquirir boletos para la rifa de ese bien, a efecto de contar con recursos para la compra de medicamentos o insumos médicos, como si tales erogaciones no estuvieran previamente contempladas en el Presupuesto de Egresos de la Federación y éste, basado en los ingresos proyectados en la ley respectiva.

La tragedia relativa a la pérdida de vidas humanas o la aparición de secuelas permanentes, por el criminal descuido en la planeación de la compra de medicamentos son hechos que debieran tener sanciones ejemplares para los servidores públicos irresponsables, lo mismo que la ausencia de una estrategia para el combate a la violencia de género, según lo ha reconocido la propia Secretaría de la Función Pública.

Ganar un partido con jugadores de más o haciendo trampa al anotar con las manos no tiene mucha ciencia. Gobernar sin el debido apego a la norma jurídica, tampoco.